Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE SANTA MARGALIDA
Núm. 10183
Revocación de delegación de atribuciones a la Junta de Gobierno Local
El Alcalde del Ayuntamiento de Santa Margalida, en fecha 21 de Octubre de 2020 ha dictado el siguiente Decreto, el cual se indexa a continuación:
«Antecedentes
1.- En fecha 23 de junio de 2020, mediante Resolución de Alcaldía 684/2020, se delegó por parte de esta última a la Junta de Gobierno Local, el ejercicio entre otros las siguientes atribuciones:
«a) Las aprobaciones de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidas al plenario, así como la de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización.
b) Otorgamiento de licencias de actividad, licencias integradas de actividad y obras de licencias urbanísticas de obra mayor, todo tipo de licencias de obra en suelo rústico, y la declaración de caducidad de licencias de obra concedidas. Se excluye expresamente de la delegación, la aprobación de los proyectos de obras de ejecución, licencias de primera ocupación y cambios de titular.
s) Las resoluciones de inicio y las resoluciones que pongan fin a la vía administrativa de los expedientes de restablecimiento de la legalidad urbanística y de los expedientes sancionadores en materia de disciplina urbanística.»
De acuerdo con el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, de Bases del Régimen Local, en cuanto a las competencias de la Alcaldía y las posibilidades de delegación del ejercicio de las atribuciones que le son propias, RESUELVO:
Primero.- Revocar la delegación realizada a la Junta de Gobierno Local, del ejercicio de las atribuciones siguientes:
a) Las aprobaciones de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidas al plenario, así como la de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización.
b) Otorgamiento de licencias de actividad, licencias integradas de actividad y obras de licencias urbanísticas de obra mayor, todo tipo de licencias de obra en suelo rústico, y la declaración de caducidad de licencias de obra concedidas.
s) Las resoluciones de inicio y las resoluciones que pongan fin a la vía administrativa de los expedientes de restablecimiento de la legalidad urbanística y de los expedientes sancionadores en materia de disciplina urbanística.
Segundo.- Mantener el resto de atribuciones delegadas a la Junta de Gobierno Local, formalizadas mediante el Decreto de Alcaldía 684/2020.
Tercero.- Dar cuenta de esta Resolución a la Junta de Gobierno Local y al Pleno del Ayuntamiento en sus próximas sesiones.
Quart.- Publicar dicha Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.»
Lo que se hace público para su general conocimiento.
Santa Margalida, 21 de octubre de 2020
El alcalde
Joan Monjo Estelrich