Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD E INVESTIGACIÓN
Núm. 10847
Resolución de la directora general de Personal Docente de 4 de noviembre de 2020 por la que se emplaza a las personas interesadas en el recurso contencioso administrativo núm. POO 522/2020
Hechos
El señor Lluís Segura Gelabert ha interpuesto un recurso contencioso-administrativo, actuaciones núm. 522/2020, que se siguen por el procedimiento ordinario en el Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en la Sala de lo Contencioso-Administrativo, contra la Resolución de la directora general de Personal Docente de 9 de julio de 2020 por la que se convoca, para el curso 2020-2021, el proceso de adjudicación de destinos provisionales para los funcionarios de carrera docentes sin destino definitivo y los desplazados por falta de horario, para los funcionarios docentes a los cuales se les ha admitido la solicitud de destino en comisión de servicios y para los aspirantes a funcionarios interinos docentes en centros públicos de enseñanza no universitaria, y se aprueban las instrucciones que lo regirán, como también las instrucciones que deberán regir el proceso de adjudicación de sustituciones (BOIB núm. 122, de 11 de julio).
Fundamentos de derecho
1. Los artículos 49 y 50 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
2. El artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Por ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Emplazar a las personas interesadas en el recurso contencioso-administrativo, actuaciones núm. 522/2020, que se siguen por el procedimiento ordinario en el Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en la Sala de lo Contencioso-Administrativo, para que puedan comparecer en calidad de demandadas y personarse ante este Tribunal en el plazo de nuevo días contadores desde la fecha de publicación de esta Resolución.
2. Comunicar a las personas interesadas que si se personan fuera del plazo indicado, se las considerará como parte de los trámites no precluidos, sin que por ello se deba retrotraer ni interrumpir el curso del procedimiento, y que, si no se personan oportunamente, continuará el procedimiento en sus trámites, sin que sea necesario hacerles notificación de ningún tipo.
3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 4 de noviembre de 2020
La directora general de Personal Docente
Rafaela Sànchez Benítez