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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MODELO ECONÓMICO, TURISMO Y TRABAJO

Núm. 10285
Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, de 10 de julio de 2020, por la cual se conceden ayudas para reiniciar o continuar la actividad por cuenta propia y consolidar el proyecto de autoempleo, de las personas físicas autónomas afectadas directamente por la COVID-19 , se autoriza y dispone el gasto, se reconoce la obligación y se propone el pago

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Texto

Hechos

1.Por Orden del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de 10 de julio de 2020, se han aprobado las bases reguladoras y la convocatoria extraordinaria de ayudas para reiniciar o continuar la actividad por cuenta propia y consolidar el proyecto de autoempleo, de las personas físicas autónomas afectadas directamente por la COVID-19 (BOIB n.º 122, de 11 de julio).

2.Dentro del plazo establecido a la Orden mencionada en el párrafo 1, han tenido entrada a la Dirección General de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular de forma telemática la solicitud y la documentación prevista en la convocatoria por parte de los autónomos a que hace referencia el anexo.

3.La Dirección General de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular, órgano instructor del procedimiento, ha examinado las solicitudes y ha comprobado que las personas que constan en el anexo cumplen los requisitos establecidos a la convocatoria, así como también que se encuentran al corriente de pagos en la Seguridad Social, con la Agencia Tributaria Autonómica, con la Agencia Tributaria Estatal y con la entidad local del domicilio fiscal, de acuerdo con la declaración responsable de cada una de las personas solicitantes.

4.El artículo 7.7 de la Orden mencionada en el párrafo 1, indica que la notificación a los interesados se hará mediante la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

5.Hay crédito adecuado y suficiente para hacer efectiva esta subvención, en las partidas presupuestarías 12801.413G01.47000.00 FF 20021 y 12801.413G01.47000.00 FF 20121, de los presupuestos de la comunidad autónoma de las Islas Baleares para el año 2020.

Fundamentos de derecho

1. El Real Decreto 99/1996, de 26 de enero, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de cooperativas, calificación y registro de sociedades anónimas laborales y programas de apoyo a la ocupación (BOE n.º 52, de 29 de febrero) y el Decreto 32/1996, de 7 de marzo (BOIB n.º 35, de 19 de marzo), por medio del cual la CAIB las asumió.

2. El Real decreto legislativo 3/2015, de 23 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de Ocupación.

3. El Texto Refundido de la ley de subvenciones, aprobado por Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.

4. El Decreto Ley 8/2020, de 13 de mayo, de medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la actividad económica y la simplificación administrativa en el ámbito de las administraciones públicas de las Islas Baleares para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19

5. Orden del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de día 10 de julio de 2020 por la cual se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria extraordinaria de ayudas para reiniciar o continuar la actividad por cuenta propia y consolidar el proyecto de autoempleo, de las personas físicas autónomas afectadas directamente por la COVID-19 (BOIB n.º 122, de 11 de julio).

6. La competencia para resolver la concesión de estas subvenciones corresponde al consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de acuerdo con el artículo 7.2 de la Orden mencionada por la cual se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria, en relación con el artículo 2.4 del Decreto 12/2019, de 3 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB n.º 106, de 2 de agosto).

7. De acuerdo con el artículo 11 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares (BOIB n.º 44, de 3 de abril) y los artículos 10.1.b y 11.1 de la Ley 19/2019, de 30 de diciembre, de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Islas Baleares para el año 2020 (BOIB n.º 175, de día 31 de diciembre), el órgano competente para autorizar y disponer el gasto así como para reconocer las obligaciones económicas y proponer el pago es el titular de la sección presupuestaria respectiva.

Además los beneficiarios tienen que informar a la Dirección General de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular de cualquier alteración de las condiciones que se hayan tenido en cuenta para conceder la subvención.

Resolución

1.Conceder ayudas para mantener la actividad por cuenta propia y consolidar el proyecto de autoempleo, de los autónomos afectados directamente por la COVID-19 a las personas relacionadas al Anexo que se adjunta a esta resolución, por las cuantías individuales que este Anexo dispone.

