Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE MOVILIDAD Y VIVIENDA
Núm. 10616
Extracto de la Resolución del consejero de Movilidad y Vivienda de 2 de noviembre de 2020, por la que se aprueba la ampliación del crédito presupuestario consignado en la Resolución del consejero de Territorio, Energía y Movilidad de 26 de octubre de 2018, por la que se convocan les ayudas del año 2018 para la mejora de la eficiencia energética y la sostenibilidad en edificios de viviendas o viviendas unifamiliares, en el marco del Real Decreto 106/2019, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de esta convocatoria. El texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
Primero
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de las ayudas de esta convocatoria: el propietario único o los copropietarios conjuntamente de edificios de viviendas o de viviendas; las comunidades de propietarios de edificios de viviendas o las agrupaciones de comunidades de propietarios; los propietarios que, de forma agrupada, no hayan otorgado el título constitutivo en régimen de propiedad horizontal; las empresas constructoras, arrendatarias o concesionarias de edificios de viviendas, y las cooperativas y las empresas de servicios energéticos.
Segundo
Finalidad
Estas ayudas tienen por objeto o finalidad la financiación de obras para la mejora de la eficiencia energética y la sostenibilidad en edificios de viviendas o viviendas unifamiliares, con especial atención a la envolvente edificatoria, tanto en los edificios de tipología residencial colectiva como en las viviendas unifamiliares.
Tercero
Bases reguladoras
El día 29 de junio de 2017 se publicó, en el BOIB n.º 79, la Orden del consejero de Territorio, Energía y Movilidad de 22 de junio de 2017, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones estatales o autonómicas en materia de vivienda, las cuales gestione o establezca la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Estas bases prevén que las convocatorias que se dicten a su amparo se aprobarán con una resolución de la persona titular de la consejería competente en materia de vivienda y se publicarán en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Cuarto
Importe
El importe de las ayudas reguladas en esta convocatoria es de 290.000,00 € para el año 2020, de los que 100.000 € son fondos finalistas y 190.000,00 € son fondos autonómicos.
Quinto
Plazo de presentación de solicitudes
Esta ampliación de crédito presupuestario no implicará la ampliación del plazo de presentación de solicitudes.
Palma, 2 de noviembre de 2020 El consejero de Movilidad y Vivienda Marc Pons Pons