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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD E INVESTIGACIÓN

Núm. 11276
Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 13 de noviembre de 2020 por la cual se conceden ayudas complementarias para alumnos de las llles Balears que participan en programas institucionales de movilidad para cursar parte de los estudios universitarios a cualquier país de la Unión Europea (UE-27) durante el año académico 2019-2020

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Texto

Antecedentes

1. El 4 de junio de 2020 se publicó en el BOIB número 101 la Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 11 de mayo de 2020 por la cual se convocan ayudas para alumnos de las Illes Balears que participan en programas institucionales de movilidad para cursar parte de los estudios universitarios en cualquier país de la Unión Europea (UE-27) durante el año académico 2019-2020.

2. El 31 de julio de 2020 finalizó el plazo de presentación de solicitudes para la petición de estas ayudas de acuerdo con aquello que dispone el punto 7.6 de la convocatoria.

3. De acuerdo con el punto 12 del anexo de la convocatoria mencionada, entre los días 7 y 11 de septiembre de 2020 se tenía que hacer público el informe mediante el cual se notificaban los posibles defectos de las solicitudes o la carencia de documentación. El día 14 de agosto de 2020, ya revisados todos los expedientes, se publicó este informe. Los solicitantes podían aportar la documentación para enmendar la solicitud hasta el 25 de septiembre de 2020.

4. La Comisión Evaluadora, reunida el 23 de octubre de 2020, ha motivado la evaluación y la calificación de las solicitudes que prevé el apartado 11 de la convocatoria, de acuerdo con los requisitos y los criterios de preferencia establecidos en la misma convocatoria. De esta reunión se ha extendido un acta, que consta en el expediente.

5. El día 30 de octubre se publicó en la página web de la Dirección General de Política Universitaria e Investigación (<http://dguni.caib.es>) la propuesta de resolución relativa a las solicitudes presentadas a la convocatoria, de acuerdo con lo que prevé el punto 12 del anexo I de la resolución de convocatoria y se abrió un plazo de 10 días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación para presentar alegaciones.

6. El plazo de presentación de alegaciones finalizó el día 9 de noviembre de 2020.

7. El día 12 de noviembre de 2020, la jefe del Servicio de Universidad emitió el informe en relación a las alegaciones presentadas. Este informe consta en el expediente.

Fundamentos de derecho

1. El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre).

2. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de despliegue de determinados aspectos de la Ley de Finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 122, de 2 de septiembre).

3. La Orden de la consejera de Educación y Cultura de 1 de julio de 2009 por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura (BOIB núm. 100, de 11 de julio).

4. La Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 11 de mayo de 2020 por la cual se convocan ayudas complementarias para alumnos de las Illes Balears que participan en programas institucionales de movilidad para cursar parte de los estudios universitarios en cualquier país de la Unión Europea (UE-27) durante el año académico 2019-2020 (BOIB núm. 101, de 4 de junio)

5. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

6. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Conceder a los solicitantes que figuran en el anexo 1 ayudas complementarias para alumnos de las Illes Balears que participan en programas institucionales de movilidad para cursar parte de los estudios universitarios a cualquier país de la Unión Europea (UE-27) durante el año académico 2019-2020.

Las solicitudes de estas personas cumplen los requisitos establecidos y presentan completa la documentación exigida en la convocatoria. El importe de la ayuda es de 600,00€.

2. Excluir a los solicitantes que figuran en el anexo 2 de las ayudas complementarias para alumnos de las Illes Balears que participan en programas institucionales de movilidad para cursar parte de los estudios universitarios a cualquier país de la Unión Europea (UE-27) durante el año académico 2019-2020. Los motivos de exclusión se indican en el anexo 3.

3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la página web de la Dirección General de Política Universitaria e Investigación (http://dguni.caib.es).

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación, Universidad e Investigación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, 13 de noviembre de 2020

El consejero de Educación, Universidad e Investigación Martí X. March Cerdà

 

ANEXO 1 Relación ordenada alfabéticamente de personas a las que se conceden las ayudas complementarias para alumnos de las Illes Balears que participan en programas institucionales de movilidad para cursar parte de los estudios universitarios en cualquier país de la Unión Europea (UE-27) durante el año académico 2019-2020:

Núm. Exp.

