Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE PUIGPUNYENT

Núm. 9953
Convocatoria de subvenciones para la concesión de ayudas al alquiler de viviendas en el término municipal de Puigpunyent

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 1 de octubre de 2020 aprobó la convocatoria de subvenciones para la concesión de ayudas al alquiler de viviendas en el término municipal de Puigpunyent, y se procede a publicar en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears el acuerdo adoptado y la convocatoria de subvenciones, para su difusión y su conocimiento público.

ACUERDO

PRIMERO.

APROBAR la Convocatoria de subvenciones para la concesión de ayudas al alquiler de viviendas en el término municipal de Puigpunyent, de acuerdo con el texto que se adjunta y que forma parte integrante de la presente propuesta.

SEGUNDO.

DESTINARLO un total de 15.000 € de la aplicación presupuestaria 23.148.004 para la presente convocatoria de subvenciones, correspondiente a la anualidad 2020.

TERCER.

INSERTAR el presente acuerdo, así como el texto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma, así como en la Base de datos Nacional de Subvenciones a efectos de su difusión y público conocimiento.

CUARTO.

APROBAR los modelos normalizados de solicitud, declaración responsable, comunicación de perceptores y acreditación de cuenta bancaria que figuran en los anexos.

A consecuencia de la emergencia de salud pública ocasionada por Covid-19, el Gobierno de España declaro el Estado de Alarma en todo el territorio nacional mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo. El impacto social y económico que tuvo esta situación excepcional obliga a que las administraciones públicas, en el ámbito de sus competencias, adopten con la máxima celeridad aquellas medidas tendentes a paliar los efectos que está sufriendo nuestra sociedad.

Las medidas se deben adoptar para conseguir la máxima eficacia y eficiencia en la asignación de los recursos públicos y respetando, en todo caso, los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación.

Esta situación ha provocado una reducción en los ingresos de muchas personas de Puigpunyent.

Por los motivos expuestos desde el Ayuntamiento de Puigpunyent se convocan subvenciones para la concesión de ayudas al alquiler de viviendas para personas empadronadas en el municipio y que tienen una vivienda alquilada en el término municipal de Puigpunyent de acuerdo con las siguientes:

BASES

1. Marco Normativo

- Los artículos 22 a 27 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

- Los artículos 55 a 64 del reglamento de la ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006 de 21 de julio.

- Los artículos 21.1.f) y s), 25 y 72 de la ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local.

- El Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la base de datos nacional de subvenciones y la publicidad de las subvenciones y otras ayudas públicas.

 

- Decreto ley 10/2020, de 12 de junio, de prestaciones sociales de carácter económico de las Islas Baleares.

- Reglamento de Unidad de Trabajo Social (UTS) del ayuntamiento de Puigpunyent, acuerdo definitivo publicado en el BOIB 48 de fecha 8 de abril de 2014.

2. Crédito presupuestario

Partida presupuestaria                                   Importe                                              Anualidad

           23148004                                                 15.000                                                    2.020

La concesión de las ayudas reguladas en estas bases queda condicionada a la disponibilidad presupuestaria y está limitada al crédito presupuestario. Sin embargo, las cuantías se pueden incrementar, si existe disponibilidad presupuestaria suficiente, mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de acuerdo con lo establecido en el artículo 58.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.

3. Objeto y finalidad

El Ayuntamiento de Puigpunyent, convoca la concesión de ayudas al alquiler de viviendas a personas arrendatarias de vivienda habitual, situadas en el término de Puigpunyent, que tengan problemas para hacer frente al pago del alquiler y siempre que la persona se encuentre en una de las circunstancias definidas en el apartado 5.1. de la convocatoria.

4. Órgano competente para la concesión de las ayudas

El órgano competente para la concesión de las ayudas al alquiler de viviendas es la Comisión Técnica formada por:

- Alcalde, o el Concejal o Concejala en quien delegue,

- La Secretaria Interventora o funcionario en quien delegue.

- El Trabajador Social del Ayuntamiento de Puigpunyent, que actuará como instructor del procedimiento.

