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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 10228
Notificación de Resolución de denegación a los beneficiarios de las ayudas, R4 de fecha 29 de setiembre de 2020, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 10 de julio de 2015 , por la que se convocan subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias, para los años 2015 a 2019
El apartado 9. 3. de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 10 de julio de 2015 por la que se convocan, subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias, correspondientes a los años 2015 a 2019, especifica que la resolución expresa se notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en el artículo 60. 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común .
El vicepresidente en Materia agraria del FOGAIBA, con fecha 29 de setiembre de 2020, firma la siguiente resolución,
" INFORME PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DE DENEGACIÓN
Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020
Medida 4. 1. Inversiones en las explotaciones agrarias (INEA)
Convocatoria: INEA2018_1
Grupo: INEA2018_1/R4
Antecedentes
1. El 16 de julio de 2015 se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 106 la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA)de 10 de julio de 2015, por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias, modificada mediante las resoluciones de 17 de diciembre de 2015 , 22 de junio de 2016 , 2 de marzo de 2020 y 6 de mayo de 2020.
2. De conformidad con el apartado sexto de la Resolución mencionada, el primer plazo de 2017 para presentar las solicitudes finalizó el día 30 de junio de 2018.
3. Los órganos gestores del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural han llevado a cabo el control administrativo de las solicitudes y de la documentación aportada de acuerdo con las normas reguladoras de esta subvención . El cumplimiento de los requisitos y la documentación ha quedado reflejado en la aplicación SIFOG y se encuentran en revisión administrativa final.
4. El crédito final resto en 11. 002. 064,79 euros para esta línea de ayudas para el ejercicio del año 2018.
5. El 3 de junio de 2020, se publicó en la web del FOGAIBA una propuesta provisional de resolución de concesión.
6. Para esta convocatoria se han presentado un total de 455 solicitudes de ayuda, entre las cuales:
- 7 solicitudes se han denegado porque los interesados incumplían los requisitos que establece la convocatoria.
- 29 solicitudes han desistido para que los interesados han presentado una solicitud de desistimiento.
- 31 solicitudes se propone la denegación para que las personas interesadas incumplen los requisitos que establece la convocatoria.
7. El 3 de junio de 2020, el Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural dictó la Propuesta provisional de denegación de la ayuda a los interesados relacionados en el anexo I.
8. El 3 de junio de 2020 se notifica, mediante la publicación en la web http://www. caib. es, la Propuesta provisional de resolución antes mencionada a los interesados, y se les concedió un plazo de 10 días para presentar las alegaciones oportunas.
Fundamentos de derecho
1. Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de julio de 2015 por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias.
2. Orden del Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.
3. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Resolución
Por todo ello, se informa desfavorablemente y se propone al vicepresidente del FOGAIBA que dicte una resolución en los siguientes términos:
1. Denegar la ayuda solicitada por los interesados que figuran en el Anexo, que son un total de 30 expedientes y que comienza con VICENTE PRATS TORRES y termina con LIJANE 2018, SLU, relativa a la línea de ayudas "Inversiones en las explotaciones agrarias ", por no cumplir con alguno de los requisitos que se establecen en la convocatoria.
2. Declarar concluido el procedimiento y proceder al archivo de los expedientes detallados en el Anexo I.
3. Publicar esta resolución en el BOIB.
Interposición de recursos
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58. 4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Palma, 29 de setiembre de 2020
El Jefe del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural
Isidre Cañellas Simonet
Conforme con la propuesta, dicto Resolución.
