Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE ARTÀ
Núm. 10494
Bases que han de regir la convocatoria de subvenciones ordinarias a entidades deportivas sin ánimo de lucro para el año 2020
La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 29 de octubre de 2020, adoptó el acuerdo que, copiado literalmente, dice:
<<Exp. 2020/4213. Bases que han de regir la convocatoria de subvenciones ordinarias a entidades deportivas sin ánimo de lucro para el año 2020
Vistas las bases y los formularios que deben regir la convocatoria de subvenciones ordinarias a entidades deportivas sin ánimo de lucro para el año 2020, redactadas por el técnico municipal de deportes del Ayuntamiento de Artà, las que se reproducen a continuación:
“BASES QUE TIENEN QUE REGIR LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES ORDINARIAS A ENTIDADES DEPORTIVAS SIN FINALIDAD DE LUCRO PARA EL AÑO 2020
El Ayuntamiento de Artà convoca la concesión de subvenciones ordinarias para el año 2020 con las condiciones que se detallan a continuación.
1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El objeto de esta convocatoria es regular las subvenciones, dentro de los límites establecidos en el presupuesto municipal y en los términos del Reglamento municipal regulador de subvenciones, para apoyar económico a las competiciones federadas de las entidades deportivas sin ánimo de lucro del municipio de Artà.
Las subvenciones a que hacen referencia estas bases son libremente revocables y reductibles en todo momento por las causas previstas en la ley o en estas bases, no generan ningún derecho a la obtención otras subvenciones en años posteriores y no se pueden alegar como precedente.
2. IMPORTE Y CRÉDITO PRESUPUESTARIO
Para las subvenciones que regulan estas bases se destina un importe máximo de 35.500 € de los presupuestos municipales del año 2019. La partida presupuestaria afectada es la 01 3411 48001 01.
3. ENTIDADES BENEFICIARIAS
Pueden acogerse a la convocatoria de subvenciones las entidades deportivas constituidas legalmente, sin finalidad de lucro, radicadas en el término municipal de Artà y censadas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas, que cumplan los requisitos que fija el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (LGS) y el Reglamento municipal regulador de subvenciones. Entre otros requisitos es indispensable encontrarse al corriente en el desempeño de las obligaciones tributarias con las administraciones públicas y la Seguridad Social.
Las entidades deportivas que tengan delegación en el Registro de Entidades de Artà deben recibir la subvención por los deportistas que estén empadronados en el municipio de Artà
4. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
Son subvencionables los gastos de fichas federativas de jugadores y entrenadores, seguros deportivos individuales, inscripción de clubes y equipos y gastos de material y equipamiento necesarios para preparar los equipos correspondientes a la temporada 2020/2021 o año natural 2020 de las competiciones deportivas federadas a las cuales tengan que participar.
5. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES, JUSTIFICACIÓN Y PLAZOS
Las solicitudes se tienen que formalizar en un único modelo formulario facilitado por el propio Ayuntamiento que incluye la solicitud y la justificación.
Este modelo formulario figura como anexo de esta convocatoria y se puede recoger a la oficina de atención al ciudadano de Can Solivelles ( calle de la Rosa, 1, Artà) y en la delegación de la Colonia de Sant Pere (plaza de la Bassa d'en Fasol, s/n, Colonia de Sant Pere). También se puede descargar de la web del Ayuntamiento (www.arta.cat).
El formulario, junto con la documentación requerida adjunta, se tienen que presentar en el Registro del Ayuntamiento o en cualquier de los registros que prevé el artículo 38.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y tienen que ir dirigidas a la Alcaldía.
El plazo para la presentación de las solicitudes se inicia a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y finaliza el día 15 de noviembre de 2020.
6. DOCUMENTACIÓN ESPECÍFICA QUE SE DEBE QUE PRESENTAR
La documentación que se tiene que presentar es la siguiente:
No es necesario presentar la documentación solicitada en los apartados a), b), c) y d) si ya ha sido presentada en convocatorias anteriores y no ha habido variación de los datos.
7. SUBSANACIÓN DE DEFICIENCIAS
Si la documentación presentada es incorrecta o incompleta, el Ayuntamiento tiene que requerir a la persona beneficiaria para que rectifique o complemente el que sea necesario, quién lo tiene que hacer en el plazo de diez días, a contar a partir del requerimiento correspondiente.