5. Requisitos de los beneficiarios:

5.1. Podrán beneficiarse de las ayudas las personas físicas que, en su condición de arrendatarias de vivienda habitual, acrediten estar en situación de vulnerabilidad económica y social para concurrir una de las siguientes circunstancias:

a) Estar en el paro.

b) Estar en situación de expediente de regulación temporal de empleo (ERTE).

c) Estar afectado por una reducción de la jornada laboral por motivos de conciliación familiar, laboral o organizativos, siempre que tengan hijos menores de edad, personas dependientes y / o discapacitados a su cargo.

d) Ser autónomo y haber sufrido una reducción de ingresos del 50% o que la actividad que realiza se encontrase suspendida durante el Estado de Alarma.

5.2 Las personas beneficiarias deberán acreditar, además, que reúnen los siguientes requisitos:

a.-La persona solicitante debe estar empadronada en el término municipal de Puigpunyent con anterioridad al 1 de enero de 2020.

b.- Que la persona solicitante sea titular, en calidad de arrendatario, de un contrato de arrendamiento de vivienda vigente, formalizado en los términos de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos o con las posteriores actualizaciones de la normativa de la ley de arrendamientos urbanos.

c.- Que la vivienda objeto del alquiler esté situado dentro del ámbito del territorial del municipio de Puigpunyent.

d.- La vivienda arrendada debe constituir la residencia habitual y permanente de la persona o unidad de convivencia del solicitante de la ayuda. Se considerará unidad de convivencia la formada por el conjunto de personas que estén empadronadas en el término municipal de Puigpunyent en una misma vivienda, existan o no lazos familiares.

e.- Que el importe de la renta de la vivienda objeto del contrato de alquiler sea igual o inferior a 1.000 euros mensuales.

5.3. En todo caso, los beneficiarios no podrán acceder a las ayudas de esta convocatoria cuando:

- Cualquier miembro de la unidad de convivencia es titular de otra vivienda en el término municipal de Puigpunyent (o inmueble) o de su derecho de uso o disfrute (salvo excepciones muy concretas).

- Acrediten unos ingresos brutos anuales superiores a 39.000 euros.

 

​​​​​​​6. Manera de acreditar los requisitos y documentación

Junto con la solicitud de ayuda al alquiler, se presentará una declaración responsable relativa al cumplimiento de los requisitos exigidos y declaración responsable de veracidad de datos bancarios,

En el momento que el Ayuntamiento lo requiera, las personas solicitantes deberán aportar la siguiente documentación:

a) En caso de situación legal de desempleo o en situación de expediente de regulación temporal de empleo (ERTE): certificado expedido por la entidad gestora de las prestaciones, en el que figure la cuantía mensual percibida en concepto de prestaciones o subsidios o que es solicitante de esta.

b) En caso de reducción de jornada laboral por motivos de conciliación familiar, laboral o organizativos: certificado de empresa.

c) En caso de cese de actividad de trabajadores por cuenta propia / autónomo: certificado expedido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria en base a la declaración de cese de actividad declarada por el interesado.

d) En el caso de reducción de ingresos de los autónomos del 50%: la última declaración trimestral.

e) Número de personas que habitan en la vivienda habitual: certificado de convivencia.

f) Contrato de alquiler vigente de la vivienda.

g) Vida laboral actualizada.

h) Justificantes y / o recibos del pago de las rentas mensuales del alquiler.

i) Las personas asalariadas ocupadas, las nóminas percibidas en 2020 hasta la fecha de la solicitud.

j) Las personas que trabajen por cuenta propia, las declaraciones trimestrales, hasta la fecha de la solicitud.

La persona solicitante no está obligada a aportar la documentación establecida en las letras a) (si el expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) no está autorizado, se encuentra en tramitación o pendiente de resolución deberá presentar carta de la empresa o certificado de la solicitud de ERTE), c) (excepto la presentación de la última declaración trimestral donde quede reflejada la reducción de los ingresos), d) ye).

La solicitud de la ayuda implicará que la persona que realiza la solicitud autoriza al Ayuntamiento de Puigpunyent obtener la información necesaria para la gestión de las ayudas, salvo que manifieste expresamente su negativa, tal como se establece en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

7. Ámbito temporal

Esta ayuda se concede por un período máximo de seis (6) meses, incluyendo como primera mensualidad del alquiler, la correspondiente al mes de marzo hasta diciembre de 2020. La solicitud será revisable por parte de la Comisión Técnica, cada dos meses , para el control del cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria.

También serán admitidas las solicitudes de ayuda por meses sueltos, si así se solicita, sin que sean necesariamente consecutivos, dentro del mismo período de seis meses.

