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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, CULTURA E IGUALDAD

Núm. 11322
Resolución del director general de Relaciones Institucionales y con el Parlamento, a propuesta de la jefa del Servicio de Entidades Jurídicas, relativa a la inscripción de la constitución de la Fundación Palma Futsal en el Registro Único de Fundaciones de las Illes Balears

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Texto

En fecha 21 de octubre de 2020, la jefa del Servicio de Entidades Jurídicas ha formulado la propuesta de resolución siguiente:

Hechos

1. El 10 de agosto de 2020, se registró de entrada en la Consejería de Presidencia, Cultura e Igualdad la solicitud de inscripción de la constitución de la Fundación Palma Futsal en el Registro Único de Fundaciones de las Illes Balears.

2. El 31 de agosto de 2020, se solicitó un informe preceptivo y vinculante a la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes, de acuerdo con el artículo 12.3 del Decreto 61/2007, de 18 de mayo, de regulación del Registro Único de Fundaciones de la comunidad autónoma de las Illes Balears y de organización del ejercicio del protectorado, dado que, de la redacción de los fines fundacionales, se desprende que corresponde ejercer el protectorado a dicha consejería.

3. El 25 de septiembre de 2020, se registró de entrada en la Consejería de Presidencia, Cultura e Igualdad el informe jurídico favorable sobre la idoneidad de los fines y sobre la suficiencia de la dotación de la Fundación Palma Futsal.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 34 de la Constitución española de 1978 reconoce el derecho de fundación para fines de interés general de acuerdo con la ley, y el artículo 53.1, reserva a la ley la regulación del ejercicio de los derechos y de las libertades reconocidos en el capítulo II del título I, entre los cuales hay el derecho de fundación.

2. El artículo 30.33 del Estatuto de autonomía de las Illes Balears, en la redacción de la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, dispone que la Comunidad Autónoma de las Illes Balears tiene competencia exclusiva sobre las fundaciones que desarrollen principalmente sus funciones en el territorio de las Illes Balears.

3. La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

4. El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de fundaciones de competencia estatal.

5. El Decreto 61/2007, de 18 de mayo, de regulación del Registro Único de Fundaciones de la comunidad autónoma de las Illes Balears y de organización del ejercicio del protectorado.

6. El artículo 2 del Decreto 21/2019, de 2 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, que otorga las competencias en materia de fundaciones a la Dirección General de Relaciones Institucionales y con el Parlamento, de la Consejería de Presidencia, Cultura e Igualdad.

Propuesta de resolución

Propongo al director general de Relaciones Institucionales y con el Parlamento que dicte una resolución en los términos siguientes:

1. Ordenar la apertura de la hoja registral y la inscripción en el Registro Único de Fundaciones de las Illes Balears de la Fundación Palma Futsal.

Los datos que deben figurar en la inscripción son:

— Denominación: Fundación Palma Futsal.

— Escritura de constitución otorgada el 8 de julio de 2020 ante el notario Víctor Alonso- Cuevillas Sayrol (número 1796 de su protocolo y posterior escritura de enmienda), otorgada el 1 de octubre de 2020 ante el mismo notario (número 3667 de su protocolo).

— Número de identificación fiscal: G01786623.

— Protectorado al que corresponde la Fundación: Consejería de Servicios Sociales y Deportes.

— Domicilio: c. de El Pedregar, 6, 2n piso, 07014 Palma.

— De acuerdo con el artículo 6 de los Estatutos, las finalidades de la Fundación son:

- Promover y desarrollar el deporte balear, individual y colectivo, tanto de iniciación, amateur o de alto nivel.

- Promocionar la imagen deportiva de los deportistas de las Illes Balears así como de sus clubes deportivos.

- Poner a disposición de los deportistas que tengan aptitudes para conseguir un alto rendimiento deportivo, todos los medios materiales, humanos, técnicos, científicos y su aplicación, para conseguir altos niveles en las grandes competiciones deportivas.

- Ser el centro docente de los practicantes de varias modalidades deportivas de las Illes Balears con las competencias para impartir y autorizar la enseñanza y la formación deportiva, sin perjuicio de las competencias que correspondan a la consejería correspondiente en materia de enseñanza reglada.

- Compartir la responsabilidad y el control de la tecnificación deportiva de varias modalidades deportivas, con la consejería del Gobierno de las Illes Balears competente en materia de deportes; su gestión es conjunta con las federaciones autonómicas implicadas en programas deportivos de tecnificación y alto rendimiento deportivo.

- Supervisar, si procede, conjuntamente con la consejería del Gobierno de las Illes Balears competente en materia de deportes, la aplicación de los planes y programas deportivos, desarrollando segmentos como «deporte y mujer» y « deporte y discapacidad».

- Formar el personal técnico deportivo en varias modalidades deportivas.

- Impulsar la investigación científica y técnica relacionada con la actividad física y el deporte, y también su desarrollo tecnológico, de acuerdo con la evolución europea y mundial en este campo.

- Promover la investigación y la especialización en el campo de la medicina deportiva.

- Promover y desarrollar el voluntariado deportivo.

- Prestar una formación deportiva integral y especializada destinada a las personas con discapacidad.

- Conseguir recursos para destinarlos a programas de atención, apoyo, investigación e innovación en materia deportiva.

- Tener y mantener un centro que promueva y dé a conocer los éxitos del deporte balear de fútbol sala y otras actividades deportivas, mediante la figura de un museo o centro de interpretación del deporte.

- Fomentar las actividades culturales relacionadas con el deporte, como por ejemplo: seminarios, congresos, talleres, obras culturales, reuniones, etc.

- Cualquier otra relacionada con las anteriores que acuerde el Patronato.

— Dotación inicial: 30.000 euros, de los que inicialmente se aportan 10.000 euros en metálico, a razón de 2.500 euros cada uno de ellos.

— Fundadores:

- Miguel Jaume Roig

- Batolomé Luis Quetglas Mesquida

- Catalina Matamalas Llull

- José Tirado Jiménez

— Patronato:

- Presidencia y tesorería: Miguel Jaume Roig

- Secretaría (no patrón): Juan Carlos León Duarte

- Vicepresidencia: Bartolomé Luis Quetglas Mesquida

- Vocales: Catalina Matamalas Llull y José Tirado Jiménez

— Gerencia (no patrón):

- Juan Carlos León Duarte

Los miembros aceptan expresamente el cargo en el acto de constitución.

2. Notificar el contenido de esta Resolución a las personas interesadas.

3. Disponer la publicación de esta resolución en Boletín Oficial de las Illes Balears al efecto único de publicidad.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar resolución en los mismos términos.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la notificación ante la consejera de Presidencia, Cultura e Igualdad, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

  

Palma, 21 de octubre de 2020

El director general de Relaciones Institucionales y con el Parlamento

Miquel Àngel Coll Canyelles

La jefa del Servicio proponiente

Paula Gost Amengual