Si en este plazo el interesado no hace la rectificación reclamada o no presenta la documentación requerida, el Ayuntamiento considerará que el interesado desiste de su solicitud, después de haber tomado la resolución pertinente, de acuerdo con el artículo 68.1. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
8. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN
El procedimiento de concesión de las subvenciones se tiene que tramitar en régimen de concurrencia competitiva puesto que el que se subvenciona es un porcentaje determinado del coste de poner en funcionamiento los equipos que participan en competiciones federadas y por lo tanto se realiza un reparto proporcional entre todas las solicitudes que cumplen los requisitos.
9. RESOLUCIÓN
La Junta de Gobierno Local se encarga de ordenar, instruir y resolver el procedimiento de concesión.
La valoración técnica de las solicitudes, la realiza una comisión evaluadora, creada a tal efecto, a partir de los baremos establecidos. Esta Comisión Evaluadora tiene que elaborar un informe previo para la Junta de Gobierno Local. Esta Comisión Evaluadora está formada por:
• Presidente: El alcalde del Ayuntamiento, y como sustituto el regidor en quien delegue.
• Vocales:
- El regidor de Deportes y Juventud, y como sustituto el regidor en quien delegue.
- El regidor de Cultura, y como sustituto el regidor en quien delegue.
- El jefe de área de los Servicios Socioeducativos del Ayuntamiento.
- Dos técnicos del Ayuntamiento, uno de los cuales tiene que actuar como secretario.
- Dos representantes de las entidades municipales.
- Un miembro de cada uno de los partidos políticos representados al Ayuntamiento
El plazo máximo para resolver las solicitudes es de dos meses, contadores a partir del día de conclusión del plazo establecido en la convocatoria para presentarlas y el silencio administrativo tendrá carácter desestimatorio.
El acuerdo adoptado se tiene que notificar a los interesados, de forma personalizada. Además, se tiene que hacer público en el tablón de anuncios municipal.
10. CUANTÍA
Se prevén dos cuantías diferentes. Por un lado una cuantía fija máxima de 200 € para cubrir los gastos de material y equipamiento necesario para preparar a los equipos para la competición. Y por otro, los gastos de fichas federativas de jugadores y entrenadores, seguros deportivos individuales, inscripción de clubes y equipos.
Una vez distribuida la cantidad fija, se repartirá el remanente entre los gastos de fichas, seguros deportivos, inscripción de clubes y equipos. En el supuesto de que la cuantía solicitada fuera superior al remanente se hará un prorrateo entre todas las solicitudes para este grupo.
11. OBLIGACIONES DE LAS PERSONA BENEFICIARIAS
Son obligaciones mínimas de las personas beneficiarias de las subvenciones:
a) Aceptar la subvención. En caso de que esto no sea posible, tienen que renunciar expresamente y motivadamente, en el plazo de quince días, contadores a partir de la recepción de la notificación de concesión de la subvención.
b) Llevar a cabo la actuación o las actuaciones objetas de la subvención, ajustándose a los términos del proyecto presentado y de acuerdo con las condiciones establecidas en estas bases.
c) Acreditar ante el Ayuntamiento la realización de la actuación o las actuaciones y el desempeño de los requisitos o de las condiciones que determine la concesión de la subvención, y notificar cualquier modificación que se produzca.
d) Comunicar en el Ayuntamiento, en cualquier momento, la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad no previstas en la solicitud.
e) Someterse a las actuaciones de comprobación y facilitar los datos que el Ayuntamiento requiera.
f) Acreditar que se encuentra al corriente en el desempeño de sus obligaciones tributarias y ante la Seguridad Social.
g) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, mientras puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
h) Recoger el patrocinio del Ayuntamiento en todos los elementos publicitarios y divulgadores de la actuación subvencionada, en un lugar destacado y de manera clara.
i) Comunicar en el Ayuntamiento, con 15 días de antelación, cualquier acto público relacionado con la actuación subvencionada.
12. ABONO DE LAS SUBVENCIONES
El pago de las subvenciones debe llevarse a cabo una vez notificado el acuerdo adoptado a las personas interesadas y comprobado por parte del ayuntamiento que se han justificado los gastos generados por la actividad para la cual se ha concedido la ayuda.