Primer apellido

Segundo apellido

Nombre

DNI

24

ALBERTÍ

PONS

MIGUEL

****6225*

12

ARBONA

PÉREZ

MARIA IGNÀSIA

****1284*

16

BARCELÓ

FERNÁNDEZ

ELENA

****2073*

7

BARCELÓ

SANSÓ

PERE ANDREU

****9968*

17

BINIMELIS

GARCÍA

MARIA TERESA

****6319*

28

BUJOSA

CLAR

MARTA

****2920*

19

CALLE

EXOJO

ESTELA

****4445*

35

CAMPINS

PERELLO

MARGALIDA

****3023*

23

CASTELLÓ

BELENGUER

JOAN

****6066*

18

CASTILLO

ROGEL

MARINA

****4514*

27

COLL

OLIVER

MARIA DEL MAR

****3154*

14

DARDER

SOLER

JORDI

****4001*

48

GINARD

PÉREZ

AINA

****1816*

1

LALUCAT

GARCIA-VALDÉS

LAURA

****2114*

4

LOZANO

ESTARAS

CLAUDIA

****5272*

38

NAVARRO

ORDÓÑEZ

MARÍA JOSÉ

****6541*

22

OBRADOR

VIEL

MARCEL

****9280*

37

OLIVER

AMENGUAL

MARIA

****4555*

15

ORDINAS

MESTRE

MARTA

****3529*

26

PONS

MAYANS

JAIME

****0228*

3

REINOSO

PEREZ

MARTA

****1182*

21

ROCA

MAYOL

LILIANA ALBA

****1554*

 

ANEXO 2 Relación ordenada alfabéticamente de personas a las cuales se excluye, indicando la causa (véase el anexo 3 para la codificación de las causas)

Núm. Exp.

Primer apellido

Segundo apellido

Nombre

DNI

Motivo

5

ANDREU

THOMAS

RAFEL

****4501*

10

11

BALAGUER

PALMER

MARÍA DEL CARMEN

****0705*

10

44

BERNAT

VICHO

MARC

****0920*

10

6

CLADERA

POCOVÍ

JOANA MARIA

****7748*

34

40

COLL

AMENGUAL

MERCÈ

****1100*

10

29

COLL

AMENGUAL

VICENÇ

****9712*

7

9

ESPINOSA

GARCIA

BRIGITTE ALEJANDRA

****3775*

1

34

FOSSATI

MARIC

SOL LUCIA

****1023*

11

13

FUSTER

JAMBRINA

MARTA

****3680*

10

39

HEVIA

TORREBELLA

LUCIA

****7819*

10

41

LÓPEZ DE TORO

ROCA

CRISTINA

****1597*

10

46

MANZANO

CALAFAT

FRANCESCA

****2271*

10

36

RAMIS

NÚÑEZ

AINA MARIA

****9927*

7

2

SALVA

ROSSICH

FRANCISCO

****9526*

10

 

ANEXO 3 Codificación de las causas de exclusión

Código motivo

Descripción

1

No se cursan estudios universitarios oficiales.

2

Los estudios están expresamente excluidos de la convocatoria, de acuerdo con el apartado 6.4 de la convocatoria.

3

La persona solicitante no ha aportado, dentro de plazo, la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos para ser beneficiario de las ayudas de acuerdo con las condiciones establecidas en la convocatoria.

4

Solicitud presentada fuera del plazo indicado al apartado 7 de la convocatoria.

5

Renuncia.

6

El solicitante ha obtenido una beca de la Administración o una ayuda (pública o privada).

7

Se cursan menos de 42 créditos de una única titulación oficial (apartado 6.1.c de la convocatoria)

8

Se cursan menos de 24 créditos de movilidad en la Universidad de destino (apartado 6.1.e de la convocatoria)

9

El solicitante no está empadronado en un municipio de las Illes Balears (apartado 6.1.b de la convocatoria)

10

El curso 2018-2019 se superaron menos créditos de los exigidos en el punto 6.2.b de la convocatoria

11

El curso 2018-2019 estaba matriculado de menos de 42 créditos de una única titulación oficial (apartado 6.2.b de la convocatoria)

12

Se pide ayuda para un curso diferente del que es objeto de la convocatoria.

13

La solicitud no se ha presentado en ninguna de las formas previstas en el apartado 7 de la convocatoria

14

El curso 2018-2019 no se logró la nota mínima exigida al apartado 6.2.a de la convocatoria

15

El solicitante no logró la nota mínima exigida al apartado 6.2.b de la convocatoria

16

Motivo 7 y motivo 8

17

Motivo 7 y motivo 10

18

Motivo 10 y motivo 11

19

Motivo 3 y motivo 6

20

Motivo 3 y motivo 7

21

Motivo 4 y motivo 6

22

Motivo 6 y motivo 8

23

La persona solicitante no cumple el requisito exigido en el apartado 6.1.b de la convocatoria

24

Motivo 11 y motivo 23

25

Motivo 3 y motivo 14

26

Motivo 7 y motivo 11

27

La solicitud no se puede incluir en ninguna de las prioridades que establece la convocatoria (se pide ayuda para una movilidad que es objeto de una convocatoria diferente)

28

Motivo 6 y motivo 10

29

Motivo 6 y motivo 14

30

Motivo 6 y motivo 27

31

Motivo 7 y motivo 9

32

Motivo 2 y motivo 6

33

El solicitante no superó todos los créditos de los que se había matriculado el primer curso de máster

34

El solicitante no cursa estudios universitarios oficiales en un programa de movilidad