Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE MODELO ECONÓMICO, TURISMO Y TRABAJO
Núm. 10866
Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo por la que se dispone la inscripción y depósito en el Registro de Convenios Colectivos de las Illes Balears, y la publicación del Acta número 22 de la Comisión Paritaria del XV Convenio colectivo sectorial de hostelería de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de 23 de octubre de 2020 (código de convenio 07000435011982)
Antecedentes
1. El 23 de octubre de 2020 los miembros de la Comisión Paritaria del Convenio colectivo sectorial de hostelería de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears se reunieron para acordar la trasposición del acuerdo de la Comisión Permanente de la FPHIB por la que se acuerda prorrogar la exoneración a las empresas de la obligación de realizar aportaciones económicas a la FPHIB, hasta el 31 de enero de 2021.
2. El 26 de octubre de 2020, Carlos Sedano Almiñana, en representación de la Comisión Paritaria del Convenio colectivo, solicitó el registro, el depósito y la publicación de la citada Acta.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 90.3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo.
2. El Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.
3. El artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Inscribir y depositar el Acta número 22 de la Comisión Paritaria del XV Convenio colectivo sectorial de hostelería de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears de 23 de octubre de 2020 en el Registro de Convenios Colectivos de las Illes Balears.
2. Publicar el Convenio en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
3. Hacer constar que la versión castellana del texto es la original firmada por los miembros de la Comisión Negociadora y que la versión catalana es su traducción.
4. Notificar esta Resolución a la persona interesada.
Palma, 30 de octubre de 2020
La directora general de Trabajo y Salud Laboral
Virginia Abraham Orte
Por delegación del Consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo
(BOIB 97/2019)
ACTA 22
COMISIÓN PARITARIA DEL XV CONVENIO COLECTIVO SECTORIAL DE HOSTELERÍA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS (Código Convenio 07000435011982)
ASISTENTES
REPRESENTACIÓN SINDICAL:
D. José GARCÍA RELUCIO
Por la Federación de Servicios, Movilidad y Consumo (FeSMC-UGT) Unión General de Trabajadores.
Dª. Silvia MONTEJANO COFRECES
Por la Federació de Serveis de Comisions Obreres de les Illes Balears (FS-CCOO).
REPRESENTACIÓN EMPRESARIAL:
Dª. Carmen MARÍ CASAÑ
Dª. María José AGUILÓ CERDÀ
D. Carlos SEDANO ALMIÑANA (asesor)
Dª. Ángela SALVADOR RUBIO (asesora)
Por la Federación Empresarial Hotelera de Mallorca (FEHM).
D. Miquel PLANAS FONT (asesor)
Por la Asociación Mallorquina de Cafeterías, Bares y Restaurantes (ASOCIACIÓN RESTAURACIÓN MALLORCA)
En Palma, Illes Balears, siendo las 12 horas del día 23 de octubre de 2020, en la sala de juntas del despacho profesional de “C.SEDANO & ASOCIADOS”, sito en C/. Nuredduna nº 10, 2ª planta, puerta E, de esta ciudad, se reúnen las personas al margen izquierdo relacionadas, que han sido previamente convocadas para esta sesión, como miembros designados de la Comisión paritaria del Convenio colectivo reseñado en el encabezamiento del acta, así como los asesores que se mencionan.
Levanta el acta de la reunión Dña. Silvia Montejano Cofreces, de FS-CCOO, quien actúa como Secretaria de la Comisión, en virtud del acuerdo de rotación en esta función fijado en el acta 8 de la Comisión, de fecha 11 de octubre de 2017 («BOIB» nº 140, 16/noviembre/2017).
El orden del día de la reunión es el siguiente:
Punto 1. TRASPOSICIÓN DEL ACUERDO DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE LA FUNDACIÓN PARA LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN EL SECTOR DE HOSTELERÍA DE LAS ILLES BALEARS (FPHIB), DE 2 DE OCTUBRE DE 2020, POR EL QUE SE PRORROGA, HASTA EL 31 DE ENERO DE 2021, LA EXONERACIÓN A LAS EMPRESAS DE LA OBLIGACIÓN DE REALIZAR APORTACIONES ECONÓMICAS A DICHA FUNDACIÓN.