8. Forma y plazo de presentación de solicitudes

Las solicitudes pueden presentarse a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el BOIB, y hasta los 20 días naturales posteriores al de la publicación.

1. De manera telemática a través del Registro Electrónico Común de la Administración General del Estado, en caso de disponer de certificado digital o DNIe.

2. De manera presencial de lunes a viernes de 9 a 14 horas en el Registro General del Ayuntamiento de Puigpunyent, o en cualquiera de las formas previstas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Tal como establece el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, al tratarse de un procedimiento de concurrencia competitiva los actos administrativos que se generan en la tramitación del mismo serán objeto de publicación, y la misma se llevará a cabo en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Puigpunyent, en la página web municipal y la Base de datos Nacional de Subvenciones.

9. Cuantía de la ayuda

Para un alquiler mensual de la vivienda de hasta un máximo de 1.000 €, la cuantía de la ayuda será de hasta un 40% del alquiler mensual.

Únicamente se proporcionará una ayuda para vivienda o por contrato de alquiler.

En caso de que las solicitudes sean superiores a la cantidad disponible, las cuantías de las subvenciones se repartirán en proporción al número de estas.

​​​​​​​​​​​​​​10. Obligaciones y responsabilidades de los beneficiarios

Sin perjuicio de las obligaciones generales establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, las persona beneficiaria debe cumplir los siguientes requisitos:

a) Domiciliar el pago de la ayuda a alguna entidad financiera o de crédito.

b) Destinar el importe de la subvención a la financiación de la actuación para la que se ha solicitado.

c) Someterse a las actuaciones de comprobación y cualquier actuación de verificación y control financiero de los órganos competentes, y aportar toda la información que le sea requerida.

11. Justificación de la ayuda concedida

Las personas solicitantes de las ayudas deben aportar el recibo o recibos del alquiler correspondiente al mes o meses en los que se ha concedido la ayuda, acreditativo del pago del alquiler, como medio de justificación de la subvención concedida.

La documentación justificativa de los pagos podrá presentarse telemáticamente a través del Registro Electrónico Común de la Administración General del Estado o de manera presencial en el Registro del Ayuntamiento de Puigpunyent. Para ello se dispone de un plazo de 2 meses a contar desde la resolución de la concesión de la ayuda.

12. Compatibilidad de la ayuda con otras subvenciones de alquiler

Es compatible con la ayuda estatal del Real Decreto Ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al Covid-19.

Las ayudas reguladas en estas bases son incompatibles con otras ayudas al alquiler para arrendatarios con recursos económicos escasos que concede el Ayuntamiento de Puigpunyent o cualquier otra administración o entidad pública, para las mismas mensualidades del mismo año. No se consideran afectados por esta incompatibilidad los supuestos excepcionales en que los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Puigpunyent aportan un complemento para el pago del alquiler a beneficiarios en situaciones de vulnerabilidad especial.

13. Control y reintegro

El Ayuntamiento de Puigpunyent podrá comprobar, por los medios que estime más adecuados, el cumplimiento de las obligaciones inherentes al otorgamiento de las ayudas. El incumplimiento de estas obligaciones o la comprobación de la falsedad de los datos aportados y en particular el supuesto de falsedad de las declaraciones responsables presentadas, dará lugar a la posible calificación de los hechos como infracción administrativa y, en caso de que pueda ser constitutivo de un delito de falsedad pública de actuaciones al orden jurisdiccional, lo que supondrá la inmediata devolución de las ayudas concedidas.

14. Protección de datos

La solicitud de ayuda al alquiler implica que la persona interesada autoriza a la Administración para el tratamiento de los datos de carácter personal para la gestión de las ayudas, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, y normas de desarrollo. En concreto los datos de carácter personal se incorporan al fichero "Historia Social Integral" del que es responsable la Unidad de Trabajo Social del Ayuntamiento de Puigpunyent.

15. Plazo de resolución y notificación

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de concesión es de un (1) mes a contar desde la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda. Transcurrido este plazo sin que se haya dictado y notificado resolución expresa, se producirá el silencio administrativo y la solicitud podrá entenderse desestimada.

16. Forma de pago

La liquidación y pago de las ayudas se efectuará una vez verificados el cumplimiento de los requisitos, por el órgano competente del Ayuntamiento de Puigpunyent que llevará a cabo de oficio, todas las actuaciones que considere necesarias para determinar, conocer y comprobar los datos en virtud de los cuales debe pronunciarse la resolución.

