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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 10737
Extracto del acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca de fecha 19.10.2020, relativo a la aprobación de la convocatoria de las ayudas del Consell Insular de Menorca para el apoyo a las cofradías de pescadores para el año 2019, con las mismas bases reguladoras del año 2018 (sustituyendo el año 2017 por el año 2018 y el año 2018 para el año 2019) (Exp. 3012-2019-000001)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS 530778

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/530778):

Primero. Beneficiarios

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las cofradías de pescadores de Menorca constituidas de acuerdo con lo previsto en el Decreto 61/1995, de 2 de junio (BOIB núm. 80, de 24-6-1995).

Segundo. Objeto

El objeto de esta ayuda es apoyar las actuaciones de las cofradías de pescadores de Menorca para la realización de actividades que, de acuerdo con la normativa vigente, supongan el cumplimiento de sus funciones como órganos de consulta y colaboración con la Administración, llevadas a cabo desde el día 15 de diciembre del año anterior al de la convocatoria hasta el 2 de noviembre del año en curso.

Tercero. Bases reguladoras

Esta convocatoria se regirá por las bases de ayudas a las cofradías de pescadores aprobadas por el Consejo Ejecutivo del CIM en fecha 7 de mayo de 2018 (BOIB n.º 70 de 7 de junio de 2018), y por la base 7ª publicada íntegramente en el BOIB n.º 135 de 3 de octubre de 2019, sustituyendo las referencias al año 2017 por el año 2019 y el 2018 por el 2020.

Cuarto. Cuantía

El importe global máximo de la convocatoria es de 60.000€ (sesenta mil euros).

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).

Sexto. Otros datos.

La cuantía total de la subvención para cada beneficiario será como máximo de 22.000 €.

 

Maó, 2 de noviembre de 2020

Por delegación de la Presidenta,

El secretario del Consejo Ejecutivo

Octavi Pons Castejón

(Decreto 427/2019, de 11 de julio)

(BOIB nº. 97, de 16.7.2019)