Punto 2. COMUNICACIONES NOTIFICADAS EN MATERIA DE INAPLICACIONES DE CONVENIO COLECTIVO.
Punto 3. RUEGOS Y PREGUNTAS.
Así, aprobado el orden del día, se procede a su estudio, debate y resolución.
Punto 1. TRASPOSICIÓN DEL ACUERDO DE LA COMISIÓN PERMANENTE DE LA FUNDACIÓN PARA LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN EL SECTOR DE HOSTELERÍA DE LAS ILLES BALEARS (FPHIB), DE 2 DE OCTUBRE DE 2020, POR EL QUE SE PRORROGA, HASTA EL 31 DE ENERO DE 2021, LA EXONERACIÓN A LAS EMPRESAS DE LA OBLIGACIÓN DE REALIZAR APORTACIONES ECONÓMICAS A DICHA FUNDACIÓN.
En el seno de la Comisión permanente de la FPHIB se acordó, el pasado 7 de mayo de 2020, exonerar a las empresas de la obligación de realizar aportaciones económicas a la FPHIB, a través de las cuotas empresariales de seguridad social, durante el periodo 1 de abril de 2020 a 30 de septiembre de 2020, de lo que se dio cuenta en la reunión de la Comisión Paritaria celebrada en la misma fecha (7 de mayo de 2020), nº 20, publicada en el «BOIB» núm. 106, de 6-6-2020, trasponiéndose dicho acuerdo.
En dicho acuerdo se contemplaba de hecho la posibilidad de prórrogas ulteriores para el supuesto de prolongarse la situación que lo motivaba, enmarcado en el contexto de crisis sanitaria global, causada por la pandemia derivada del COVID-19.
En reunión de la Comisión Permanente de la FPHIB celebrada el pasado 2 de octubre de 2020 se abordó, como punto quinto del orden del día, la propuesta de la FEHM de prorrogar la suspensión del pago de las aportaciones económicas a la FPHIB, por la crisis generada por el COVID-19 hasta el 31 de enero de 2021, ante el mantenimiento de los efectos de la crisis en las empresas del sector y la reciente publicación del Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, por el que se prorrogan hasta el 31 de enero de 2021 los expedientes de regulación de empleo por causa de fuerza mayor en los que están inmersas la mayoría de ellas, con la consiguiente exoneración de cotizar a la Seguridad Social. Dicha propuesta fue aprobada en el seno de dicha Comisión permanente, donde además se acordó dirigir una nota informativa a las empresas sobre el procedimiento de recaudación de cuotas empresariales y el acuerdo de prórroga de la exoneración de cuotas a la FPHIB, lo que ya se ha efectuado.
Así pues, se da cuenta del acuerdo de la Comisión permanente de la FPHIB de prorrogar la exoneración a las empresas de la obligación de realizar aportaciones económicas a la misma, a través de las cuotas empresariales de seguridad social, hasta el 31 de enero de 2021, sin perjuicio de que durante las fechas exoneradas se produzcan vencimientos de plazos de ingreso de aportaciones, las cuales deberán ser ingresadas.
Punto 2. COMUNICACIONES NOTIFICADAS EN MATERIA DE INAPLICACIONES DE CONVENIO COLECTIVO.
Se da cuenta de que la representación de “GANA LOCA, S.L.” informó a través de la sede del Tribunal de Arbitraje y Mediación de las Illes Balears (TAMIB) en fecha 15-09-2020 de la inaplicación del Convenio colectivo, al haberse seguido el procedimiento establecido en el artículo 82.3 del Estatuto de los Trabajadores. Se adjunta al acta la documentación, que ya fue circulada en su día a los miembros de la Comisión.
Punto 3. RUEGOS Y PREGUNTAS.
No hay ruegos y preguntas, por lo que se da por finalizada la reunión.
La presente acta, junto con sus anejos, de la cual se suscriben cinco ejemplares, será registrada ante la autoridad laboral (REGCON), mandatando para ello a D. Carlos Sedano, asesor de la FEHM, solicitando asimismo la publicación de la misma en el «BOIB».
No habiendo más asuntos que tratar, y siendo las 13 horas, se da por finalizada la reunión.
FIRMAS: