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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

ENTIDAD LOCAL MENOR DE PALMANYOLA

Núm. 11262
Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos n.º 08/2020

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Texto

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo de la Junta Vecinal fecha 16 de octubre de 2020, sobre el expediente de modificación de crédito núm. 08/2020 de Transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de diferente área de gasto que no afectan bajas y altas de créditos de personal, como sigue a continuación:

Altas en partidas de gastos

Aplicación press.

Descripción

Euros

Programa

Económica

 

 

3210

22700

Trabajos de limpieza y acondicionamient

10.000,00

9200

21600

Equipos para procesos de información

1.500,00

 

 

TOTAL GASTOS

11.500,00

Bajas en partidas de gastos

Aplicación press.

Descripción

Euros

Programa

Económica

 

 

1630

16000

Seguridad Social

11.500,00

 

 

TOTAL GASTOS

11.500,00

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo que se dispone en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de esto, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

Lo manda y firma el Sr. Alcalde

   

Palmanyola, 16 de noviembre de 2020

El alcalde

Arnaldo Francisco Llinàs Quintana