Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD E INVESTIGACIÓN
Núm. 10546
Resolución del consejero de Educación y Universidad de 23 de octubre de 2020 por la que se autoriza el cambio de la denominación específica del Colegio de Educación Infantil y Primaria (CEIP) Binissalem, del municipio de Binissalem, por la de Colegio de Educación Infantil y Primaria (CEIP) Pedra Viva
Hechos
1. Mediante el decreto 127/2008 de 28 de noviembre (BOIB nº. 169, de 4 de diciembre), se creó el centro público de educación infantil y primaria CP Binissalem, con el código de centro: 07013735 y domicilio: Camí de Pedaç, polígono VIII, parcela 49, de la localidad de Binissalem.
2. La Orden de la consejera de Educación y Cultura, de 31 de marzo de 2009 (BOIB nº. 59, de 23 de abril), dispuso la puesta en funcionamiento del centro de educación infantil y primaria CP Binissalem, siendo su configuración: 6 unidades de educación infantil y 12 unidades de educación primaria.
3. En fecha 23 de junio de 2020, la Sra. Francisca Vidal Company como directora del CEIP Binissalem presentó una solicitud de cambio de denominación específica del centre y adjunto la siguiente documentación: certificado del claustro, aprobando el cambio de denominación, certificado y acta del consejo escolar de 3 de febrero de 2020 con la justificación de todo el proceso que se había seguido, participando toda la comunidad educativa para poder elegir la nueva denominación y finalmente presentó el certificado del Plenario del Ayuntamiento donde se aprobó por unanimidad el cambio de denominación.
4. El 5 de octubre de 2020, la jefa del Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable sobre la autorización del cambio de la denominación específica del CEIP Binissalem por la de CEIP Pedra Viva.
Fundamentos de Derecho
1. La Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE nº 159, de 4 de julio).
2. La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE nº 106, de 4 de mayo), según la redacción fijada por la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (BOE nº 295, de 10 de diciembre).
3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº 44, de 3 de abril).
4. El Decreto 119/2002, de 27 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento orgánico de las escuelas públicas de educación infantil, de los colegios públicos de educación primaria, y de los colegios públicos de educación infantil y primaria (BOIB nº 120, de 5 de octubre).
5. El Estatuto de autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE nº 52, de 1 de marzo), el cual establece, en el artículo 36.2, que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.
6.El Decreto 21/2019, de 2 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen les competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros con fecha de 22 de octubre de 2020, dicto la siguiente
Resolución
1. Autorizar el cambio de la denominación específica del Colegio de Educación Infantil y Primaria (CEIP) Binissalem, registrado con el código 07013735, por la de Colegio de Educación Infantil y Primaria (CEIP) Pedra Viva.
2. Determinar que, como consecuencia de esta modificación, el centro queda configurado de la manera siguiente:
Código de centro: 07013735
Denominación genérica: colegio de educación infantil y primaria
Denominación específica: Pedra Viva
Titular: Consejería de Educación, Universidad e Investigación
Domicilio: Camí Pedaç, polígono VI, parcela 49
Localidad: Binissalem
Municipio: Binissalem
CP: 07350
Enseñanzas autorizadas:
Educación infantil: 6 unidades
Educación primaria: 12 unidades
3. Inscribir la nueva denominación en el Registro de centros docentes de la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros y darla de alta en el Registro estatal de centros docentes no universitarios (RCD).
4. Comunicar esta Resolución al centro.
5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, 23 de octubre de 2020
El consejero de Educación, Universidad e Investigación
Martí X. March Cerdà