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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TRANSICIÓN ENERGÉTICA Y SECTORES PRODUCTIVOS

Núm. 11183
Extracto de la Resolución del vicepresidente y consejero de Transición Energética y Sectores Productivos de 12 de noviembre de 2020 por la que se aprueba, mediante el procedimiento de gasto anticipado, la convocatoria pública de subvenciones para establecer nuevos puntos de recarga semirrápida para vehículos eléctricos, en el marco del impuesto sobre estancias turísticas en las Illes Balears y de medidas de impulso del turismo sostenible, dirigida a entidades públicas

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Texto

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Beneficiarios

Pueden ser beneficiarios de estas ayudas:

  1. Los organismos autónomos, las entidades públicas empresariales, las sociedades mercantiles públicas, las fundaciones del sector público y los consorcios que lleven a cabo la actividad en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
  2. Los consejos insulares, los ayuntamientos y las entidades locales menores de la comunidad autónoma de las Illes Balears. Los ayuntamientos deberán haber manifestado, por acuerdo del órgano competente, la decisión de adherirse al convenio de colaboración con la Consejería de Transición Energética y Sectores Productivos y el consejo insular correspondiente para el desarrollo de un proyecto piloto para la implantación de la movilidad eléctrica en las Illes Balears (MELIB).
  3. Las universidades, los centros de investigación y los centros tecnológicos con sede en el territorio de las Illes Balears.

Objeto

El objeto de esta convocatoria es aprobar y regular, mediante el procedimiento de gasto anticipado, las ayudas para fomentar la instalación de nuevos puntos de recarga públicos para vehículos eléctricos, en el marco del impuesto sobre estancias turísticas en las Illes Balears y de medidas de impulso del turismo sostenible.

También es objeto de esta convocatoria subvencionar adicionalmente la instalación de pérgolas fotovoltaicas y sistemas de acumulación de ión litio que se incorporen a los nuevos puntos de recarga para su suministro y los contratos de mantenimiento de los puntos de recarga.

Bases reguladoras

La Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía en las Illes Balears, modificada por la Orden del consejero de Transición Energética y Sectores Productivos de 18 de junio de 2020 (BOIB n.º 116, de 30 de junio de 2020).

En todo lo no previsto en esta resolución ni en la Orden mencionada se aplicará el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones.

Cuantía

  1. El importe económico de esta convocatoria es de 6.000.000 de euros. Las subvenciones se conceden con cargo al presupuesto de la Comunidad Autónoma para los ejercicios de 2021 y 2022, centro de coste 19701, subprograma 731A01, capítulo 7, FF 17064, con la siguiente distribución de anualidades:

— Año 2021: 3.000.000 €

— Año 2022: 3.000.000 €

  1. Esta convocatoria se tramita como expediente de gasto anticipado, de acuerdo con el artículo 43.1 del Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de desarrollo de determinados aspectos de la Ley de Finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y queda sometida a la condición suspensiva de la existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos generales de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para 2021 y 2022.
  2. En caso de que no se cubra la totalidad del presupuesto inicial asignado a la anualidad de 2021, el importe remanente se asignará a la anualidad de 2022.
  3. En caso de que las solicitudes para realizar las inversiones dentro del ejercicio de 2021 no se puedan cubrir con el presupuesto de 2021, se las asignará al ejercicio de 2022; en este caso, el pago de la subvención se efectuará dentro del ejercicio de 2022.
  4. Siempre que las disponibilidades presupuestarias lo permitan, se podrán incrementar los importes de esta convocatoria.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para presentar las solicitudes se inicia a partir del quinto día hábil del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y finaliza el 30 de junio de 2021 para la anualidad de 2021 y el 30 de junio de 2022 para la anualidad de 2022, o hasta el posible agotamiento, dentro de este periodo, de la cuantía económica asignada a esta convocatoria.

Si se agotan los créditos destinados a la convocatoria antes de acabar el plazo de presentación, se suspenderá la concesión de nuevas ayudas mediante la publicación correspondiente en el Boletín Oficial de las Illes Balears de la resolución del vicepresidente y consejero de Transición Energética y Sectores Productivos.

 

Palma, 12 de noviembre de 2020

El vicepresidente y consejero de Transición Energética y Sectores Productivos

Juan Pedro Yllanes Suárez