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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE COSTITX

Núm. 10418
Anuncio oferta pública correspondiente al ejercicio 2020

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Sr. Alcalde, en fecha 28 de octubre de 2020, ha dictado la siguiente:

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

Dado que se considera imprescindible la aprobación de la Oferta de Empleo Público de 2020 vistas las necesidad de cobertura de diferentes puestos de trabajo.

De conformidad con lo previsto en el artículo 91.1 de la Ley 7/1985, de 2 abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local las Entidades Locales, las corporaciones locales formarán públicamente su oferta de empleo, ajustándose a los criterios fijados en la normativa básica estatal.

Considerando que la Oferta de Empleo Público debe desarrollarse en el plazo improrrogable de tres años.

En parecidos términos se pronuncia el artículo 47 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, al determinar que serán objeto de Oferta de Empleo Público anual el conjunto de plazas vacantes de personal funcionario y de personal laboral, con dotación presupuestaria, la cobertura de la que resulta necesaria y no es posible con el personal existente.

La Oferta de Empleo Público debe indicar el cuerpo, la escala y la especialidad o el nivel y la categoría profesional a la que correspondan las plazas vacantes y se publicará en el Boletín Oficial de les Illes Balears.

Considerando que la propuesta cumple las limitaciones impuestas por la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, respecto a las ofertas de empleo público.

Considerando que la aprobación de la Oferta de Empleo Público corresponde al Alcalde en virtud de lo previsto en el artículo 22.1.g) yh) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local .

A la vista de todo lo expuesto,

PRIMERO: Aprobar la siguiente Oferta de Empleo Público para el presente ejercicio en los términos que a continuación se establecen:

Dentro de las limitaciones derivadas de la tasa de reposición de efectivos establecidas en el apartado Uno.2 del artículo 19 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de presupuestos generales del Estado para 2018 incluyen en la presente oferta aquellas plazas reservadas a funcionarización de personal laboral que desarrolla funciones o puestos clasificados como propios de personal funcionario, al amparo de la disposición transitoria segunda las Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, mediante el se aprueba el texto refundido de la ley del estatuto básico del empleado público. Todo ello de conformidad con la siguiente cuantificación:

PERSONAL FUNCIONARIO

Grup/Subgrup de clasificación profesional

Escala

Subescala

Places

Forma de acceso

C2

Adm. General

Auxiliar

1

Promoción interna

C2

Adm. Especial

Auxiliar Biblioteca

1

Promoción interna

SEGUNDO.- Publicar la Oferta de Empleo Público en la web de este Ayuntamiento, en su tablón de anuncios y en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB), para general conocimiento y interposición de los recursos que, en su caso, los interesados ​​consideren oportuno.

Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiendo a los interesados ​​que contra esta Resolución podrán interponer recurso potestativo de reposición ante esta Alcaldía, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación "

También pueden interponer alternativamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con sede en Palma, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo establecido en los artículos 30, 114-c) y 112.3 de la Ley 39/2015. de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y 8, 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.

En caso de optar por la interposición del recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso -administrativo hasta que se haya notificado la resolución expresa del recurso de reposición o haya transcurrido un mes desde su interposición sin haber recibido la notificación, fecha en que se puede entender desestimada por silencio administrativo.

 

Costitx, 28 de octubre de 2020

El alcalde ​​​​​​​Antoni Salas Roca