Aquellas entidades que hayan sido beneficiarias de la subvención por un importe superior a 3.000 € deben presentar los certificados correspondientes de estar al corriente en el desempeño de las obligaciones tributarias con las administraciones públicas y la Seguridad Social
13. JUSTIFICACIÓN DE LOS GASTOS
La justificación de los gastos debe llevarse a cabo con la presentación de la solicitud. Los justificantes del material y equipamiento deben imputarse en el apartado de gastos de material y equipamiento necesarios para preparar a los equipos para la competición. El importe máximo a justificar es de 200 €. Los justificantes de los gastos de fichas federativas de jugadores y entrenadores, seguros deportivos individuales, inscripción de clubes y equipos se tienen que imputar a la cuantía correspondiente a la subvención concedida para gastos federativos.
14. COMPATIBILIDAD CON OTRAS AYUDAS
Estas ayudas son compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, para la misma finalidad, procedentes de cualesquier administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
La cuantía de la subvención no puede ser igual o superior, aisladamente o en concurrencia con otras ayudas o subvenciones, al coste de la actuación subvencionada.
15. INCUMPLIMIENTO, REVOCACIÓN Y REINTEGRO
El incumplimiento no enmendable de cualquier requisito establecido en estas bases o de la finalidad para la cual se concedió la subvención, puede provocar la anulación total o parcial, lo cual tienen que acordar los órganos competentes de la corporación. En este caso, la persona beneficiaria está obligada a reintegrar las cantidades recibidas y los intereses de demora que correspondan, mediante la tramitación previa del procedimiento legal correspondiente.
La cuantía final a percibir por parte de la persona beneficiaria, o, si procede, el importe que tenga que reintegrar, se tiene que sujetar a primeros de proporcionalidad en relación al grado de incumplimiento.
16. NORMATIVA DE APLICACIÓN
Las subvenciones objeto de esta convocatoria se rigen por el que disponen las bases anteriores; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276, de 18/11/2003); el Reglamento municipal regulador de subvenciones, aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Artà; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; y el resto de normativa que sea de aplicación, así como, en materia de protección de datos personales, el Reglamento (UE)2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales (RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos y garantía de derechos digitales (LOPDGDD)
17. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
El Ayuntamiento de Artá será el responsable del tratamiento de los datos personales que deban ser aportados con la finalidad de tramitar el procedimiento de concesión de subvenciones a entidades sin ánimos de lucro, así como para su gestión, pago y control.
Los datos serán conservados mientras puedan presentarse reclamaciones o recursos al citado procedimiento y según los criterios de política documental y de archivo del Ayuntamiento de Artá.
La base de licitud del tratamiento será el artículo 6.1 e) del RGPD en cumplimiento de una misión de interés público o el ejercicio de potestades públicas según lo dispuesto en la Lay 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común.
Los datos personales podrán ser cedidos en cumplimiento de una obligación legal, a entidades bancarias para realizar el pago, agencia tributaria u organismos de control y fiscalización. No se realizan transferencias internacionales de datos.
Las personas afectadas tienen derecho a:
Los derechos podrán ejercitarse ante el Ayuntamiento de Artá, Plaça de l'Ajuntament, 1, 07570 Artà, Illes Balears indicando en el asunto: Ref. Protección de Datos o a través de la Sede Electrónica: https://seu.arta.cat/
Si en el ejercicio de sus derechos no ha sido debidamente atendido, podrá presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos – Dirección: C/Jorge Juan, 6 - 28001 MADRID (Madrid) – Sede electrónica: sedeagpd.gob.es. Con carácter previo y potestativo, puede dirigirse a la persona designada como Delegado/a de Protección de Datos en al Ayuntamiento de Artá en la dirección de correo electrónico dpd@arta.cat.
Anexos
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Anexo I: SOLICITUD
Solicitante
Nombre y apellidos |
NIF |
Domicilio |
Representante
Nombre y apellidos |
NIF |
Datos para las notificaciones
Titular de la dirección |
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Dirección |
||
Municipio |
CP |
|
Teléfono fijo |
Teléfono móvil |
Fax |
Dirección electrónica |
EXPONE:
Vista la convocatoria de subvenciones ordinarias a entidades deportivas sin finalidad de lucro para el año 2020 |
Por ello,
SOLICITA:
Acogerme a dicha convocatoria |
Artà, ........... d ............................ de 20.......
