Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE ANDRATX
Núm. 10929
Convocatoria de subvenciones a deportistas individuales del municipio de Andratx en concepto de ayuda por resultados o participación en competiciones deportivas oficiales
Queralt Ribot Bautista de Lisbona, EN CALIDAD DE SECRETARIA DE ESTE ÓRGANO,
CERTIFICO:
Que en la sesión celebrada el 6 de noviembre de 2020 se adoptó el acuerdo siguiente:
Expediente 2852/2020. Subvenciones por Concurrencia no Competitiva (Deportistas individuales) |
PROPUESTA DEL REGIDOR DE DEPORTES
Visto que el Ayuntamiento de Andratx quiere fomentar el desarrollo de cualquier actividad deportiva a fin de promocionar la práctica del deporte local, colaborando con sus gastos.
Visto que el artículo 25.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, establece que “el Municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover toda clase de actividades y prestar cuántos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal”.
Visto que la ordenanza general de subvenciones descansa sobre un conjunto de principios generales, que tienen que inspirar en todo momento la actividad subvencional: igualdad, publicidad, transparencia, objetividad, eficacia y eficiencia.
La actividad subvencional procurará siempre, además, minimizar los posibles efectos distorsionadores del mercado que puedan derivar del establecimiento de las subvenciones, y mantener la congruencia entre los medios y hasta que justifican la concesión de ayudas.
Atendiendo al informe emitido por los servicios jurídicos del Ayuntamiento en fecha 4 de noviembre de 2020.
Visto el informe y la fiscalización emitida por la Interventora Municipal en fecha 4 de noviembre de 2020.
Por todo lo antes expuesto, propongo a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente ACUERDO:
PRIMERO.- Aprobar la convocatoria de ayudas y subvenciones a deportistas locales individuales para el año 2020.
SEGUNDO.- Publicar el presente acuerdo en el BOIB, en la Base Nacional de Datos (BNDS), en el tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento para información pública.
TERCERO.- Dar cuenta del presente acuerdo a la Intervención Municipal. |
Y para que así conste a los efectos del expediente, emito el presente certificado por orden y con el visto bueno del Sr. Alcalde, con la excepción prevista en el artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, se expide la presente.
Andratx, 6 de novembre de 2020
La secretaria El alcalde
Queralt Ribot Bautista de Lisbona Joan Manera Jaume