Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 10788
Departamento de Vivienda - Convocatoria de subvenciones al alquiler del municipio de Palma 2019. Acuerdo de ampliación de concesión de la subvención al alquiler

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

 

Procedimiento:

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES AL ALQUILER DEL MUNICIPIO DE PALMA 2019

Asunto:

Publicación del acuerdo de ampliación de la concesión de  subvenciones    

En fecha de 21 de octubre de 2020, la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Palma ha adoptado el siguiente: 

ACUERDO

1. Conceder una subvención al alquiler correspondiente a las mensualidades de noviembre y diciembre de 2019 a las personas y por los importes máximos que en cada caso se indican a continuación, y según la puntuación obtenida con el baremo aplicado por la comisión de evaluación que determina su orden de prelación. Las personas beneficiarias disponen de un plazo de diez días desde la publicación de la resolución definitiva para comunicar a la Oficina de Antidesahucios si aceptan o rechazan la subvención; en caso de no hacerlo, se entenderá aceptada. 

2. Aprobar el abono a las personas beneficiarias de las cantidades indicadas en cada caso, las cuales han sido debidamente justificadas, con cargo a la aplicación 08.15200.48002 del vigente presupuesto de gastos de este Ayuntamiento (MARGINAL 100.009).

Orden prelación

DNI

Puntuación

Nombre

Importe

Expediente

108

43140799K

52,59

MARTINEZ OTON, MIGUEL ALEJANDRO

360,00 €

381

109

43085675M

52,32

MARTOS DELGADO, FRANCISCO JAVIER

226,40 €

596

110

43181227S

52,28

MORILLA PONS, FRANCISCO JOSE

283,00 €

607

111

49606834C

52,16

GIORDANO ARANGO, CARLOS ALBERTO

226,40 €

446

112

18237415W

51,96

TOVAR MARTOS, MARCELINO

226,40 €

444

113

44327537M

51,82

ALVAREZ BASTIDA, INMACULADA

226,40 €

603

114

43168398C

51,76

MALLERO RAMON, VERONICA

226,40 €

558

5. Ordenar la publicación de este acuerdo en iguales condiciones y garantías que la convocatoria de las subvenciones. 

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el órgano que la ha dictado en el plazo de un mes, contador desde el día siguiente que se haya publicado, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el arte. 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las bases del régimen local.

De acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, también se puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses, contadores desde el día siguiente de la publicación.

​​​​​​​Sin perjuicio que los interesados puedan ejercitar, si procede, cualquier otro acción que estimen procedente.

 

Palma, 26 de octubre de 2020

El TAG jefe de sección de Vivienda Juan García Lliteras