(Firma)
PROTECCIÓN DE DATOS
Responsable del tratamiento: Ayuntamiento de Artá |Finalidad: Tramitar el procedimiento de concesión de subvenciones a entidades deportivas sin ánimo de lucro.| Legitimación: Articulo 6.1 e) del RGPD, cumplimiento de una misión de interés público, Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones |Destinatarios: Solo se cederán los datos en cumplimiento de una obligación legal. No se realizan transferencias internacionales de datos |Derechos: Acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, ante el Ayuntamiento de Artá, Plaça de l'Ajuntament, 1, 07570 Artà, Illes Balears , indicando en el asunto Ref. Protección de Datos o a través de la Sede Electrónica: https://seu.arta.cat/ | Información adicional: Consultar las bases de la convocatoria y al correo del Delegado de Protección de Datos dpd@arta.cat
ANEXO II: Datos bancarios de la entidad
Nombre entidad: |
CIF: |
Domicilio (a efectos de notificaciones) Calle o plaza: Localidad: CP: Teléfono: Teléfono móvil: Fax: correo electrónico: Nombre del representante: |
Núm. de cuenta bancaria
Nombre del titular:
Nombre del banco o caja:
IBAN
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Bajo mi responsabilidad declaro que estos datos corresponden al c/c o a la libreta abierta a nombre de la entidad que represento.
_________, ___ de _________ de 20____
(Firma)
PROTECCIÓN DE DATOS
Responsable del tratamiento: Ayuntamiento de Artá |Finalidad: Tramitar el procedimiento de concesión de subvenciones a entitdades deportivas sin ánimo de lucro del municipio.|Legitimación: Articulo 6.1 e) del RGPD, cumplimiento de una misión de interés público, Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones |Destinatarios:. Solo se cederán los datos en cumplimiento de una obligación legal. No se realizan transferencias internacionales de datos |Derechos: Acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, ante el Ayuntamiento de Artá,, Plaça de l'Ajuntament, 1, 07570 Artà, Illes Balears , indicando en el asunto Ref. Protección de Datos o a través de la Sede Electrónica: https://seu.arta.cat/ | Información adicional: Consultar las bases de la convocatoria y al correo del Delegado de Protección de Datos dpd@arta.cat
ANEXO III
a) FICHA TÉCNICA Y PRESUPUESTO: Deporte individual
GRUPO 1: Hasta categoría cadete
Categoría (diferenciar masculino y femenino siempre que sea posible) |
Núm. deportistas |
Importe ficha/seguro |
Total importe categoría |
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Presupuesto de gastos hasta categoría cadete
Concepto |
Cantidad |
Inscripción de club |
€ |
Seguros deportivos hasta categoría cadete |
€ |
Fichas federativas de jugadores hasta categoría cadete |
€ |
Fichas federativas de entrenadores hasta categoría cadete |
€ |
Total |
€ |
b) FICHA TÉCNICA Y PRESUPUESTO: Deporte individual
GRUPO 2: Otras categorías
Categoría (diferenciar masculino y femenino siempre que sea posible) |
Núm. deportistas |
Importe ficha/seguro |
Total importe categoría |
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Presupuesto de gastos de otros categorías
Concepto |
Cantidad |
Seguros deportivos otros categorías |
€ |
Fichas federativas de jugadores otros categorías |
€ |
Fichas federativas de entrenadores otros categorías |
€ |
|
€ |
|
€ |
Total |
€ |
c) FICHA TÉCNICA Y PRESUPUESTO: Deporte colectivo
GRUPO 1: Hasta categoría cadete
Núm. orden |
Nombre del equipo y categoría |
Núm. deportistas |
Núm. técnicos |
1 |
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2 |
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3 |
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4 |
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5 |
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6 |
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7 |
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8 |
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9 |
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10 |
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11 |
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12 |
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13 |
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14 |
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15 |
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16 |
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17 |
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18 |
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19 |
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20 |
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Presupuesto de gastos hasta categoría cadete
Concepto |
Cantidad |
Inscripción de club |
€ |
Inscripción de equipos hasta categoría cadete |
€ |
Seguros deportivos hasta categoría cadete |
€ |
Fichas federativas de jugadores hasta categoría cadete |
€ |
Fichas federativas de entrenadores hasta categoría cadete |
€ |
Total |
€ |
d) FICHA TÉCNICA Y PRESUPUESTO: Deporte colectivo
GRUPO 2: Otras categorías
Núm. orden |
Nombre del equipo y categoría |
Núm. deportistas |
Núm. técnicos |
1 |
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2 |
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3 |
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4 |
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5 |
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6 |
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7 |
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8 |
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9 |
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10 |
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11 |
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12 |
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13 |
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14 |
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15 |
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16 |
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17 |
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18 |
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19 |
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20 |
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Presupuesto de gastos de otros categorías
Concepto |
Cantidad |
Inscripción de club |
€ |
Inscripción de equipos otros categorías |
€ |
Seguros deportivos otros categorías |
€ |
Fichas federativas de jugadores otros categorías |
€ |
Fichas federativas de entrenadores otros categorías |
€ |
Total |
€ |
ANEXO IV: DECLARACIÓN RESPONSABLE DE SOCIOS
…………………………………………………….........................……………..., con DNI ……….........................……………………, como…………………………......................…………de la entidad …………..…………...........…………………………., con CIF ……………………………………..
