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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y RELACIONES EXTERIORES

Núm. 11009
Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores, a propuesta del director general de Cooperación Local y Patrimonio, por la que se autoriza la prórroga de cesión de uso gratuita y temporal del despacho 314 del Casal Ernest Lluch, ubicado en calle de la Rosa, 3, de Palma, a favor de la Asociación de Ayuda por Acoso Moral y Psicológico en el Trabajo (ANAMIB) (Exp. SP 175/2020)

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Texto

Con fecha 29 de octubre de 2020, el director general de Cooperación Local y Patrimonio ha formulado la propuesta de resolución siguiente:

Hechos

1. La Consejería de Salud y Consumo dispone de este inmueble cedido por el Ayuntamiento de Palma por un periodo de 99 años, de acuerdo con el Convenio firmado el 15 de mayo de 1995. En la cláusula quinta del Convenio se autoriza expresamente a la Consejería de Salud y Consumo a celebrar convenios de cesión gratuita y temporal de uso de determinadas partes del inmueble sito en calle de la Rosa, 3, de Palma, con entidades y asociaciones sin ánimo de lucro.

2. Con fecha 9 de julio de 2020, ANAMIB solicitó prórroga de la cesión gratuita y temporal de uso del espacio que ocupa desde el año 2012, que es adecuado para el desarrollo de sus actividades estatutarias.

3. En julio de 2020, la secretaria general de la Consejería de Salud y Consumo comunicó a ANAMIB que acababa la vigencia del convenio de cesión de uso gratuita y temporal del despacho 314 del Casal Ernest Lluch, situado en calle de la Rosa, 3, de Palma, y que, en cumplimiento de la modificación del Reglamento que rige el funcionamiento, no se podría renovar la cesión.

4. Con fecha 13 de julio de 2020, ANAMIB presenta alegaciones justificando que sus Estatutos sí cumplen con la modificación del Reglamento, y por tanto, solicita prorrogar el convenio, y presenta parte de la documentación necesaria para la renovación.

5. Con fecha 29 de septiembre de 2020, ANAMIB remite el resto de la documentación requerida.

6. Con fecha 2 de octubre de 2020, la secretaria general de la Consejería de Salud y Consumo remite memoria a la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores, donde informa favorablemente sobre la prórroga de cesión.

7. El número del activo en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears es el 100000002338-0, con referencia catastral 9905710DD6890F0001QH, inscrito en el Registro de la Propiedad núm. 3 de Palma (folio 103, tomo 78, libro 2419, inscripción núm. 2189).

8. Con fecha 13 de octubre de 2020, tuvo entrada en la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores, un oficio de la secretaria general de la Consejería de Salud y Consumo, en el que se adjuntaba resolución de su consejera en la que instaba al director general de Cooperación Local y Patrimonio a iniciar expediente de prórroga de la cesión gratuita y temporal de uso del despacho 314 del Casal Ernest Lluch, a favor de ANAMIB.

9. Con fecha 23 de octubre de 2020, el director general de Cooperación Local y Patrimonio dictó resolución de inicio del expediente de prórroga de cesión de uso gratuita y temporal del despacho 314 del Casal Ernest Lluch, situado en calle de la Rosa, 3, de Palma, a favor de ANAMIB.

Fundamentos de derecho

1. Convenio firmado el 15 de mayo de 1995 de cesión por parte del Ayuntamiento de Palma a la Consejería de Salud y Consumo del inmueble ubicado en calle de la Rosa, 3, de Palma y del espacio situado en calle de Can Campaner, 4 de Palma.

2. Los artículos 63 y 64, por remisión de los artículos 72, 87.g), y el 88.f), incluidos en la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. Los artículos 128, 129 y 130, por remisión del artículo 142, incluidos en el Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

4. El Decreto 9/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 88, de 3 de julio).

5. El Decreto 10/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears (BOIB núm. 88, de 3 de julio).

6. El Decreto 21/2019, de 2 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se modifica el Decreto 12/2019, de 2 de julio, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 106, de 2 de agosto).

7. El Decreto 62/2019, de 2 de agosto, por el cual se nombran los altos cargos de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores (BOIB núm. 107, de 3 de agosto).

Propuesta de Resolución

Propongo a la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores que dicte resolución en los términos siguientes:

1. Autorizar la prórroga de cesión de uso gratuita y temporal del despacho 314 del Casal Ernest Lluch, situado en calle de la Rosa, 3, de Palma, a favor de la Asociación de Ayuda por Acoso Moral y Psicológico en el Trabajo (ANAMIB).

2. Establecer que la cesión de uso se prorroga por un periodo de cuatro años, hasta el 29 de agosto de 2024.

3. Disponer que la Asociación ha de utilizar en exclusiva el despacho 314, ubicado en el tercer piso, y que tiene unas dimensiones de 14m2. Además debe compartir y respetar los espacios comunes de los pasillos, las escaleras y del ascensor.

4. Notificar esta Resolución a las partes interesadas.

5. Anotar las características de la cesión de uso en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

6. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Por todo esto, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar resolución en los mismos términos.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer recurso potestativo de reposición ante la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haberse notificado y publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala Contenciosa-Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente de haberse notificado y publicado la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

Palma, 29 de octubre de 2020

La consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores

Rosario Sánchez Grau

El director general proponente

Francesc Miralles i Mascaró