Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 10861
Extracto del acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca, de fecha 21.09.2020, relativo a la aprobación de la convocatoria de ayudas del Consejo Insular de Menorca para promover prácticas sostenibles en las explotaciones agrarias de Menorca (CARB) 2020 (Exp. 3211-2020-000001)
BDNS 531607
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/531607):
Primero. Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas o jurídicas, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica que sean titulares de una explotación agraria y que se comprometan a mejorar el valor paisajístico, a reducir los posibles impactos sobre el medio ambiente y el patrimonio natural y, que cumplan los requisitos indicados en las bases de la convocatoria.
Segundo. Objeto
El objeto de esta convocatoria de ayudas es establecer compensaciones para los titulares de las explotaciones agroganaderas por su contribución a la recuperación y el mantenimiento de la biodiversidad y del paisaje rural tradicional, de alto valor ambiental y cultural. Las compensaciones para los titulares de las explotaciones estarán en función de las actuaciones no productivas llevadas a cabo entre el día siguiente que se publique esta convocatoria en el BOIB y el 31 de marzo del año siguiente al de la convocatoria.
Tercero. Bases reguladoras
Esta convocatoria se regirá por las bases de las ayudas del CIM para promover prácticas sostenibles en las explotaciones agrarias de Menorca (CARB) aprobadas por el Consejo Ejecutivo día 19 de marzo de 2018 y publicadas en el BOIB núm. 76 de 21 de junio de 2018, con las modificaciones siguientes:
1. Sustituir las referencias al año 2018 para el año 2020.
2. En cumplimiento del artículo 9 del Reglamento (CE) núm. 702/2014, el número de registro del documento validado por la aplicación SANI (programa informático específico para las comunicaciones de ayudas a la Comunidad Europea) se sustituirá por el número validado para la convocatoria del año 2019, SA.59137.
3. En la base 5.2, Documentación específica, el texto que figura en la letra k, se sustituye por:
k) Vida laboral o certificado que acredite estar de alta como agricultor profesional de fecha posterior a la publicación de la convocatoria de las ayudas en el BOIB, para comprobar el cumplimiento del requisito descrito en el punto 3.1 a.
4. En la base 6, Cuantía de las ayudas y determinación del importe de la subvención, en el punto 2, donde dice:
- Un 15% si en la explotación hay una mujer asegurada en el régimen agrario a jornada completa.
[...]
En cualquier caso, la cuantía máxima no podrá superar el importe de 4.725,00 €
Se sustituye por:
- Un 20% si en la explotación hay una mujer asegurada en el régimen agrario a jornada completa.
[...]
En cualquier caso, la cuantía máxima no puede superar el importe de 4.900,00 €.
5. En la base 7, Criterios de valoración, en el cuadro de compromisos se modifica el compromiso «Abrevaderos y pasos de ganado» y se introducirá el compromiso «Pared seca» dentro de las Medidas ambientales y paisajísticas. Así, dirá:
Abrevaderos |
Ambientalizar |
Mantenimiento de la fauna auxiliar y de la biodiversidad |
Abrevaderos: Compra y ambientalización de abrevaderos. Instalación de abrevaderos nuevos y ambientalizarlos mediante rampas para que en caso de que algun animal de la fauna auxiliar caiga en ellos pueda salir, y añadiendo un punto de agua a ras de tierra. |
80% fra.abrevadero sin IVA+100€/ambientalizar |
Y se añadirá el compromiso Pared seca:
Pared seca |
Restauración |
-Mejora del paisaje. -Mantenimiento del mosaico agroforestal. -Mantenimiento de la biodiversidad. |
Rehabilitar las paredes secas existentes. La pared nueva no es subvencionable. |
19,50 €/m2. |
Cuarto. Cuantía
El importe global máximo de la convocatoria será de 780.000 €. (setecientos ochenta mil euros).
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes es de 40 días naturales a contar a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).
Sexto. Otros datos.
El ámbito territorial de aplicación de las ayudas previstas en esta convocatoria es la isla de Menorca.
La cuantía máxima por beneficiario no podrá superar el importe de 4.900,00 €.
Maó, 4 de noviembre de 2020
Por delegación de la Presidenta,
El secretario del Consejo Ejecutivo,
Octavi Pons Castejón
(Decreto 427/2019, de 11 de julio)
(BOIB nº. 97, de 16.7.2019)