Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 10053
Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 16 de octubre de 2020 por la que se aprueba la lista de personas que han superado el concurso-oposición para cubrir plazas vacantes de la categoría facultativo/facultativa especialista en cardiología dependientes del Servicio de Salud de las Islas Baleares, para cada sector correspondiente

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Antecedentes

  1. Por medio de la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 28 de mayo de 2018, BOIB núm. 67/2018 y la resolución de 2 de agosto de 2018, BOIB núm. 102/2018, se convocó un concurso-oposición para cubrir plazas vacantes de la categoría facultativo/facultativa especialista en cardiología dependientes del Servicio de Salud de las Islas Baleares.

  2. El 18 de octubre de 2018 se publicaron en el BOIB núm. 129/2018 las resoluciones del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 11 de octubre por las que se aprueban las listas provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas del concurso-oposición.

  3. El 15 de noviembre de 2018 se publicaron en el BOIB núm. 143/2018 las resoluciones del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 14 de noviembre por las que se aprueban las listas definitivas de personas admitidas y excluidas del concurso-oposición. En ellas también se determina el lugar, la fecha y la hora del ejercicio de la fase de oposición.

  4. El día 19 de marzo de 2019, de acuerdo con las bases de la convocatoria del proceso selectivo, el Tribunal publicó en el tablón de anuncios de la sede del Tribunal y en el web www.ibsalut.es las listas provisionales de las puntuaciones del ejercicio de la fase de oposición.

  5. El 7 de mayo de 2019, el Tribunal publicó las listas definitivas de puntuaciones del ejercicio de la fase de oposición.

  6. De acuerdo con la base 9 de la convocatoria, se abrió un plazo de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de las listas definitivas de puntuaciones del ejercicio para que las personas que lo habían aprobado acreditaran los méritos valorables en la fase de concurso.

  7. El 9 de julio de 2020, de acuerdo con la base 9.5 de la convocatoria, el Tribunal publicó en los medios habituales las listas provisionales de puntuaciones de la fase de concurso.

  8. Revisadas las alegaciones recibidas, el Tribunal publica la lista definitiva de puntuaciones de la fase de concurso.

  9. Según la base 10.1 de la convocatoria, una vez valoradas y resueltas las alegaciones presentadas a las listas provisionales de puntuaciones de la fase de concurso, el Tribunal tiene que elevar al director general del Servicio de Salud las listas de personas que han superado el proceso selectivo referidas a cada uno de los turnos para publicarlas en los medios habituales. Estas listas tienen que contener, como máximo, tantos aspirantes aprobados como plazas se hayan ofrecido.

  10. A pesar de la sectorización hecha en la tramitación de este procedimiento selectivo, de conformidad con la normativa vigente, se considera conveniente concentrar en una misma resolución la publicación, para cada uno de los sectores, de la lista de personas que han superado el concurso-oposición para cubrir plazas vacantes de la categoría facultativo/facultativa especialista en otorrinolaringología.

Fundamentos de derecho

  1. La Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud.

  2. El Texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

  3. El Real decreto ley 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las instituciones sanitarias de la Seguridad Social —vigente con rango reglamentario y sin carácter básico en virtud de la disposición transitoria sexta de la Ley 55/2003.

  4. El Decreto 8/2018, de 23 de marzo, por el que se regula la capacitación lingüística del personal estatutario del Servicio de Salud de las Islas Baleares.

  5. La Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 28 de mayo de 2018 por la que se convoca un concurso-oposición para cubrir plazas vacantes de la categoría facultativo/facultativa especialista en cardiología dependientes del Servicio de Salud de las Islas Baleares y el resto de resoluciones relativas al desarrollo del procedimiento selectivo.

  6. La Ley 39/2015 de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

  7. El artículo 72.1 de la Ley 39/2015 dispone que, de conformidad con el principio de simplificación administrativa, se pueden acordar en un solo acto todos los trámites que, por su naturaleza, admiten un impulso simultáneo.

Por todo esto dicto la siguiente

Resolución

  1. Aprobar las listas de personas —referidas a cada uno de los turnos y para cada sector sanitario— que han superado el concurso-oposición para cubrir plazas vacantes de la categoría facultativo/facultativa especialista en cardiología dependientes del Servicio de Salud de las Islas Baleares (anexo 1).