2.Autorizar y disponer un gasto global de 146.500,00 € a favor de las personas relacionadas al Anexo que se adjunta a esta resolución por las cuantías individuales que este Anexo dispone con cargo a las partidas 12801.413G01.47000.00 FF 20021 y 12801.413G01.47000.00 FF 20121 de los presupuestos de la comunidad autónoma de las Islas Baleares para el año 2020, según la distribución que se muestra en la tabla siguiente:

Partida

Importe (euros)

12801.413G01.47000.00 FF 20021

26.992,00

12801.413G01.47000.00 FF 20121

119.508,00

Total

146.500,00

3.Reconocer la obligación y proponer el pago global de 146.500,00 € a favor de las personas relacionadas en el Anexo que se adjunta a esta resolución , por las cuantías individuales que este Anexo dispone, con cargo a las partidas 12801.413G01.47000.00 FF 20021 y 12801.413G01.47000.00 FF 20121 de los presupuestos de la comunidad autónoma de las Islas Baleares para el año 2020, según la distribución que se ha mostrado a la tabla anterior .

4.Comunicar a los beneficiarios que las ayudas que establece esta Resolución están sometidas en el régimen de Marc nacional Temporal relativo a las medidas de ayuda a autónomos consistentes en ayudas directas destinadas a apoyar la economía en el contexto del actual brote de COVID-19 de la Comisión Europea.

5.Comunicar a las personas beneficiarias que tendrán que cumplir las obligaciones establecidas en el artículo 9.1 de la Orden del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de 10 de julio de 2020, por la cual se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria extraordinaria de ayudas para reiniciar o continuar la actividad por cuenta propia y consolidar el proyecto de autoempleo, de las personas físicas autónomas afectadas directamente por la COVID-19.

6.Comunicar a los beneficiarios que tienen que informar a la Dirección General de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular de cualquier alteración de las condiciones que se hayan tenido en cuenta para conceder la subvención.

7.Así mismo, comunicar a los beneficiarios que los incumplimientos darán lugar al reintegro de las subvenciones percibidas en el términos previstos en el artículo 9.2 de la Orden del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de 10 de julio de 2020 mencionada en el párrafo anterior y de acuerdo con lo establecido en los artículos 44 y 45 del Texto refundido de la Ley de subvenciones de las Islas Baleares y el resto de normativa aplicable.

8.Notificar a las personas beneficiarias esta Resolución, mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta resolución –que agota la vía administrativa– se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con el que disponen el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración autonómica de las Islas Baleares y el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses desde el día siguiente de haber recibido la notificación o publicación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, 26 de octubre de 2020

El director general de Promoció Econòmica, Emprenedoria i Economia Social i Circular

Manuel Porras Romero

(Por delegación del consejero de Modelo económico, Turismo y Trabajo BOIB núm.97 de 2019 )

 

ANEXO

Con cargo a la partida 12801.413G01.47000.00 FF 20021, se autoriza y dispone el gasto de los siguientes expedientes:

Núm. expedient

Núm. de registre

NIF del beneficiari

Import de l'ajuda

[AUT 3334/2020]

L99E104674/2020

45492189Y

2500,00

[AUT 3317/2020]

L99E104716/2020

41450281A

2000,00

[AUT 2630/2020]

L99E103902/2020

49414696R

2500,00

[AUT 2204/2020]

L99E103379/2020

41438690G

2500,00

[AUT 1921/2020]

L99E102598/2020

50054694R

2000,00

[AUT 1743/2020]

L99E102288/2020

46959083Y

2000,00

[AUT 1692/2020]

L99E102199/2020

41732979P

2500,00

[AUT 1681/2020]

L99E102178/2020

41733295W

2000,00

[AUT 1658/2020]

L99E102084/2020

46953986S

2000,00

[AUT 1626/2020]

L99E102020/2020

46951325E

2000,00

[AUT 1533/2020]

L99E101772/2020

X5457550H

2000,00

Con cargo a la partida 12801.413G01.47000.00 FF 20121, se autoriza y dispone el gasto de los siguientes expedientes:

Núm. expedient

Núm. de registre

NIF del beneficiari

Import de l'ajuda

[AUT 4631/2020]

L99E106218/2020

44326027J

2500,00

[AUT 3697/2020]

L99E105666/2020

26222055P

2000,00

[AUT 3597/2020]

L99E105277/2020

74599506H

2000,00

[AUT 3508/2020]

L99E105470/2020

43097528J

2000,00

[AUT 3471/2020]

L99E104946/2020

43080458D

3000,00

[AUT 3460/2020]

L99E104974/2020

43194930X

2500,00

[AUT 3387/2020]

L99E105125/2020

Y5466855E

2000,00

[AUT 3340/2020]

L99E105250/2020

43156307G

2000,00

[AUT 3339/2020]

