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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 11250
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 16 de noviembre de 2020 por el cual se decide que un importe de 700.000 euros, correspondiente a los proyectos aprobados en el marco de los planes anuales de impulso del turismo sostenible que constan relacionados en el anexo 2 del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 10 de julio de 2020, respecto de los cuales se declaró que no se ejecutarán en el marco los planes anuales correspondientes, se debe imputar al programa presupuestario de gasto 413G (acciones públicas relativas a la COVID-19), de acuerdo con lo que prevé el artículo 36.2 de la Ley 2/2020, de 15 de octubre, y se concreta el destino del mismo

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Texto

La irrupción de la COVID-19 ha provocado una situación extraordinaria y sin precedentes en las Illes Balears, que ha afectado de manera generalizada y transversal a todos los sectores de nuestra sociedad.

A pesar de que las Illes Balears ya se encuentran en fase de nueva normalidad desde el día 21 de junio 2020, es una realidad aumentada por la crisis sanitaria la necesidad de potenciar la capacidad de autoabastecimiento de nuestras islas. Concretamente, la situación provocada a raíz de la COVID-19 ha puesto de manifiesto que el sector primario, que, entre otros, incluye las actividades agrícola y ganadera, es esencial y necesario para garantizar el suministro de alimentos a la sociedad de manera cercana y segura. El buen ritmo del sector agrario se ve condicionado en gran medida por la disponibilidad de agua de riego.

Hay estudios que demuestran que los cultivos de regadío multiplican por seis la producción, frente a los cultivos de secano, y aún mejor si son con aguas regeneradas, las cuales, en nuestras islas, están garantizadas. No hay que olvidar que la reutilización de estas aguas ayuda la recuperación de los recursos hídricos naturales, necesarios para el consumo humano y para el medio ambiente, ya que no se vierten al mar. Además, un fortalecimiento del sector primario favorecería un aumento de la contribución en la economía de las Illes Balears y se reduciría parcialmente la fuerte dependencia del sector terciario.

El Gobierno de las Illes Balears, mediante la Consejería de Agricultura y Pesca, el año 2004 firmó un Convenio de colaboración con el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para desarrollar el "Plan de Regadíos Horizonte 2008", que consistía en la modernización de regadíos existentes y la implantación de nuevas redes de riego con aguas depuradas. En marzo del año 2011, el Ministerio y el Gobierno de las Illes Balears firmaron un convenio de cesión del uso de todas las instalaciones que había ejecutado el Ministerio al Gobierno de las Illes Balears, el cual se hizo cargo de todos los gastos. Actualmente, nuestra Comunidad dispone de dieciséis infraestructuras de regadíos con aguas regeneradas en las cuatro islas que garantizan el riego en verano y en momentos de sequía.

En el marco del Plan de Reactivación Económica aprobado por el Gobierno de las Illes Balears en respuesta a la crisis provocada por la COVID-19, la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación impulsa el «Plan de optimización sostenible de los recursos hídricos procedentes de aguas regeneradas con destino a la modernización y consolidación de los regadíos sociales en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears». Dentro del conjunto de actuaciones previstas en el Plan, son prioritarias las dos siguientes:

  • Puesta en funcionamiento de la infraestructura de regadío de Santa Eulària des Riu (única instalación en la isla de Ibiza). En el momento de su construcción, esta instalación no se puso en marcha por la alta salinidad del agua (actualmente, se dispone del equipamiento de desalación necesario). El objeto de la actuación a realizar es poner a punto las infraestructuras de regadío para impulsar la agricultura y ganadería de la isla.

  • Aprovechamiento de la fuente cercana al núcleo urbano de la Casa Blanca. Dado que brota todo el año, da problemas a los cultivos de la zona los meses de invierno, provocado por el aumento del nivel freático de los terrenos. Contrariamente, en los meses de verano, hace falta agua para regar los cultivos. El objeto de la actuación a llevar a cabo es la impulsión del agua de la fuente a la balsa de almacenamiento de agua regenerada de Can Guidet, en Sant Jordi, a fin de evitar los problemas descritos en los meses de invierno y la falta de agua en los meses de verano.

Las dos actuaciones tienen un presupuesto total de 700.000 euros y un periodo de ejecución de nueve meses. Las actuaciones se orientan a fomentar el incremento de la actividad y producción agrícola y ganadera, dada su importancia para proveer de alimentos y por tratarse de un sector de la economía balear a potenciar. Por todos estos motivos, se hace necesario, apoyar a un sector económico muy castigado y esencial en las Illes Balears en el ámbito social, económico, laboral y en términos de sostenibilidad.

Mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 10 de julio de 2020, se declaró que se consideran de ejecución estratégica los proyectos aprobados en el marco de los planes anuales de impulso del turismo sostenible que constan relacionados en el anexo 1 que se adjunta al Acuerdo mencionado, según la excepción prevista en el primer párrafo in fine del artículo 36.1 del Decreto ley 8/2020, de 13 de mayo, de medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la actividad económica y la simplificación administrativa en el ámbito de las administraciones públicas de las Illes Balears para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19. Asimismo, se declaró que no se ejecutarán los proyectos aprobados en el marco de los planes anuales de impulso del turismo sostenible que constan relacionados en el anexo 2 que se adjunta al Acuerdo mencionado, y por el importe que se establece en el mismo anexo, según el último párrafo del artículo 36.1 del Decreto ley 8/2020 antes mencionado, sin perjuicio de su financiación posterior a cargo de ejercicios futuros. Finalmente, el Acuerdo mencionado declaró que el resto de proyectos que constan relacionados en el anexo 3 que se adjunta al Acuerdo mencionado pueden seguir su curso, de acuerdo con las condiciones y los requisitos resultantes de los planes respectivos y las resoluciones de aprobación de cada proyecto, y el importe máximo que se establece en el mismo anexo.