  2. Publicar la lista complementaria de personas, en los sectores que correspondan, que siguen por puntuación a las que han superado el proceso selectivo, a los efectos previstos en la base 10.2 de la convocatoria y solo aplicable en caso de que alguno de los candidatos que han superado el concurso-oposición no cumpla los requisitos para ser nombrado personal estatutario fijo (anexo 2).

  3. Abrir un plazo de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución en Boletín Oficial de las Islas Baleares—sin perjuicio de lo que establece el punto 7— para que las personas que han superado el proceso selectivo y las que figuran en las listas complementarias aporten la documentación siguiente:

    1. Fotocopia compulsada del certificado que acredite tener como mínimo el nivel B1 de conocimientos de catalán. Sin embargo, en este procedimiento es aplicable el artículo 5 del Decreto 8/2018, de forma que si no se acredita la capacitación lingüística exigible se aplicará aquello previsto en el artículo 7 del mismo Decreto. No hace falta que presenten este documento las personas que ya lo hayan aportado en cualquier otra fase del concurso-oposición, siempre que lo indiquen expresamente.

    2. Fotocopia compulsada del título académico exigido para participar en este procedimiento selectivo o certificado académico que acredite haber completado todos los estudios para obtener el título, junto con la solicitud de expedición del título y la acreditación del pago de las tasas correspondientes. No hace falta que presenten este documento las personas que ya lo hayan aportado en cualquier otra fase del concurso-oposición, siempre que lo indiquen expresamente.

    3. Declaración jurada o prometida de no haber sido separado—por medio de un expediente disciplinario— del servicio de cualquier servicio de salud o administración pública en los seis años anteriores a la convocatoria y de no estar inhabilitado con carácter firme para cumplir funciones públicas ni para la profesión correspondiente.

    4. En cuanto a los ciudadanos de otros estados mencionados en la base 2.1.a) de la convocatoria, acreditación de no haber sido inhabilitado—por sanción o pena— para acceder a funciones o a servicios públicos en un estado de la Unión Europea o separado—por sanción disciplinaria— de alguna de sus administraciones o de sus servicios públicos en los seis años anteriores a la convocatoria.

    5. Certificado expedido por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales del Servicio de Salud de las Islas Baleares que acredite la capacidad funcional necesaria para cumplir las funciones que se deriven del nombramiento.

  4. Recordar que, de conformidad con el artículo 13.5 de la Ley orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor, de modificación parcial del Código civil y de la Ley de enjuiciamiento civil, es requisito para acceder a las profesiones que impliquen contacto habitual con menores no haber sido condenado por una sentencia firme por algún delito de naturaleza sexual. Por esto hay que acreditar esta circunstancia aportando, junto con el resto de documentación mencionada anteriormente, un certificado del Registro Central de Delincuentes Sexuales (certificado de delitos de naturaleza sexual).

  5. Establecer que se tiene que presentar y registrar toda la documentación mencionada en los apartados anteriores en el Registro General de los Servicios Centrales o de cualquier otra gerencia del Servicio de Salud o por cualquier de las vías que prevé la Ley 39/2015, de1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Si se presenta en una oficina de Correos, tiene que ir dentro de un sobre abierto para que el funcionario correspondiente la selle y la date antes de enviarla por correo certificado.

  6. Recordar que, salvo los casos de fuerza mayor constatados debidamente, si no se presenta toda la documentación exigida en el plazo establecido o si al examinarla se deduce que la persona interesada no cumple alguno de los requisitos, no podrá ser nombrada personal estatutario fijo, por lo que se anularan sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que haya incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

  7. Publicar esta resolución en Boletín Oficial de las Islas Baleares, en los tablones de anuncios de los Servicios Centrales y en el web www.ibsalut.es.

Interposició de recursos

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el órgano que la dicta en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa-administrativa.

