Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD E INVESTIGACIÓN
Núm. 10542
Resolución del consejero de Educación y Universidad de 23 de octubre de 2020 por la que se autoriza la implantación de la especialidad de trombón en el Centro Integrado de Educación Infantil y Primaria y de Enseñanzas Elementales de Música Son Serra, de Palma
Hechos
1. Mediante una resolución del consejero de Educación y Universidad de 20 de noviembre de 2018 (BOIB nº. 147, de 24 de noviembre) por la que se autoriza la implantación de la especialidad de saxofón en el Centro Integrado de Educación Infantil y Primaria y de Enseñanzas Elementales de Música Son Serra, de Palma. De esta manera, la configuración del centro pasó a ser la siguiente:
Educación infantil de segundo ciclo: 6 unidades
Educación primaria: 12 unidades
UEECO: 1 unidad
Enseñanzas elementales de música: especialidades de piano, violín, violonchelo, clarinete, percusión, flauta travesera, trompa, contrabajo y saxofón.
2. El 8 de octubre de 2020, la directora de este centro presentó una solicitud de autorización de una nueva especialidad instrumental; en concreto, la de trombón.
3. El 20 de octubre de 2020, la jefa del Servicio de Enseñanzas de Régimen Especial y el 21 de octubre de 2020, la jefa del Departamento de Planificación y Centros, emitieron, respectivamente un informe favorable a la implantación de esta especialidad instrumental en el Centro Integrado de Educación Infantil y Primaria y de Enseñanzas Elementales de Música Son Serra, de Palma.
Fundamentos de derecho
1. La Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE nº. 159, de 4 de julio, y suplemento en catalán nº. 7 de 1985).
2. La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE nº. 106, de 4 de mayo, y suplemento en catalán nº. 11, de 16 de mayo), según la redacción fijada por la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (BOE nº. 295, de 10 de diciembre, y suplemento en catalán de la misma fecha).
3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº. 44, de 3 de abril).
4. El Real decreto 303/2010, de 15 de marzo, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten enseñanzas artísticas reguladas en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE nº. 86, de 9 de abril), que deroga el Real decreto 389/1992, de 15 de abril (BOE nº. 102, de 28 de abril), que es aplicable, sin embargo, a las enseñanzas elementales de música y danza hasta que las administraciones educativas no regulen estas enseñanzas elementales.
5. El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE núm. 52, de 1 de marzo), el cual establece, en el artículo 36.2, que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.
6. El Decreto 21/2019, de 2 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Por todo esto, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros el 22 de octubre de 2020, dicto la siguiente
Resolución
1. Autorizar, con efectos desde el curso escolar 2020-2021, la especialidad de trombón en el Centro Integrado de Educación Infantil y Primaria y de Enseñanzas Elementales de Música Son Serra.
2. Determinar que, como consecuencia de esta modificación, el centro queda configurado de la manera siguiente:
Código de centro: 07005945
Denominación genérica: centro integrado de educación infantil y primaria y de enseñanzas elementales de música
Denominación específica: Son Serra
Domicilio: c. de Maribel, nº. 48
Localidad: sa Vileta
Municipio: Palma
CP: 07013
Enseñanzas autorizadas:
Educación infantil de segundo ciclo: 6 unidades
Educación primaria: 12 unidades
UEECO: 1 unidad
Enseñanzas elementales de música: especialidades de piano, violín, violonchelo, clarinete, percusión, flauta travesera, trompa, contrabajo, saxofón y trombón
3. Recordar al centro mencionado que está obligado a cumplir la legislación vigente y a solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando se tenga que modificar cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución.
4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación, Universidad e Investigación en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de su publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de su publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Palma, 23 de octubre de 2020
El consejero de Educación, Universidad e Investigación
Martí X. March i Cerdà