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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 10339
Notificación de Resolución de modificación de concesión con respecto a la financiación y las anualidades a los beneficiarios de las ayudas concedidas y no pagadas, R3 de fecha 19 de octubre de 2020,al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de setiembre de 2015 por la que se convocan subvenciones para la Creación de empresas de Jóvenes agricultores, para los años 2015 a 2019

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Texto

El apartado 9.3. de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de setiembre de 2015 por la que se convocan, subvenciones para la Creación de empresas de Jóvenes agricultores, correspondientes a los años 2015-2019,  especifica que la resolución expresa se notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA, con fecha 19 de octubre de 2020, firmó la siguiente resolución,

“INFORME / PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DE MODIFICACIÓN DE LAS RESOLUCIONES DE CONCESIÓN CON RESPECTO A LA FINANCIACIÓN YA LAS ANUALIDADES DE AYUDAS CONCEDIDAS Y NO PAGADAS, AL AMPARO DE LA RESOLUCIÓN DEL PRESIDENTE DEL FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ISLAS BALEARES, DE 10 DE SEPTIEMBRE DE 2015, POR LA QUE SE CONVOCAN, PARA LOS AÑOS 2015 A 2019, SUBVENCIONES PARA LA CREACIÓN DE EMPRESAS DE JÓVENES AGRICULTORES R3

Antecedentes

1.El 15 de septiembre de 2015, se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) núm. 136, la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 10 de septiembre de 2015, por la que se convocan subvenciones para la creación de empresas de jóvenes agricultores, para los años 2015- 2019. Esta Resolución fue modificada por la Resolución del Presidente del FOGAIBA de 26 de abril de 2016 (BOIB núm. 54, de 30 de abril).

2. La resolución de concesión que se modifica es la Resolución de concesión del vicepresidente del FOGAIBA, de 9 de octubre de 2018 (R3), publicada en el BOIB núm. 133, de 25 de octubre de 2018.

3. Dado que hay remanente de la anualidad 2018 y se han solicitado los pagos de los expedientes financiados con años posteriores a 2020 y que constan en el anexo de esta resolución, se propone modificar la anualidad de financiación de los expedientes relacionados, así como modificar la financiación previstos inicialmente.

Fundamentos  de derecho

-Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de septiembre de 2015 por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para la creación de empresas de jóvenes agricultores.

-Orden del consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.

-Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Propuesta de Resolución

Por todo ello, se informa favorablemente y propongo al vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA que dicte una resolución en los siguientes términos

1.Modificar las resoluciones de concesión de las ayudas para la creación de empresas de jóvenes agricultores para los años 2015-2019, con respecto a la financiación y las anualidades inicialmente previstas, que se relacionan en el anexo de esta resolución.

2. Disponer que los porcentajes de cofinanciación conforme al PDR 2014 hasta 2020 serán los siguientes: 80% por el FEADER, en un 6% por la AGE y en un 14% por la CAIB.

3. Notificar esta resolución a los beneficiarios mediante la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, y los artículos 121 y 122, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Palma, 7 de octubre de 2020

La jefe de la Sección XVI

Lidia Álvarez Álvarez

El jefe del Servicio de Ajudas al Desarrollo Rural

Isidre Cañellas Simonet

Conforme con la propuesta,  dicto resolución

Palma, 19 de octubre de 2020

El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA

Gabriel Torrens Llabrés "

 

ANEXO. MODIFICACIÓN DE LAS CONCESIONES EN CUANTO A LAS ANUALIDADES Y LA FINANCIACIÓN DE ALGUNAS DE LAS AYUDAS CONCEDIDAS AL AMPARO DE LA RESOLUCIÓN DEL PRESIDENTE DEL FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ISLAS BALEARES (FOGAIBA) DE 10 DE SEPTIEMBRE DE 2015, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA LA CREACIÓN DE EMPRESAS DE JÓVENES AGRICULTORES

RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN DEL VICEPRESIDENTE DEL FOGAIBA DE 9 DE OCTUBRE DE 2018 (R3), PUBLICADA EL BOIB Nº. 133, DE 25 DE OCTUBRE DE 2018

 

Financiamiento  inicial

Nuevo cofinanciamiento

Nombre

NIF

Núm. expediente

Prima

% Ay.

Importe concedido

CAIB 100%

Plazo ejecución

Anualidades iniciales

Importe concedido

Importe tramos

CAIB 100%

FEADER 80%

AGE 6%

CAIB 14 %

Anualidades finales

Nara Ponziano Díaz

***2168**

CEJA2017_1/063

27.500,00

100

27.500,00

27.500,00

9 mesos

2022

27.500,00

27.500,00

0,00

22.000,00

1.650,00

3.850,00

2018

Jaime Tur Camacho

***5174**

CEJA2017_1/091

25.000,00

100

25.000,00

25.000,00

9 mesos

2023

25.000,00

25.000,00

0,00

20.000,00

1.500,00

3.500,00

2018

Francisco Tur Camacho

 

***5443**

 

CEJA2017_1/090

 

25.000,00

 

100

 

25.000,00

 

1.314,56

9 mesos

 

2022

25.000,00

 

1.314,56

0,00

1.051,65

78,87

184,04

2018

23.685,44

2023

23.685,44

23.685,44

0,00

0,00

0,00

2023

 

Palma, 26 de octubre de 2020

El director gerente del FOGAIBA ​​​​​​​Mateu Morro Marcé