 

​​​​​​​El importe de la ayuda se entregará mensualmente después de que se dicte la resolución de concesión.

 

Puigpunyent, 16 de octubre de 2020

El alcalde

Antoni Marí Enseñat

  

ANEXOS

SOLICITUD DE AYUDAS A ALQUILER DE VIVIENDAS CONVOCATORIA EN 2020

DATOS DEL SOLICITANTE

Nombre y apellidos:

DNI / NIE:                                     E-Mail

dirección:

Población:                                      CP:                                          Teléfono:

OTROS MIEMBROS DE LA UNIDAD DE CONVIVENCIA

Nombre Apellidos

DNI / NIE

Relación / parentesco

Fecha de nacimiento

DATOS DEL CONTRATO

Dispone de contrato de Alquiler en vigor?             Sí                No

Núm. titulares del contrato: ... ...

Renta mensual del Alquiler de la vivienda (o la prevista):

Cuenta corriente del arrendatario (INQUILINO) desde el que se paga el alquiler (IBAN de 24 dígitos)

 

ENTIDAD BANCARIA / SUCURSAL

 

IBAN

ENTIDAD

OFICINA

DC

NÚMERO DE COMPTE

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

OTROS DATOS

Familia numerosa:        Sí                 No               Discapacidad:       Sí              No

Víctimas de violencia de género: Sí               No              Desahucio:     Sí                                                     No

SOLICITA

Ayuda al alquiler de vivienda conforme a las Bases y Convocatoria 2020

- Documentación acreditativa de estar al corriente de los obligaciones tributarias con Hacienda.

- Contrato de alquiler en vigor.

- Los justificantes del  pago del alquiler, recibo o si se ha hecho por transferencia, a través de una entidad financiera o de crédito, desde el 1 de enero de 2020 en el caso de contratos en vigor en esa fecha, o si son de vigencia posterior, a partir de ésta, y en ambos casos hasta la última mensualidad vencida.

- Libro de familia.-

Documentación judicial o administrativa que justifique ser víctima de violencia de género, en su caso.

- Copia del IRPF del último ejercicio de todos los miembros de la unidad de convivencia. Las personas que no estén obligadas a presentar la declaración deberán aportar un certificado de imputaciones del IRPF.

- DNI

- Documentación acreditativa de estar al corriente de pago con la Seguridad Social.

- Documentación acreditativa de estar al corriente de pago con el Ayuntamiento de Puigpunyent.

- Certificado del registro de la propiedad sobre titularidad de inmuebles en todo el territorio nacional, de cada uno de los arrendatarios (titulares del contrato de alquiler).

- Certificado de convivencia.

- Resolución del reconocimiento del grado de discapacidad, en su caso.

- Contrato de alquiler.

AUTORIZACIONES PARA CONSULTA DE DATOS PERSONALES

AUTORIZO □ SI □ NO al Ayuntamiento de Puigpunyent que pueda de manera directa, consultar datos y solicitar certificaciones del mismo Ayuntamiento, así como de otras administraciones y organismos públicos necesarios para la gestión de la subvención que se solicita: datos de identidad, de padrón y residencia legal, datos de obligaciones con Hacienda y con la Seguridad Social, de discapacidad, de situación civil y de parentesco respecto de los otros miembros de la unidad de convivencia. La autorización incluye el consentimiento del acceso a los datos de las personas menores o a cargo, que forman parte de la unidad de convivencia.

Puigpunyent, de 202 ...

[Nombre, apellidos y firmas del solicitante y titulares del contrato]

 

[Nombre, apellidos y firmas de los otros miembros de la unidad de convivencia mayores de 18 años]

 

AJUNTAMENT DE PUIGPUNYENT

 

 

​​​​​​​ANEXO 1

DECLARACIÓN RESPONSABLE

Declaramos bajo nuestra responsabilidad que:

• La vivienda se destina a residencia habitual y permanente de todos los miembros de la unidad de convivencia.

• El arrendatario o quien tenga su domicilio habitual y permanente en la vivienda no es propietario o usufructuario de ninguna vivienda o inmueble en Puigpunyent; es titular de una vivienda pero no dispone de ella a causa de separación o divorcio, o no puede habitar por cualquier otra causa ajena a su voluntad, debidamente acreditada, o por traslado obligatorio del domicilio por motivos laborales, siempre que el domicilio esté situado fuera de las Islas Baleares.

