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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA

Núm. 10432
Aprobación definitiva de la modificación presupuestaria 29/2020, por crédito extraordinario financiado con bajas de otras partidas, aprobada inicialmente por el Ayuntamiento Pleno en la sesión de dia 1 de Octubre de 2020, que amb baixes d’altres partides, aprovada inicialment per l’Ajuntament en Ple en la sessió del dia 1 d’octubre de 2020, que se convierte en definitiva al no haber sido formulada ninguna reclamación contra el acuerdo de aprobación inicial

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Texto

Finalizado el plazo de expoisición al público de la modificación presupuestaria 29/2020, por crédito extraordinario financiado con bajas de otras partidas, aparobada inicialmente por el Ayuntamiento en Pleno en la sesión del dia 1 de octubre de 2020, y no habiendo sido formulada ninguna reclamación contra el acuerdo de aprobación inicial, éste se convierte en definitivo, y, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se publica a continuación la modificación realizada a nivel de aplicación presupuestaria:

Crédito extraordinario

Aplicaciones incrementadas en el presupuesto de gastos:

PARTIDA

DESCRIPCION

CRÉDITO ACTUAL

AUMENTO

CRÉDITO DEFINITIVO

FI 4312 489017

SUBVENCIONES CUPONES DE CONSUMO COMERCIOS

0,00

20.000,00

20.000,00

 

 

 

20.000,00

 

Aplicaciones disminuidas en el presupuesto de gastos:

PARTIDA

DESCRIPCION

CRÉDITO ACTUAL

DISMUNICIÓN

CRÉDITO DEFINITIVO

FI 4311 226090

SA FIRA

102.500,00

20.000,00

82.500,00

 

 

 

20.000,00

 

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo que se dispone en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de esta Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de este recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

   

Alcudia, 27 de octubre de 2020

La alcaldesa

Bàrbara Rebassa Bisbal