Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)

Núm. 11324
Resolución de la consejera de Administraciones Públicas y Modernización de 10 de noviembre de 2020 por la que se aprueba la lista provisional de personas admitidas y excluidas en el procedimiento selectivo para el ingreso al cuerpo de Abogacía de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, con expresión de la causa de exclusión, convocado por la Resolución de 11 de septiembre de 2020

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Antecedentes

1. Mediante la Resolución de 5 de marzo de 2019 se aprobaron las bases generales que tienen que regir los procesos selectivos para la cobertura de las plazas vacantes de personal funcionario del ámbito de los servicios generales, previstas en las ofertas públicas de empleo de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de diciembre de 2019, se aprobó la oferta de empleo pública para el año 2019 correspondiente al personal funcionario del ámbito de los servicios generales al servicio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears entre las que se incluyen tres plazas del turno libre correspondientes a la isla de Mallorca del cuerpo de Abogacía de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 171, de 21 de diciembre).

3. Mediante la Resolución de 11 de septiembre de 2020 (BOIB núm.161, de 17 de septiembre de 2020) se aprobaron la convocatoria, las bases, el temario, los ejercicios, el baremo de méritos y se designa al tribunal calificador de la pruebas selectivas para el ingreso al cuerpo de Abogacía de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

4. En fecha 7 de octubre de 2020 finalizó el plazo previsto para presentar las solicitudes para participar en el referido proceso selectivo.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 6.3 c) de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. La base 7.1 de la Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 5 de mayo de 2016 por la que se aprueban las bases generales que tienen que regir los procesos selectivos para la cobertura de las plazas vacantes de personal funcionario, del ámbito de los servicios generales, previstas en las ofertas públicas de empleo que apruebe la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Por todo lo anterior, dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar y publicar en el BOIB, en el tablón de anuncios de la Escuela Balear de Administración Pública (EBAP) y en la página web <www.oposicions.caib.es>, la lista provisional de personas aspirantes admitidas a las pruebas selectivas para el ingreso al cuerpo de Abogacía de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, convocadas por la Resolución de 11 de septiembre de 2020 (BOIB n.º 161, de 17 de septiembre de 2020).

Esta lista es la prevista en el anexo 1 de esta Resolución.

2. Aprobar y publicar en el BOIB, en el tablón de anuncios de la EBAP y en la página web <www.oposicions.caib.es>, la lista provisional de personas excluidas, con expresión de la causa de exclusión, a las pruebas selectivas para el ingreso al cuerpo de Abogacía de la Administración general de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, convocadas por la resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 11 de septiembre de 2020 (BOIB n.º 161, de 17 de septiembre de 2020).

Esta lista, es la prevista en el anexo 2 de esta Resolución.

En todo caso, con la finalidad de evitar errores y, si se producen, de posibilitar su subsanación dentro del plazo establecido y en la forma oportuna, las personas interesadas tienen que comprobar no sólo que no figuran en la relación de personas excluidas sino que, además, sus nombres constan en la relación pertinente de personas admitidas.

Para subsanar el posible defecto o adjuntar el documento que sea preceptivo, las personas excluidas u omitidas disponen de un plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el BOIB. Se considerará que las personas que no cumplan este requerimiento desisten de su solicitud.

 

Palma, 10 de noviembre de 2020

La consejera de Administraciones Públicas y Modernización

Isabel Castro Fernández

 

ANEXO 1

 

 

LISTA DE PERSONAS ASPIRANTES ADMITIDOS

 

 

CUERPO DE ABOGACIA MALLORCA TURNO LIBRE

 

 

NOMBRE Y APELLIDOS

DNI

ALAMINOS BARCELO, MARINA

***6135*

ALBALA VELASCO, ARTURO

***8499*

CAÑAS OLIVER, ANTONIO

***3249*

COLL POL, DAVID

***7362*

DELFONT CABRERO, MARÍA

***0761*

DURAN POO, AITOR ANDONI

***1418*

EL HARRAK MORENO, MIRIAM

***0509*

FIGUEROLA ROVIERA, FRANCISCA

***6835*

GARCIA CANALS, NURIA

***8813*

GELABERT MAYRATA, CRISTINA

***2189*

MASDEU PEREZ, ANA

***4255*

MESTRES MAZA, BERNARDO

***5400*

NEVADO FERRÀ, ALEJANDRO

***6396*

QUIROS SASTRE, MARIA MAGDALENA

***0843*

RAMIS PASCUAL, MARIA DEL MAR

***1692*

RIBAS FERRER, MARÍA DEL CARMEN

***5104*

SAMPOL BALLESTER, ENRIC

***9545*

TOMAS MARIN, ALVARO TAREK

***9443*

TOMAS MARIN, ROCIO MARIA

***9443*

 

ANEXO 1

 

 

LISTA DE PERSONAS ASPIRANTES EXCLUIDAS

 

 

CUERPO ABOGACÍA MALLORCA TURNO LIBRE

 

 

NOMBRE Y APELLIDOS

DNI