• El arrendatario o quien tenga su domicilio habitual y permanente en la vivienda no tiene parentesco en primer o segundo grado de consanguinidad o de afinidad con el arrendador, no es socio o partícipe de la persona física o jurídica que actúa como arrendador, se compromete a cumplir las condiciones y los requisitos que establecen las bases y la convocatoria, los cuales conoce y acepta íntegramente; y sabe que, en caso de falsedad en los datos o la documentación aportada o de ocultación de información, de las que se pueda deducir intención de engaño en beneficio propio o ajeno, se lo puede excluir de este procedimiento y puede ser objeto de sanción. Asimismo, si corresponde, los hechos se pondrán en conocimiento del Ministerio Fiscal por si pueden ser constitutivos de ilícito penal.

• Ninguno de los solicitantes de esta ayuda percibe cualquier otra ayuda al alquiler que puedan conceder otras administraciones públicas.

• Los solicitantes están al corriente de pago de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Puigpunyent.

• No incurro en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones; justificaré dentro del plazo establecido y en la forma que corresponda el cumplimiento de los requisitos y las condiciones que determinaron la concesión de la subvención; destinaré el importe íntegro de la subvención a la financiación de la actuación para la que se ha solicitado; comunicaré al órgano que concede la subvención la modificación de cualquier circunstancia que afecte a alguno de los requisitos que se exigen para conceder la subvención; me someteré a las actuaciones de comprobación y cualquier actuación de verificación y control financiero de los órganos competentes y aportaré toda la información que requiera.

Puigpunyent, de 202 ...

[Nombre, apellidos y firmas del solicitante y titulares del contrato]

 

[Nombre, apellidos y firmas de los otros miembros de la unidad de convivencia mayores de 18 años]

 

AJUNTAMENT DE PUIGPUNYENT

 

 

​​​​​​​ANEXO 2 MODELO COMUNICACIÓN PERCEPTOR / ES DE LA SUBVENCIÓN

(Cumplimentarán el modelo los titulares del contrato y los solicitantes de la subvención)

1- El Sr./Sra……………………………………………………amb DNI / NIE / Otros…...…….

Con domicilio en………………………………………..Nº………………… de………………..

Núm. de teléfono…………… y correo electrónico………………………………………………

2- El Sr./Sra……………………………………………………amb DNI / NIE / Otros…...…….

Con domicilio en………………………………………..Nº………………… de………………..

Núm. de teléfono…………… y correo electrónico………………………………………………

3- El Sr./Sra……………………………………………………amb DNI / NIE / Otros…...…….

Con domicilio en………………………………………..Nº………………… de………………..

Núm. de teléfono…………… y correo electrónico………………………………………………

4- El Sr./Sra……………………………………………………amb DNI / NIE / Otros…...…….

Con domicilio en………………………………………..Nº………………… de………………..

Núm. de teléfono…………… y correo electrónico………………………………………………

Expongo:

Que a efectos de poder participar en la convocatoria de Ayudas al Alquiler 2020 del Ayuntamiento de Puigpunyent

Hago constar:

Que la totalidad de la ayuda (100%) sea satisfecha en el núm. de cuenta corriente:

ENTIDAD BANCARIA / SUCURSAL

 

IBAN

ENTIDAD

OFICINA

DC

NÚMERO DE COPMTE

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Puigpunyent, …….........  de …………………….de 202 ...

[Firma del declarante (1)] [Firma del declarante (2)] [Firma del declarante (3)] [Firma del declarante (4)]

 

AJUNTAMENT DE PUIGPUNYENT

   

 

​​​​​​​ANEXO 3 MODELO ACREDITACIÓN DE CUENTA BANCARIA

DATOS PERSONALES:

NIF:

APELLIDOS Y NOMBRE::

CÓDIGO POSTAL:                       POBLACIÓN:

TELÉFONO:                                 E-mail:

DATOS BANCARIOS

 

ENTIDAD BANCARIA / SUCURSAL

 

IBAN

ENTIDAD

OFICINA

DC

NÚMERO DE COPMTE

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Puigpunyent, ….de…………………. de  202 ...

Firma del interesado / a

DILIGENCIA DE CONFORMIDAD DE LA ENTIDAD BANCARIA

Los datos anteriores coinciden con los que constan en esta oficina

El Director,

Firmado y sellado