Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
AYUNTAMIENTO DE PALMA
Núm. 10665
Departamento de Personal. Servicio de Selección, Provisión y Gestión. Nombramiento funcionarios/as de carrera bombero/a del Ayuntamiento de Palma
El concejal del Área de Hacienda, Innovación y Función Pública, resolvió lo siguiente:
1.Finalizar los nombramientos de las personas en prácticas relacionadas en el punto 2 con efectos de dia 1 de noviembre de 2020.
2.- Nombrar a las personas relacionadas al final de este punto a partir de dia 2 de noviembre como funcionarios/as de carrera, para ocupar el puesto de bombero/a de este Ayuntamiento, toda vez que han superado el período de prácticas, reuniendo todos los requisitos exigidos para ocupar el mendionado cargo.
Juan Rodríguez Reynés por decreto nº 16561 de fecha 26 de octubre de 2020 |
Antonio Calero Torres por decreto nº 16562 de fecha 26 de octubre de 2020 |
Antonio Gatell Homar por decreto nº 16563 de fecha 26 de octubre de 2020 |
Juan Antonio Vega Gallego por decreto nº 16564 de fecha 26 de octubre de 2020 |
Juan Carlos Delgado Gallardo por decreto nº 16565 de fecha 26 de octubre de 2020 |
Alberto Tapias Fernández por decreto nº 16566 de fecha 26 de octubre de 2020 |
Victor Lara Oliver por decreto nº 16567 de fecha 26 de octubre de 2020 |
Carlos Márquez Celorio por decreto nº 16568 de fecha 26 de octubre de 2020 |
Maria de Mar Gacias Monserrat por decreto nº 16569 de fecha 26 de octubre de 2020 |
Gabriel Marimón Esteva por decreto nº 16570 de fecha 26 de octubre de 2020 |
Luís Bibiloni Canalejo por decreto nº 16571 de fecha 26 de octubre de 2020 |
Miguel Ángel Torres Alorda por decreto nº 16572 de fecha 26 de octubre de 2020 |
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, conforme lo que dispone el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde el día siguiente de recibir la presente notificación. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición.
El recurso de reposición potestativo debe presentarse en el registro general de este Ayuntamiento o en las dependencias a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, antes mencionada, y se entenderá desestimado cuando no haya resuelto y notificada la resolución, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de su interposición. En este caso queda expedita la vía contencioso administrativa.
Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, conforme a lo establecido en el artículo citado anteriormente, y los 45 y siguientes de la ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de recibir la presente notificación. Esto sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere conveniente.
Palma, 2 de noviembre de 2020
El jefe de Departamento de Personal p.d. Decreto de alcaldía núm. 3000, de 26/02/2014 (BOIB núm. 30, de 04/03/2014) Antoni Pol Coll