Palma, 29 de setiembre de 2020
El Vicepresidente en Materia agraria del FOGAIBA
Gabriel Torrens Llabrés”
ANEXO: RELACIÓN DE BENEFICIARIOS CON DERECHO A LA CONCESIÓN DE LA AYUDA (INEA 2018_1). R4
Nº expediente |
Nombre |
Tipo |
Estado |
Motivo de propuesta de denegación |
---|---|---|---|---|
INEA2018_1/048 |
VICENTE PRATS TORRES |
Física |
Para denegar |
No está al corriente de obligaciones tributarias con AEAT |
INEA2018_1/071 |
RAFAL D'ES FRARES SRM |
Jurídica |
Para denegar |
No obtiene la puntuación mímima prevista en los criterios de selección |
INEA2018_1/073 |
DAMIAN MIGUEL GELABERT TALTAVULL |
Física |
Para denegar |
No obtiene la puntuación mínima prevista en los criterios de selección |
INEA2018_1/128 |
PERE ANTONI PERICAS CRESPI |
Física |
Para denegar |
No obtiene la puntuación mínima prevista en los criterios de selección |
INEA2018_1/151 |
TAP DE CRESPI SLU |
Jurídica |
Para denegar |
No obtiene la puntuación mínima prevista en los criterios de selección |
INEA2018_1/156 |
PREDIO ALCANELLA S. L. |
Jurídica |
Para denegar |
No obtiene la puntuación mínima prevista en los criterios de selección |
INEA2018_1/194 |
SON OLIVAR SL |
Jurídica |
Para denegar |
No obtiene la puntuación mínima prevista en los criterios de selección |
INEA2018_1/210 |
VINORICA S. L. UNIPERSONAL |
Jurídica |
Para denegar |
No obtiene la puntuación mínima prevista en los criterios de selección |
INEA2018_1/223 |
BODEGA CAP ANDRITXOL S. L. |
Jurídica |
Para denegar |
No obtiene la puntuación mínima prevista en los criterios de selección |
INEA2018_1/236 |
ALAIAR MALLORCA SL |
Jurídica |
Para denegar |
No obtiene la puntuación mínima prevista en los criterios de selección |
INEA2018_1/238 |
VINYES I BODEGUES MIQUEL OLIVER SL |
Jurídica |
Para denegar |
No obtiene la puntuación mínima prevista en los criterios de selección |
INEA2018_1/254 |
LLUIS GRIMALT GUAL |
Física |
Para denegar |
No obtiene la puntuación mínima prevista en los criterios de selección |
INEA2018_1/270 |
JOAN SOLIVELLAS COLL |
Física |
Para denegar |
No está al corriente de obligaciones tributarias con AEAT |
INEA2018_1/295 |
SON MIRANDA AGROTURISMO SLU |
Jurídica |
Para denegar |
No obtiene la puntuación mínima prevista en los criterios de selección |
INEA2018_1/315 |
CAN PERE MARI SC |
Jurídica |
Para denegar |
No está al corriente de obligaciones tributarias con AEAT |
INEA2018_1/332 |
RAFAEL IVAN GALEOTE TORRES |
Física |
Para denegar |
No obtiene la puntuación mínima prevista en los criterios de selección |
INEA2018_1/333 |
BAUMASOL S. A. |
Jurídica |
Para denegar |
No está al corriente de obligaciones tributarias con la CAIB, día 7/09/2020 aporta certificado de estar al corriente de los pagos con la CAIB. Esta aportación está fuera de plazo |
INEA2018_1/340 |
BOC DE L'ARCHIDUC, S. L. U |
Jurídica |
Para denegar |
No obtiene la puntuación mínima prevista en los criterios de selección |
INEA2018_1/342 |
EN CAN´T BALEARES S. L |
Jurídica |
Para denegar |
No obtiene la puntuación mínima prevista en los criterios de selección |
INEA2018_1/344 |
BODEGAS SON PUIG, S. L. |
Jurídica |
Para denegar |
No obtiene la puntuación mínima prevista en los criterios de selección |
INEA2018_1/349 |
SON SEGUI AGRI S. L. |
Jurídica |
Para denegar |
No está al corriente de obligaciones tributarias con AEAT |
INEA2018_1/393 |
MAMOSA SL |
Jurídica |
Para denegar |
No justificación de la capacitación profesional |
INEA2018_1/418 |
PIEMA S. A. U |
Jurídica |
Para denegar |
No obtiene la puntuación mínima prevista en los criterios de selección |
INEA2018_1/433 |
SON APARETS NOU SRM |
Jurídica |
Para denegar |
No obtiene la puntuación mínima prevista en los criterios de selección |
INEA2018_1/436 |
CAN SIPERA, SL |
Jurídica |
Para denegar |
No està al corrent d'obligacions tributàries amb l'AEAT/CAIB |
INEA2018_1/440 |
MISFERO SL |
Jurídica |
Para denegar |
No obtiene la puntuación mínima prevista en los criterios de selección |
INEA2018_1/447 |
SON MARCH SRM |
Jurídica |
Para denegar |
No obtiene la puntuación mínima prevista en los criterios de selección |
INEA2018_1/452 |
CAPITULO VERDE S. L. |
Jurídica |
Para denegar |
No està al corrent d'obligacions tributàries amb l'AEAT |
INEA2018_1/456 |
EXPLOTACION AGRARIA ANGLOMA, SLU |
Jurídica |
Para denegar |
No obtiene la puntuación mínima prevista en los criterios de selección |
INEA2018_1/457 |
LIJANE 2018, SLU |
Jurídica |
Para denegar |
No obtiene la puntuación mínima prevista en los criterios de selección |
Palma, 20 de octubre de 2020
El director gerente del FOGAIBA Mateu Morro Marcé