Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y RELACIONES EXTERIORES
Núm. 10261
Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 22 de octubre de 2020 por la cual se modifica el anexo en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, aprobado mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018
Hechos
1. Mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018 (BOIB núm. 31, de 10 de marzo) se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020.
2. El carácter estimativo de las cuantías que se prevén en el Plan Estratégico y el tiempo transcurrido desde que se aprobaron, hace necesario ajustar las previsiones contenidas en el anexo, en este caso mediante la modificación de las convocatorias quinta y sexta previstas en la línea 1 (Lucha contra la pobreza) del objetivo III (Lucha contra las desigualdades), gestionadas por la Dirección General de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa de la Consejería de Educación, Universidad e Investigación.
La modificación afecta a la distribución de las anualidades y al coste total (8.000.000 de euros) de las mencionadas ayudas. El hecho es que el estado de alarma decretado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, ha afectado a la tramitación y presupuesto de estas convocatorias, que debían publicarse a principios de 2020. Dada esta situación, se prevé publicar la Resolución de estas convocatorias a finales del 2020, lo que hace imprescindible modificar el Plan Estratégico de Subvenciones.
3. En el apartado 3 del mencionado Acuerdo de Consejo de Gobierno se delega la aprobación y las eventuales modificaciones del anexo en el Plan Estratégico de Subvenciones en la persona titular de la consejería competente en materia de hacienda, de acuerdo con el artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Corresponde, por lo tanto, a la persona titular de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores la aprobación y/o modificación del anexo en el Plan Estratégico de Subvenciones.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
2. El Decreto 9/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
3. El Decreto 10/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears, mediante el cual se nombra la señora Rosario Sánchez Grau, consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores.
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
1. Aprobar la modificación del anexo en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018, en el sentido siguiente:
OBJETIVO III
LUCHA CONTRA LAS DESIGUALDADES
III.1 Lucha contra la pobreza
Donde dice:
III.1.5
Dirección General o entidad: Dirección General de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa
Fuente de financiación: Capítulo VII
Descripción: ayudas para la creación y consolidación de plazas públicas de primer ciclo de educación infantil
Objetivos y efectos: crear y consolidar nuevas plazas de educación infantil de primer ciclo
Coste: año 2020: 1.632.119,40€, año 2021: 1.300.000€, año 2022: 1.300.000€, año 2023: 1.300.000€
Convocatoria: plurianual (2020 - 2023)
Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado
III.1.6
Dirección General o entidad: Dirección General de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa
Fuente de financiación: Capítulo VII
Descripción: ayudas para la reconversión de centros para poder autorizar plazas privadas de primer ciclo de educación infantil
Objetivos y efectos: ayudar a los titulares de los centros no autorizados con licencia municipal para financiar proyectos para alcanzar los requisitos que establece la normativa.
Coste: año 2020: 500.000€, año 2021: 800.000€, año 2022: 800.000€, año 2023: 800.000€
Convocatoria: plurianual (2020-2023)
Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado
Debe decir:
III.1.5
Dirección General o entidad: Dirección General de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa
Fuente de financiación: Capítulo VII
Descripción: ayudas para la creación y consolidación de plazas públicas de primer ciclo de educación infantil
Objetivos y efectos: crear y consolidar nuevas plazas de educación infantil de primer ciclo
Coste: año 2020: 0 €, año 2021: 1.500.000€, año 2022: 1.500.000€, año 2023: 1.500.000€, año 2024: 1.500.000€
Convocatoria: plurianual (2020 - 2024)
Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado
III.1.6
Dirección General o entidad: Dirección General de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa
Fuente de financiación: Capítulo VII
Descripción: ayudas para la reconversión de centros para poder autorizar plazas privadas de primer ciclo de educación infantil
Objetivos y efectos: ayudar a los titulares de los centros no autorizados con licencia municipal para financiar proyectos para alcanzar los requisitos que establece la normativa
Coste: año 2020: 0€, año 2021: 500.000€, año 2022: 500.000€, año 2023: 500.000€, año 2024: 500.000€
Convocatoria: plurianual (2020-2024)
Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado
2. Disponer que esta Resolución despliegue sus efectos desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 22 de octubre de 2020
La consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores Rosario Sánchez Grau