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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE MOVILIDAD E INFRAESTRUCTURAS

Núm. 10023
Convenio de gestión urbanística para la instalación de una estación de ITV móvil provisional en Magaluf

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Os comunico que, el 2 de septiembre de 2020, el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca acordó la aprobación del Convenio de gestión urbanística para la instalación de una estación de ITV móvil provisional en Magaluf.

Este convenio se publica para  su general conocimiento de conformidad con los arts. 64 y 99 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de Urbanismo de las Islas Baleares.

«Convenio de gestión urbanística para la instalación de una estación de ITV móvil provisional en Magaluf

Calviá, a 21 de septiembre de 2020

REUNIDOS

Por una parte, D. Iván Sevillano Miguel, Consejero ejecutivo de Movilidad e Infraestructuras del Consejo de Mallorca, actuando en nombre y representación de la mencionada institución con CIF S0711002F y habilitación del Sr. Sevillano para la firma conforme al Decreto de la Presidencia del Consejo Insular de Mallorca por el cual se nombran los miembros del Consejo Ejecutivo de 8 de julio de 2019 (BOIB nº. 92 de 9/07/2019).

De otra, D. Alfonso Rodríguez Badal, actuando en su condición de Batle-Presidente del Ayuntamiento de Calviá.

Mutuamente se reconocen capacitado suficiente para otorgar el presente documento y;

MANIFIESTAN

En la actualidad el Consejo Insular de Mallorca está tramitando el expediente para adjudicar la construcción de forma definitiva de una Estación de Inspección Técnica de Vehículos ITV en una parcela del Polígono de Son Bugadelles. Mientras tanto, y dada la urgente necesidad de la prestación del servicio de ITV en Calviá, después de un estudio de los espacios disponibles, parece más idónea la ubicación temporal de una ITV en la parcela que se identifica a continuación, a ceder al Consejo Insular de Mallorca:

Parcela urbana, de titularidad municipal, identificada como aparcamiento número 1 del plano de fincas resultantes de superficie 12.504 m²; confrontando: en el Norte y Este, con vial C y parcelas resultantes números 7 y 10; en el Sur, con parcelas resultantes números 7 y 8; y al Oeste, con camino de Sa Porrassa. (De ahora en adelante parcela con referencia catastral 9035023DD6793N0001PL). Su destino es aparcamiento público, con calificación del suelo VL, que permite el uso de ITV. Se trata de una parcela resultante de la aprobación definitiva del proyecto de compensación de la reserva estratégica de sol, PERI del Polígono XX, de Magaluf (RES 50/2008). (Se adjuntan dos planos de la referida parcela)

Visto el interés municipal en la instalación de una ITV provisional en el Término de Calviá, se hace necesario ocupar por vía de urgencia unos 5.000 m2 de dicha parcela de Magaluf, todo ello de forma transitoria hasta la apertura de la mencionada Estación de ITV definitiva a ubicar en Son Bugadelles.

Por medio del presente Convenio, se faculta al Consejo Insular de Mallorca a ocupar temporalmente la parcela catastral 9035023DD6793N0001PL que albergará la ITV provisional, de forma que se cimentará la superficie de 5.000 m2 bajo la supervisión de los técnicos municipales de Vías y Obras. Asimismo se faculta al  Consejo de Mallorca a obtener autorización municipal para la instalación de la ITV móvil como uso provisional y, en consecuencia, a ocupar los 5.000 m2 destinados a tal fin, lo que se llevará a efecto de conformidad con las siguientes

CLÁUSULAS DE CONVENIO:

Primera.- El proyecto de urbanización de la RES-50 de Magaluf se encuentra actualmente en fase de ejecución y se prevé que la parcela de referencia (9035023DD6793N0001P) disponga, en el mes de octubre de 2020, de los servicios básicos implantados conforme al artículo 25 de la LUIB, y el artículo 42 del reglamento que se desarrolla:

  1. Infraestructura viaria debidamente pavimentada con aceras encintadas y con un grado de consolidación suficiente para permitir la conectividad con la trama vial viaria  básica
  2. Abastecimiento de agua
  3. Suministro de energía eléctrica
  4. Alumbrado público
  5. Saneamiento de aguas residuales
  6. Abastecimiento de conexión de telecomunicaciones, internet