   

Palma, 16 de octubre de 2020

El director general del Servicio de Salud

Julio Miguel Fuster Culebras

Por delegación de la consejera de Salud (BOIB núm. 10, de 21/01/016)

  

ANEXO 1

TURNO LIBRE

 

 

 

 

 

SECTOR SANITARIO PONENT

 

 

 

 

 

 

 

 

DNI/NIE

Nombre

Total oposición

Total concurso ponderado

Total

****0641S

MARISTANY DAUNERT , JAIME

54,43000

24,21350

78,64350

****1689E

FORTUNY FRAU , ELENA

56,71000

21,35196

78,06196

****4902K

PERICÁS RAMIS , PEDRO ANDRÉS

55,57000

21,95584

77,52584

****1249H

PASCUAL SASTRE , MARCOS

52,86000

23,62048

76,48048

****4860H

VIDAL BONET , LAURA

48,43000

24,27654

72,70654

****1301E

NORIS MORA , MARTA

55,71000

16,87606

72,58606

****8392X

PONS LLINARES , JAUME AUSIAS

54,14000

16,95305

71,09305

****5478V

PASAMAR MARQUEZ , LUCIA

53,57000

13,13650

66,70650

 

 

 

 

 

SECTOR SANITARIO MIGJORN

 

 

 

 

 

 

 

 

DNI/NIE

Nombre

Total oposición

Total concurso ponderado

Total

****4196D

ALVAREZ RUBIO , JORGE

45,86000

22,36786

68,22786

****9338F

MAGNANI RAGANATO , SANTIAGO

42,14000

6,26148

48,40148

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SECTOR SANITARIO TRAMUNTANA

 

 

 

 

 

 

 

 

DNI/NIE

Nombre

Total oposición

Total concurso ponderado

Total

****2693C

TORRENS QUETGLAS , MIGUEL

38,57000

11,81152

50,38152

 

 

 

 

 

SECTOR SANITARIO LLEVANT

 

 

 

 

 

 

 

 

DNI/NIE

Nombre

Total oposición

Total concurso ponderado

Total

****5214C

SAHUQUILLO MARTINEZ , ANA MARIA

46,71000

17,52200

64,23200

****0753N

FIGUEROLA ROSSELLO , ANTONI ALEXANDRE

46,86000

17,44059

64,30059

 

SECTOR SANITARIO MENORCA

 

 

 

 

 

 

 

 

DNI/NIE

Nombre

Total oposición

Total concurso ponderado

Total

****2534K

RODRIGUEZ PICON , BLANCA

50,86000

15,76608

66,62608

****3133G

PERELLÓ ALZAMORA , MARIA MAGDALENA

36,71000

13,50002

50,21002

 

 

 

 

 

SECTOR SANITARIO IBIZA

 

 

 

 

 

 

 

 

DNI/NIE

Nombre

Total oposición

Total concurso ponderado

Total

****8176N

MARTINIS MERCADO , GIANFRANCO

48,71000

18,06434

66,77434

****0255Y

PEREZ SERRADILLA , ANA

48,86000

12,03548

60,89548

****0754M

VERA PERNASETTI , LUCÍA

45,57000

7,91224

53,48224

 

ANEXO 2

LISTA COMPLEMENTARIA TURNO LIBRE

 

 

 

 

 

SECTOR SANITARIO PONENT

 

 

 

 

 

 

 

 

DNI/NIE

Nombre

Total oposición

Total concurso ponderado

Total

****4033N

VIVES BORRAS , MIGUEL

45,43000

17,35489

62,78489

****4356S

GRANDE MORALES , CARLOS EUGENIO

49,71000

9,64804

59,35804

****1664W

MASSOT RUBIO , MARIA MONTSERRAT

49,14000

9,02527

58,16527

 

 

 

 

 

SECTOR SANITARIO LLEVANT

 

 

 

 

 

 

 

 

DNI/NIE

Nombre

Total oposición

Total concurso ponderado

Total

****1048R

PÉREZ CASTELLANOS , ALBERTO

50,71000

9,59360

60,30360

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SECTOR SANITARIO MENORCA

 

 

 

 

 

 

 

 

DNI/NIE

Nombre

Total oposición

Total concurso ponderado

Total

****0935Z

CARRO RUIZ , RAUL ANDRES

37,00000

10,51183

47,51183

 

 

 

 

 

SECTOR SANITARIO IBIZA

 

 

 

 

 

 

 

 

DNI/NIE

Nombre

Total oposición

Total concurso ponderado

Total

****9695Z

MORALES HERNANDEZ , ARACELIS JOSEFINA

40,86000

0,00000

40,86000

****8099J

MEMOLI ARANDA , MAGDALENA MARIA

40,00000

0,00000

40,00000