Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE ARTÀ
Núm. 10310
Aprobación definitiva MC 14_2020
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición pública, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de 28 de septiembre de 2020, de aprobación inicial de la modificación de crédito 14/2020, de suplemento de crédito financiado con cargo al remanente de tesorería para gastos generales del ejercicio anterior, tal y como sigue a continuación:
Suplemento en aplicaciones de gastos
Aplicación |
Descripción |
Suplemento de crédito |
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Progr. |
Económica |
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0111 |
35900 |
Intereses i comisiones |
3.000,00 |
0111 |
91301 |
Amortización préstamo Reconversión deuda BBVA |
238.935,26 |
0111 |
91306 |
Amortización préstamo Plan ajuste BBVA |
1.191.685,58 |
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TOTAL |
1.433.620,84 |
Esta modificación se financia con cargo al remanente de tesorería para gestos generales del ejercicio anterior, en los siguientes términos:
Suplemento en Concepto de Ingresos
Aplicación |
Descripción |
Suplemento |
87000 |
Remanente de tesorería para gastos generales |
1.433.620,84 |
Total |
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1.433.620,84 |
Contra este acuerdo, en virtud de lo que dispone el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de esta jurisdicción.
Sin perjuicio de lo anterior, según lo fijado en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de este recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Artà, 26 de octubre de 2020
El alcalde Manuel Galán Massanet