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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO

Núm. 10295
Emplazamiento a las personas interesadas en el recurso contencioso administrativo DF 529/2020 del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares interpuesto contra la Resolución de la consejera de Salud y Consumo de 9 de septiembre de 2020 por la que se adoptan medidas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención de la COVID-19 en el núcleo de población correspondiente a la zona básica de salud de Son Gotleu

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Texto

​​De conformidad con el oficio de la Sala Contencioso-Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares se tiene por interpuesto por el señor Carlos Khali Delagado Moujahid recurso contencioso administrativo (DF 529/2020) contra la Resolución de la consejera de Salud y Consumo de 9 de septiembre de 2020 por la que se adoptan medidas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención de la COVID-19 en el núcleo de población correspondiente a la zona básica de salud de Son Gotleu formado por las calles comprendidas en el interior del perímetro definido por las calles vía de cintura (Ma-20), calle Manacor, calle Reis Catòlics, plaza Miquel Dolç, calle Aragó hasta la vía de cintura (Ma-20), con exclusión de las calles que conforman el perímetro, en el municipio de Palma

En consecuencia, y en cumplimiento del artículo 116 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, se emplaza a las personas interesadas en el expediente contencioso administrativo para que puedan personarse como demandadas ante la Sala Contencioso-Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de cinco días, a contar desde el día siguiente de la presente publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Los interesados deberán comparecer, en legal forma, mediante procurador con poder al efecto y firma de letrado. Asimismo, se advierte de que en caso de personarse fuera del plazo indicado se les tendrá como parte, sin que por ello tenga que retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento, y en caso de no personarse oportunamente continuará el procedimiento en todos sus trámites, sin que dé lugar a la práctica de notificación alguna.

 

Palma, 22 de octubre de 2020

El director general de Prestacions i Farmàcia

Atanasio García Pineda

(Por suplencia de la secretaria general  BOIB núm. 94 de 11/07/2019)​​​​​​​