Segunda.- Las tareas de instalación de la infraestructura necesaria para albergar la ITV móvil corren a cargo del Consejo Insular de Mallorca. La estación de ITV móvil será autorizada como uso provisional siempre que se justifique su necesidad y su carácter no permanente, dadas las características técnicas de las mismas o la temporalidad de su régimen de titularidad o explotación. La obtención de la licencia comporta el reconocimiento del derecho del Consejo de Mallorca a ocupar gratuitamente, en el plazo y con las condiciones establecidas en el presente convenio, los 5.000 m2 de la parcela catastral 9035023DD6793N0001PL. Por lo tanto, el Consejo de Mallorca tendrá que presentar la correspondiente memoria de distribución y uso ante el Ayuntamiento para obtener la referida autorización. En este sentido, el Ayuntamiento, dado el innegable interés municipal, se compromete a tramitar la autorización de forma absolutamente prioritaria.

El Consejo de Mallorca recibirá el solar para la instalación de la ITV provisional con la dotación de servicios de electricidad, telecomunicaciones, agua potable, y red de saneamiento, asfaltado y total adicionalmente de la parcela ejecutada.

En la licencia municipal se hará constar el carácter provisional de la misma y, si cabe, el plazo señalado para su caducidad, lo que se inscribirá en el Registro de la Propiedad, de conformidad con aquello que establece la legislación hipotecaria.

Tercera.- En el plazo máximo de dos años desde la suscripción de este convenio, y en todo caso, en el momento en que se encuentre operativa la nueva estación ITV a ubicar en el Polígono de Son Bugadelles, el Consejo de Mallorca se compromete a revertir gratuitamente al Ayuntamiento de Calviá dicho espacio de unos 5.000 m2 ocupados provisionalmente, libre de toda carga y/o gravamen y/o de ocupantes, así como ha sido entregado.

Cuarta.- El Ayuntamiento asume la dirección técnica de las obras necesarias para realizar la dotación de servicios de electricidad, telecomunicaciones, agua potable y red de saneamiento. El CIM será el encargado de llevar a cabo, si así lo estima necesario a efectos de garantizar la seguridad, la ejecución de obras de cierre provisional del ámbito de la parcela cedida que destinarán al uso de ITV móvil, así como la disposición de las instalaciones de ITV móvil necesarias para el desarrollo de la actividad. Una vez finalizada la actividad el CIM se compromete a la suspensión del uso y a dejar la parcela en el estado inicial tanto en aquello relacionado con el cierre, como con respecto a los elementos integrantes de la instalación incorporados al efecto.

Quinta.- Antes de la puesta en funcionamiento del ITV provisional y de manera prioritaria y urgente, se habrán de recepcionar parcial o totalmente por parte del Ayuntamiento de Calviá la parcela catastral 9035023DD6793N0001PL y sus viales de acceso.

Sexta.- El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones asumidas por las partes en virtud del presente Convenio dentro de los plazos aquí recogidos, implicará su resolución con la aplicación de los efectos retroactivos que procedan, sin perjuicio de cualquiera otros derechos que correspondan a las partes.

Séptima.- De conformidad con el establecido en los artículos 97 y siguientes de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de Urbanismo de las Islas Baleares, este convenio tiene naturaleza jurídico-administrativa y las cuestiones relativas al cumplimiento, la interpretación, los efectos y la extinción de éstos son competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Y para que conste, obligue en derecho y despliegue los efectos oportunos, firman el presente documento por triplicado en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.»

Por:

EL CONSEJO DE MALLORCA                                                                            EL AYUNTAMIENTO DE CALVIÁ

El Consejero ejecutivo de Movilidad e Infraestructuras                                      El Alcalde

Sgt. Iván Sevillano Miguel                                                                                   Sgt. Alfonso Rodríguez Badal»         

  

Palma, 20 de octubre de 2020

La cap del Servei de la Secretaria Técnica

Magdalena Porcel Moll