Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA
Núm. 11465
Convalidació Resolución núm. 2020/1969 de aprobación del expediente de modificación de crédito 33/2020 por suplemento de crédito financiado con remanente de tesorería para gastos generales, destinado a financiar gastos en Servicios Sociales y promoción social de la política de gasto 23 por efecto de la crisis sanitaria de COVID-19, lo cual se publica a efectos del artículo 20.2 del Real decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el cual se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19
El Pleno del Ayuntamiento de Alcúdia, en sesión celebrada el 19 de noviembre de 2020, adoptó entre otros el siguiente acuerdo:
Convalidar la Resolución núm. 2020/1969 de aprobación del expediente de modificación de crédito 33/2020 por suplemento de crédito financiado con remanente de tesorería para gastos generales, destinado a financiar gastos en Servicios Sociales y promoción social de la política de gasto 23 por efecto de la crisis sanitaria de COVID-19, por un importe de 208.000,00 €, lo cual se publica a efectos del artículo 20.2 del Real decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el cual se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.
Suplemento de crédito
PARTIDA |
DESCRIPCIÓN |
CRÉDITO ACTUAL |
AUMENTO |
CRÉDITO DEFINITIVO |
BS 231 221051 |
Banco de alimentos y productos básicos |
12.000,00 |
150.000,00 |
162.000,00 |
BS 231 226992 |
Gastos Covid 19 Benestar Social |
6.000,00 |
58.000,00 |
64.000,00 |
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208.000,00 |
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El importe de la modificación de crédito se financia con el remanente líquido de tesorería para gastos generales, calculado de conformidad con lo establecido en las Reglas 81 a 86 de la Instrucción de Contabilidad:
CONTROL DEL REMANENTE DE TRESORERIA PARA GASTOS GENERALES (RTGG) |
IMPORTE |
Remanente Inicial: |
88.038.438,88 |
Remanente Utilizado: |
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-Incorporación de Remanentes: |
336.004,90 |
-Créditos Extraordinarios: |
1.636.798,56 |
-Suplemento de Créditos: |
367.609,14 |
Remanente Líquido de Tesorería Disponible: |
85.698.026,28 |
Total Remanente utilizado en esta modificación: |
208.000,00 |
Remanente Líquido de Tesorería Disponible: |
85.490.026,28 |
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo que se dispone en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de esta Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de este recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Alcudia, 19 de noviembre de 2020
La alcaldesa
Bàrbara Rebassa Bisbal