En relación a la solicitud presentada a la convocatoria de subvenciones ordinarias a entidades deportivas sin finalidad de lucro para el año 2020 del Ayuntamiento de Artà
DECLARO:
Que en el registro de la entidad constan un total de …………. Socios inscritos.
Que estos datos podrán ser requeridos por el Ayuntamiento en el caso que sea necesaria la verificación de los datos.
Artà, ___ de _________ de 20____
(Firma)
PROTECCIÓN DE DATOS
Responsable del tratamiento: Ayuntamiento de Artá |Finalidad: Tramitar el procedimiento de concesión de subvenciones a entidades deportivas sin ánimo de lucro.|Legitimación: Articulo 6.1 e) del RGPD, cumplimiento de una misión de interés público, Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones |Destinatarios: Solo se cederán los datos en cumplimiento de una obligación legal. No se realizan transferencias internacionales de datos |Derechos: Acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, ante el Ayuntamiento de Artá, Plaça de l'Ajuntament, 1, 07570 Artà, Illes Balears , indicando en el asunto Ref. Protección de Datos o a través de la Sede Electrónica: https://seu.arta.cat/ | Información adicional: Consultar las bases de la convocatoria y al correo del Delegado de Protección de Datos dpd@arta.cat
ANEXO V: DECLARACIÓN RESPONSABLE
………………………………………........……..............……………………..., con DNI …………..........................…………………, como…………………………….........…...............……de la entidad …………..….............…………………………………., con CIF ……………………………………..
En relación a la solicitud presentada a la convocatoria de subvenciones ordinarias a entidades deportivas sin finalidad de lucro para el año 2019 del Ayuntamiento de Artà
DECLARO:
I. Que, además de esta solicitud, la entidad (_)Sí (_)No ha solicitado u obtenido otras ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración, ente público o privado. En caso de respuesta afirmativa, hago constar los datos del organismo que los concede, el tipo de ayuda, la cuantía y la fecha:
ORGANISMO |
TIPO DE AYUDA (CONCEPTO) |
CUANTÍA SOLICITADA/CONCEDIDA |
FECHA |
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II. Que la entidad que represento no está sometida a ninguna de las prohibiciones establecidas para obtener la condición de persona beneficiaria, señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
III. Que la entidad que represento se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con las administraciones públicas y ante la Seguridad Social.
IV. Que los justificantes originales de los gastos e ingresos, cobros y pagos que se detallan están custodiados bajo nuestra responsabilidad.
V. Que los justificantes mencionados están a disposición de los órganos interno o externo de la Administración.
VI. Que me compromete a prestar toda mi colaboración, en nombre de la entidad que represento, a las actuaciones de comprobación y verificación que la Administración o sus órganos de control consideren necesarios para comprobar la veracidad o corrección de las actividades subvencionadas o de la justificación presentada.
VII. Que es cierta y completa la información que se hace constar en este anexo.
Así mismo, me comprometo a comunicar por escrito en el Ayuntamiento de Artà, en un plazo de quince días, la solicitud o la obtención de nuevas ayudas para la misma finalidad, así como cualquier variación de esta declaración.
