Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 11383
Resolución de la directora gerente del Área de Salud de Ibiza y Formentera por la cual se convoca la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo de Coordinador Médico del Servicio de Urgencias de San Antonio de Atención Primaria (S.U.A.P.) de la plantilla orgánica de atención primaria autorizada de la Gerencia del área de Salud de Ibiza y Formentera
Fundamentos de derecho
1. Se encuentra vacante y dotado presupuestariamente el puesto de trabajo de Coordinador Médico del Servicio de Urgencias de Atención Primaria de la plantilla orgánica de atención primaria autorizada de la Gerencia del área de Salud De Ibiza y Formentera, la provisión del cual se considera necesaria en el S.U.A.P. de San Antonio de Portmany.
Fundamentos de derecho
1. Art. 29.3 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marc del personal estatutario de los servicios de salud.
2. Acuerdo entre la Administración - INSALUD y las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Sanidad, de 23 de noviembre de 2001, sobre retribuciones del personal sanitario de los servicios de urgencia de atención primaria (S.U.A.P.), aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de diciembre de 2001 (B.O.E. 37, de 12/02/2002).
3. Decreto 8/2018, de 23 de marzo, por el que se regula la capacitación lingüística del personal estatutario del Servicio de Salud de las Illes Balears.
4. Cláusula 12, en relación con la cláusula 7, del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de mayo de 2011 por el cual se ratifica el Acuerdo de Mesa Sectorial de Sanidad de 22 de marzo de 2011 por el cual se regula el sistema de provisión de los cargos no directivos del personal estatutario de gestión y servicios del Servicio de Salud de las Islas Baleares, modificado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 18 de enero de 2013 por el cual se ratifica el Acuerdo de Mesa Sectorial de Sanidad de 5 de diciembre de 2012.
5. Arts. 6 y siguientes del Real Decreto Ley 1/1999, de 8 enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social.
6. Resolución del Director General del Servicio de Salud de las Illes Balears de 13 de diciembre de 2018 por el que se modifica la plantilla orgánica de personal estatutario de la Gerencia de Atención Primaria del Área de Salud de Ibiza y Formentera.
7. En el ejercicio de las competencias delegadas en el apartado 3 c) de la Resolución de la consejera de Salud y Consumo de 3 de noviembre de 2020 por la que se delegan diferentes competencias en materia de personal estatutario en los órganos del Servicio de Salud de las Islas Baleares
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
1. Acordar la convocatoria pública para la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo de Coordinador Médico del Servicio de Urgencias de Atención Primaria (S.U.A.P.) de la plantilla orgánica de atención primaria autorizada de la Gerencia del área de Salud de Ibiza y Formentera, que además de desempeñar su actividad asistencial, debe realizar las actividades inherentes al cargo de Coordinador/a, entre las cuales ser un referente de liderazgo y responsabilidad del dispositivo, profundizar en la autonomía de gestión y la firma de acuerdos o compromisos asistenciales y presupuestarios.
2. Los requisitos para poder participar en esta convocatoria son:
a) Tener la condición de personal estatutario del subgrupo A1 de la categoría médico/a de urgencias de atención primaria.
b) Pertenecer a la plantilla del S.U.A.P. con actuación en el S.U.A.P. de San Antonio de Portmany de Ibiza.
c) Acreditar conocimientos de lengua catalana de nivel B1 (nivel lindar) mediante la aportación de certificado expedido por la Escuela Balear de Administración Pública o certificado expedido, reconocido como equivalente u homologado por la Dirección General de Política Lingüística que acredite poseer el nivel correspondiente mencionado. No obstante, debido a que el presente procedimiento de provisión afecta a un puesto de trabajo que requiere una especial calificación, conocimientos y habilidades directivas, excepcionalmente, si el personal no puede acreditar el nivel de conocimientos de lengua catalana correspondiente al puesto de trabajo al que opta, se admitirán las solicitudes de participación de todos los aspirantes, y la persona que resulte adjudicataria queda obligada a obtenerlo y a acreditarlo en un plazo máximo de dos años a contar a partir de la fecha de ocupación de la plaza o puesto de trabajo.
3. Las personas interesadas a participar en la convocatoria tienen que presentar, en el plazo de veinte (20) días naturales a contar desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria, la siguiente documentación:
Solicitud de participación.
Proyecto de gestión en relación a las actividades a desarrollar en el S.U.A.P. de San Antonio de Portmany de Ibiza.
Currículum vitae.
Documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos y los méritos alegados.
4. La documentación referida en el punto anterior se puede presentar en el Registro General del Hospital Can Misas de Ibiza, en la planta 0 del edificio J del Hospital Can Misas, c/ Corona, s/n, 07800 Ibiza (Baleares), todos los días de 08.00 h a 15.00 h, excepto sábados, domingos y festivos o en cualquier de los lugares referidos en el arte.16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Se tiene que hacer constar de forma expresa y concreta el lugar de trabajo al cual se quiere optar.
5. Agotado el plazo de presentación de solicitudes y una vez verificado por el órgano competente que las personas aspirantes cumplen los requisitos y el resto de especificaciones exigidas en la convocatoria, este mismo órgano nombrará la persona que considere más adecuada para el cargo, previa propuesta de los profesionales del S.U.A.P. de San Antonio de Portmany, o declarará desierta la convocatoria –por medio de una resolución motivada- cuando no se presenten personas aspirantes idóneas para ocupar el cargo convocado.
6. La presente convocatoria se resolverá por medio de una resolución de la directora gerente del área de Salud de Ibiza y Formentera, dictada por delegación de competencias de la Consejera de Salud, que se publicará en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la página web del Área de Salud de Ibiza y Formentera.
8. La persona designada obtendrá un nombramiento para ocupar el cargo convocado y deberá de superar una evaluación al acabar cada período de cuatro años, que consistirá en la evaluación del desempeño profesional, del funcionamiento y del cumplimiento de los objetivo de la unidad.
8. La persona titular del cargo provisto por libre designación podrá ser removida discrecionalmente por el órgano que le haya nombrado o por el que lo sustituya en el ejercicio de la competencia y cesará por las causas siguientes:
- Por no superar la evaluación al acabar cada periodo de cuatro años.
- Por dejar de pertenecer a la plantilla del S.U.A.P. con actuación en el S.U.A.P. de San Antonio de Portmany de Ibiza.
- Por renuncia expresa, aceptada por el órgano que lo designó.
9. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears en el BOIB y en la página web de la Gerencia del área de Salud de Ibiza y Formentera.
Interposición de recursos
Contra esta resolución -que agota la vía administrativa- puede interponerse un recurso de reposición ante el órgano que lo dicta, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha en que se haya recibido la notificación, de acuerdo a los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También puede interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha que se haya recibido la notificación de la resolución, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere procedente interponer.
Eivissa, 14 de noviembre de 2020
La directora gerente del Área de Salud de Ibiza y Formentera
P.D. Consejera de Salud (BOIB núm.191, 7 de noviembre de 2020)
M. Carmen Santos Bernabeu