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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE ESPORLES

Núm. 10428
Extracto de la convocatoria de subvenciones en materia de deportes del Ayuntamiento de Esporles

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El decreto de alcaldía de fecha 22 de octubre del 2020 aprobó la convocatoria de subvenciones en materia de deportes para el año 2020, por el procedimiento de concurrencia competitiva.

De conformidad con el previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, el texto completo de la cual puede consultarse a la página web del Ayuntamiento de Esporles (www.esporles.cat)

1. Finalidad y objeto de la convocatoria

El Ayuntamiento de Esporles, mediante la Concejalía de participación ciudadana, pretende apoyar a los clubes deportivos de Esporles con el fin de fomentar la práctica del deporte, impulsar hábitos de vida saludable y acercar el deporte en la población de Esporles, especialmente a los y las menores en edad escolar.

A tal efecto, se establecen dos líneas de subvenciones con un objetivo diferenciado:

Línea 1: El objeto de esta línea de subvenciones es el desarrollo de la actividad deportiva por parte de los clubes deportivos de Esporles.

Línea 2: El objeto de esta línea de subvenciones es cubrir los gastos para prevenir la propagación de la COVID19 en los clubes deportivos de Esporles.

Las dos líneas no son excluyentes una de la otra, por lo tanto, las entidades beneficiarías pueden solicitar subvención para las dos líneas conjuntamente.

2. Crédito presupuestario

El crédito presupuestario disponible a la subvención será de 10.000€, con cargo a la partida 334.41000 del presupuesto del Ayuntamiento de Esporles para el 2020.

3. Plazo y lugar de presentación de solicitudes

El plazo para presentar las solicitudes es de 15 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de esta convocatoria en el BOIB. Si el último día es sábado o inhábil, se entiende como prorrogado hasta el primer día hábil siguiente. Las instancias se tienen que dirigir al Registro del Ayuntamiento de Esporles y junto con la solicitud se tiene que presentar la documentación detallada en las bases de la convocatoria.

4. Entidades beneficiarías y requisitos

Pueden ser beneficiarias de las subvenciones que prevé esta convocatoria las entidades deportivas debidamente inscritas al Registro de entidades del Ayuntamiento de Esporles y al Registro de Entidades deportivas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. Las entidades de cultura, ocio y/o de tiempo libre no se podrán adherir a estas subvenciones puesto que tienen su propia línea de subvenciones.

No pueden beneficiarse de ninguna subvención las personas, las entidades o las agrupaciones que incurran en cualquier de las prohibiciones que establece el artículo 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones; el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de hombres y mujeres, ni las que hayan sido sancionadas mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener una subvención, de acuerdo con la Ley 8/2016, de 30 de mayo, para garantizar los derechos de lesbianas, gays, trans, bisexuales e intersexuales y para erradicar el LGTBI-fobia, o cualquier otra aplicable.

 

​​​​​​​5. Documentación para entregar

Las solicitudes se tienen que formalizar mediante los modelos anejas a esta convocatoria y se presentarán en el Registro de entrada del Ayuntamiento o por cualquier de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Se tiene que entregar la documentación siguiente:

1. Modelo de solicitud (anexo 1), uno para cada línea de subvención.

2. Proyecto de actividades o actuaciones para las cuales se solicita la ayuda económica (anexo 2), uno para cada línea de subvención.

3. Declaraciones juradas (anexo 3).

 

Esporles, 28 de octubre de 2020

La alcaldesa Maria Ramon Salas