Artà, ___ de _________ de 20____
(Firma)
PROTECCIÓN DE DATOS
Responsable del tratamiento: Ayuntamiento de Artá |Finalidad: Tramitar el procedimiento de concesión de subvenciones a entidades deportivas sin ánimo de lucro.|Legitimación: Articulo 6.1 e) del RGPD, cumplimiento de una misión de interés público, Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones |Destinatarios: Solo se cederán los datos en cumplimiento de una obligación legal. No se realizan transferencias internacionales de datos |Derechos: Acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, ante el Ayuntamiento de Artá, Plaça de l'Ajuntament, 1, 07570 Artà, Illes Balears , indicando en el asunto Ref. Protección de Datos o a través de la Sede Electrónica: https://seu.arta.cat/ | Información adicional: Consultar las bases de la convocatoria y al correo del Delegado de Protección de Datos dpd@arta.cat
ANEXO VI: DECLARACIÓN RESPONSABLE UTILIZACIÓN DEL CATALÁN COMO IDIOMA PREFERENTE
……………………………………………………………........……..., con DNI ……............................................………………………, como…………………………………...........................…de la entidad …………..………………................……………………., con CIF ……………………………………......
En relación a la solicitud presentada a la convocatoria de subvenciones ordinarias a entidades deportivas sin finalidad de lucro para el año 2019 del Ayuntamiento de Artà,
DECLARO:
I. Que la entidad que represento, utilizará el catalán como idioma preferente en la presentación, el desarrollo, la difusión y la publicidad de los proyectos que realice.
_________, ___ de _________ de 20____
(Firma)
PROTECCIÓN DE DATOS
Responsable del tratamiento: Ayuntamiento de Artá |Finalidad: Tramitar el procedimiento de concesión de subvenciones a entidades deportivas sin ánimo de lucro.|Legitimación: Articulo 6.1 e) del RGPD, cumplimiento de una misión de interés público, Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones |Destinatarios: Solo se cederán los datos en cumplimiento de una obligación legal. No se realizan transferencias internacionales de datos |Derechos: Acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, ante el Ayuntamiento de Artá, Plaça de l'Ajuntament, 1, 07570 Artà, Illes Balears , indicando en el asunto Ref. Protección de Datos o a través de la Sede Electrónica: https://seu.arta.cat/ | Información adicional: Consultar las bases de la convocatoria y al correo del Delegado de Protección de Datos dpd@arta.cat
RELACIÓN DE LOS JUSTIFICANTES IMPUTADOS A La ACTIVIDAD (ANEXO VII) *
Gastos federativos |
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Orden |
Concepto |
Importe |
1 |
|
|
2 |
|
|
3 |
|
|
4 |
|
|
5 |
|
|
6 |
|
|
7 |
|
|
8 |
|
|
9 |
|
|
10 |
|
|
11 |
|
|
12 |
|
|
13 |
|
|
14 |
|
|
15 |
|
|
16 |
|
|
17 |
|
|
Total |
|
|
Gastos de material y equipamiento |
||
Orden |
Concepto |
Importe |
1 |
|
|
2 |
|
|
3 |
|
|
4 |
|
|
5 |
|
|
Total |
|
* Adjunten copia de los documentos justificativos de los gastos imputados. Si necesita más espacio puede rellenar otra hoja.
_________, ___ de _________ de 20______
(Firma)”
Los reunidos acuerdan, por unanimidad:
1. Aprobar las bases y los formularios que tienen que regir la convocatoria de subvenciones ordinarias a entidades deportivas sin finalidad de lucro para el año 2020.
2. Ordenar su publicación en el BOIB, de acuerdo con el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.>>
Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el órgano que lo dictó, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
No obstante lo anterior, se puede interponer, en su caso, cualquier otro recurso que estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa y el artículo 40 de la Ley 39/2015 del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Asimismo, se puede interponer reclamación ante la Comisión prevista en el Decreto 24/2016 de 29 de abril, de creación y de atribuciones de competencias a la Comisión para la resolución de las reclamaciones en materia de acceso a la información pública (BOIB Núm. 054 de 30 / abril / 2016) en el plazo de un mes contado desde el día siguiente que se haya notificado, de acuerdo con el artículo 24 y la disposición adicional cuarta de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
Se exponen al público en cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
En caso de discrepancia con la versión catalana y la versión castellana prevalece la versión catalana.
Artà, 29 de octubre de 2020
El alcalde
Manuel Galán Massanet