Hay que tener en cuenta que el artículo 36.2 de la Ley 2/2020, de 15 de octubre, de medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la actividad económica y la simplificación administrativa en el ámbito de las administraciones públicas de las Illes Balears para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19 (con la misma redacción que el artículo 36.2 del Decreto ley 8/2020 mencionado antes) prevé que:

2. Las aplicaciones que, en forma de proyectos o de líneas de gasto o inversión, acuerde el Consejo de Gobierno, que se tienen que imputar al programa presupuestario de gasto 413G (acciones públicas relativas a la COVID-19), al cual hace referencia el artículo 11 del Decreto Ley 4/2020, de 20 de marzo, de medidas urgentes en materia de contratación, convenios, conciertos educativos y subvenciones, servicios sociales, medio ambiente, procedimientos administrativos y presupuestos para hacer frente al impacto económico y social de la COVID-19, se tienen que publicar en el Butlletí Oficial de les Illes Balears, e implicarán la autorización previa al consejero o al órgano competente para la autorización del gasto a que se refiere el artículo 72.2 de la Ley 14/2014, de 29 de diciembre, de finanzas de la comunidad autónoma de las Illes Balears, y también para la suscripción del contrato, la subvención, el convenio o el negocio jurídico correspondiente en cada caso, en los casos en que la legislación presupuestaria o sectorial establezca la necesidad de esta autorización previa.

Así, mediante el presente Acuerdo, se decide que un importe total de 700.000 euros, correspondiente a los proyectos aprobados en el marco de los planes anuales de impulso del turismo sostenible que constan relacionados en el anexo 2 del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 10 de julio de 2020, respecto de los cuales se declaró que no se ejecutarán en el marco de los planes anuales correspondientes, se debe imputar al programa presupuestario de gasto 413G (acciones públicas relativas a la COVID-19), de acuerdo con lo previsto en el artículo 36.2 de la Ley 2/2020 mencionada antes, y, en concreto, debe destinarse a la acción «Optimización sostenible de los recursos hídricos procedentes de aguas regeneradas con destino a la modernización y consolidación de los regadíos sociales en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears - Fase I» . Esta acción tiene por objeto garantizar el funcionamiento de las infraestructuras de regadíos con aguas regeneradas de Santa Eulària des Riu y el aprovechamiento de la fuente próxima al núcleo urbano de la Casa Blanca para llenar la balsa de almacenamiento de agua regenerada de Can Guidet, en Sant Jordi.

Dado que se han agotado los recursos presupuestarios de la sección 37 relativos a este ejercicio, se debe aplicar lo previsto en el primer párrafo del artículo 36.3 de la Ley 2/2020 mencionada antes.

Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta conjunta de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores y el consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, en la sesión de día 16 de noviembre de 2020, adoptó entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero. Decidir que un importe total de 700.000 euros, correspondiente a los proyectos aprobados en el marco de los planes anuales de impulso del turismo sostenible que constan relacionados en el anexo 2 del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 10 de julio de 2020, respecto de los cuales se declaró que no se ejecutarán en el marco de los planes anuales correspondientes, se debe imputar al programa presupuestario de gasto 413G (acciones públicas relativas a la COVID-19), de acuerdo con lo previsto en el artículo 36.2 de la Ley 2/2020, de 15 de octubre, de medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la actividad económica y la simplificación administrativa en el ámbito de las administraciones públicas de las Illes Balears para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19. En concreto, este importe se destinará a la financiación de la acción «Optimización sostenible de los recursos hídricos procedentes de aguas regeneradas con destino a la modernización y consolidación de los regadíos sociales en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears - Fase I» , que tiene por objeto garantizar el funcionamiento de las infraestructuras de regadíos con aguas regeneradas de Santa Eulària des Riu y el aprovechamiento de la fuente próxima al núcleo urbano de la Casa Blanca para llenar la balsa de almacenamiento de agua regenerada de Can Guidet, en Sant Jordi.

Segundo. Determinar que, de acuerdo con el artículo 36.2 de la Ley 2/2020 mencionada antes, en relación con el apartado 2 del artículo 10 de la Ley 19/2019, de 30 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2020, modificado por el apartado 1 de la disposición final novena de la Ley 2/2020, este Acuerdo implica la autorización previa a la consejera Agricultura, Pesca y Alimentación para ejercer la competencia en materia de autorización y disposición del gasto derivado de la ejecución de la acción mencionada en el punto anterior, por un importe total de 700.000 euros, con cargo a la siguiente partida presupuestaria para el año 2021 (o la que corresponda para el año 2021):

Partida de alta

Importe

20201 413G01 61100 00

700.000 €

TOTAL

700.000 €

Tercero. Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 16 de noviembre de 2020

La secretaria del Consejo de Gobierno

Pilar Costa i Serra