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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 11092
Acuerdo de suspensión de licencias urbanísticas para la construccióny edificación de nueva planta, reforma, rehabilitación y cambio de uso en la zona de Son Güells (Estadi Balaear)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Área Modelo de Ciudad, Urbanismo y Vivienda Digna Geréncia de Urbanismo

Oficina del Plan General y Modelo de Ciutad. Exp: PA2020/13

El Pleno del Ayuntamiento de Palma, en sesión de 29 de octubre de 2020, acordó lo siguiente:

1. Suspender, por la duración de un año, en los términos del artículo 51 de la LUIB, la tramitación y la aprobación de licencias urbanísticas para la construcción y edificación de nueva, reforma, rehabilitación y cambio de uso al ámbito de Son Güells (Estadio Balear) dentro de la actuación propuesta "ARU 69-04 Vía de Cintura" delimitada a la documentación de la fase previa de la revisión del Plan General. Todo aquello vista la "Instrucción para proponer suspensión de licencias de Son Güells (Estadio Balear). Suspensión de licencias urbanísticas para la construcción y edificación de nueva planta, reforma, rehabilitación y cambio de uso a la zona de Son Güells (Estadio Balear)" del Gerente de Urbanismo de 9 de octubre de 2020 que se adjunta como anexo y parte integrante del presente Acuerdo, la cual incorpora el plano con el ámbito de suspensión y que a la vez se fundamenta en el documento confeccionado y subscrito por técnicos de la Oficina de Plan General, con el título "Informe técnico en relación al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental para la aprobación del proyecto y obtención de licencia municipal de la Planta de dosificación por la preparación de hormigón. Ubicación: Zona Son Güells- Estadio Balear, C/ Marie de Behen, 4. (Exp. CMAIB42A/2017)".

 2. Hacer los estudios necesarios para cumplimentar las previsiones del PTIM al ART. 11.3 y definir las determinaciones de la Revisión del Plan  General por esta zona.

3. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, y en un periódico de los de más difusión de las Islas Baleares y en la dirección o punto de acceso electrónico correspondiente.

4. Comunicar el presente acuerdo a todos los Departamentos de la Gerencia de Urbanismo, así como, a los Servicios de Gestión Urbanística y de Información Urbanística.

El acuerdo se puede consultar en el siguiente enlace:

https://urbanisme.palmademallorca.es/IMI/URBANISME/PRD/Planejament_urbanistic_pdf/Images%20Arxiu/PA-MODIFICACIO_PG/PA-202000130000/PA-20200013_Acord_SUS.pdf

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa se puede presentar recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde el día siguiente de recibir de esta notificación. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que no se haya resuelto expresamente el de reposición o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición.

El recurso potestativo de reposición, se deberà presentar en el Registro General de la Oficinas Municipales de Atención a la Ciudadanía, cuya dirección puede ser consultada la página web www.palma.cat, o en las dependencias a las que se refiere el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas. Este recurso se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto ni notificado la resolución, en plazo de un mes, contado desde el día siguiente de su interposición, y en su caso quedará expedita la vía contencioso administrativa.

 

Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el artículo mencionado antes y los art. 8.1 y 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa, ante la Sala contencioso Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de recibir esta notificación, todo esto sin perjuicio de cualquier recurso o acción que se considere conveniente.

  

Palma, 11 de noviembre de 2020

La jefa de Servicio Coordinadora de la Oficina del Plan General

Pilar Simón Aznar