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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES

Núm. 10359
Extracto de la Resolución de Presidente del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales de 23 de octubre de 2020, por la que se aprueba la convocatoria pública de ayudas económicas individuales para personas mayores del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales por los años 2019 y 2020

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS (Identif.) 529933

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.bi 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, el texto completo de la cual se puede consultar en la base de datos Nacional de subvenciones

Primero. Objeto y Finalidad

Las ayudas económicas individuales de esta convocatoria van dirigidas a la atención de los problemas específicos de personas mayores nacidas antes del año 1956 (65 años) con el fin de mejorar la calidad de vida y, en general, a la promoción de su bienestar social. La finalidad de esta convocatoria es la financiación de aquellos aparatos que permiten lograr la recuperación física, psíquica o sensorial de las personas mayores de 65 años, así como suplir o complementar sus limitaciones y carencias funcionales, facilitando el desarrollo de la vida diaria aumentando su calidad de vida y el bienestar social.

Segundo. beneficiarios

Podrán ser beneficiarias de las ayudas reguladas en esta convocatoria las personas mayores que reúnen los requisitos generales:

Personas nacidas antes del año 1956 (65 años)

Que estén empadronadas en Mallorca con una antigüedad mínima de 2 años.

No encontrarse sometida a ninguno de los supuestos de prohibición para ser beneficiario de subvenciones establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

Tercero. bases reguladoras

Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca (BOIB núm. 21, de 18 de febrero de 2017).

Modificada por Acuerdo de Pleno del Consejo de Mallorca de fecha 14 de junio de 2018 (BOIB núm. 96 de 4 de agosto de 2018).

Cuarto. cuantía

El importe máximo que se destina a esta convocatoria es de quinientos cincuenta mil euros (550.000,00 €), del presupuesto de gastos del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS) de la anualidad 2020 con cargo a las partidas presupuestarias 10.23129.78901 y 10.23129.78981

Quinto. Plazo para presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de las solicitudes es de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. De acuerdo con lo establecido en artículo 30.2 de la Ley 39/2015 de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se excluyen del cómputo los sábados, los domingos y los declarados festivos.

Sexto. Otros datos de interés

MODALIDADES DE LAS AYUDAS

Ayudas técnicas.

Son aquellos instrumentos, utensilios, dispositivos y / o equipos de diferentes grados de complejidad que facilitan la relación y la autonomía, aumentando así la calidad de vida y el bienestar. Las ayudas que incluye son las siguientes:

a) Prótesis y ortesis.

Se entiende por prótesis aquellos productos sanitarios que requieren una adaptación personalizada y dirigidos a sustituir un órgano o parte de la persona (audífonos, dentales ...). Las ortesis son aquellos productos sanitarios de uso externo y no implantables dirigidos a modificar las condiciones estructurales o funcionales del sistema neuromuscular, sensorial o del esqueleto (gafas, plantillas, fajas lumbares ...).

b) Ayudas de movilidad y comunicación.

Tienen como finalidad suplir o complementar las limitaciones y / o carencias funcionales (adquisición o adaptación de vehículo, cama hospitalaria, colchón antiescaras, grúa, arnés, silla de ducha ...).

Las personas solicitantes de ayudas técnicas no pueden haber recibido subvenciones por el mismo concepto en la convocatoria anterior, excepción hecha de las prótesis dentales, tratamientos buco-dentales, gafas y audífonos que se pueden solicitar dos convocatorias seguidas. Tampoco pueden solicitar ayudas incluidas en el catálogo general del material ortoprotésico vigente para 2020 del Sistema Nacional de Salud, exceptuando: silla de ruedas, andador, silla de ruedas fijo para inodoro / wc, audífonos, material coclear, plantillas, zapatos ortopédicos , faja especial, fajas lumbares, cojines anti-escaras.

El modelo normalizado de solicitud y la documentación que se debe acompañar se encuentra disponible, igualmente, en la web del IMAS (www.imasmallorca.net)

 

Palma, 23 de octubre 2020

El presidente del IMAS Javier de Juan Martín