L99E105251/2020

42989333X

2000,00

[AUT 3053/2020]

L99E104311/2020

34772938C

2000,00

[AUT 3033/2020]

L99E104295/2020

43029337V

2000,00

[AUT 3017/2020]

L99E104245/2020

18236994H

2000,00

[AUT 3013/2020]

L99E104204/2020

X1942614B

2000,00

[AUT 2958/2020]

L99E104131/2020

14259416Z

2500,00

[AUT 2759/2020]

L99E103960/2020

X3164756W

2500,00

[AUT 2384/2020]

L99E103657/2020

41540392T

2500,00

[AUT 2316/2020]

L99E103555/2020

43160923C

2000,00

[AUT 2260/2020]

L99E103266/2020

43072196G

2000,00

[AUT 2213/2020]

L99E103353/2020

X7703703Z

2000,00

[AUT 2210/2020]

L99E103365/2020

43108302T

2500,00

[AUT 2172/2020]

L99E103453/2020

43122231Z

3000,00

[AUT 2088/2020]

L99E103040/2020

18220733H

2500,00

[AUT 2087/2020]

L99E103042/2020

43014950M

2000,00

[AUT 2052/2020]

L99E103121/2020

Y2276033J

2000,00

[AUT 2008/2020]

L99E102705/2020

18225121J

2000,00

[AUT 1985/2020]

L99E102767/2020

49483640Z

2000,00

[AUT 1949/2020]

L99E102839/2020

X1810025V

2000,00

[AUT 1924/2020]

L99E102591/2020

78733936Z

2500,00

[AUT 1891/2020]

L99E102667/2020

43106072R

3000,00

[AUT 1837/2020]

L99E102464/2020

50603347N

2000,00

[AUT 1766/2020]

L99E102324/2020

43228083C

2000,00

[AUT 1700/2020]

L99E102211/2020

X3287423X

2000,00

[AUT 1674/2020]

L99E102164/2020

X6642978A

2000,00

[AUT 1659/2020]

L99E102090/2020

43135112S

2000,00

[AUT 1655/2020]

L99E102078/2020

43041757V

2000,00

[AUT 1624/2020]

L99E102019/2020

43142659H

2000,00

[AUT 1579/2020]

L99E101917/2020

X1238584B

2000,00

[AUT 1573/2020]

L99E101894/2020

43120988J

2500,00

[AUT 1561/2020]

L99E101864/2020

42973666Y

2000,00

[AUT 1552/2020]

L99E101830/2020

X1052606B

2000,00

[AUT 1535/2020]

L99E101783/2020

43185604E

2500,00

[AUT 1531/2020]

L99E101765/2020

43146829W

2000,00

[AUT 1483/2020]

L99E101628/2020

43082850D

2500,00

[AUT 1461/2020]

L99E101578/2020

78197419H

2000,00

[AUT 1411/2020]

L99E101476/2020

43116335Y

2000,00

[AUT 1322/2020]

L99E101297/2020

43048572R

2000,00

[AUT 1319/2020]

L99E101303/2020

42973927Z

2000,00

[AUT 1293/2020]

L99E101251/2020

43106452J

2000,00

[AUT 1273/2020]

L99E101141/2020

43029864S

2000,00

[AUT 1271/2020]

L99E101149/2020

41520904Q

2000,00

[AUT 1187/2020]

L99E100971/2020

X6051178Q

2000,00

[AUT 1155/2020]

L99E100897/2020

78214871J

2000,00

[AUT 1064/2020]

L99E100710/2020

43031549K

3000,00

[AUT 1042/2020]

L99E100659/2020

43097533H

2000,00

Con cargo a las partidas 12801.413G01.47000.00 FF 20021 y 12801.413G01.47000.00 FF 20121, se autoriza y dispone el gasto de los siguientes expedientes:

Núm. expedient

Núm. de registre

NIF del beneficiari

Import total de l'ajuda

AUT 3591/2020

L99E105289/2020

43150151N

3.000,00

Partida

Import

Partida

Import

12801.413G01.47000.00 FF 20021

1.852,00

12801.413G01.47000.00 FF 20121

1.148,00

 

Núm. expedient

Núm. de registre

NIF del beneficiari

Import total de l'ajuda

AUT 2038/2020

L99E103156/2020

X3377437W

2.000,00

Partida

Import

Partida

Import

12801.413G01.47000.00 FF 20021

1.140,00

12801.413G01.47000.00 FF 20121

860,00