Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE ANDRATX
Núm. 9911
Aprobación definitiva MC 09/2020
Visto que en fecha 30 de julio se aprobó inicialmente la modificación de créditos 09/2020, cuyo anuncio se publicó en fecha 15/08/2020 en el BOIB.
Visto que no habiendose presentado alegaciones el expediente se considera definitivamente aprobado, lo que se publica al efecto del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, de conformidad con el texto íntegro publicado con la aprobación inicial.
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo que se dispone en el artículo 71 del Real decreto Legislatiu 2/2004, de 5 de març, los interesados podran interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la mencionada Jurisdicción.
Sin perjuicio de lo anterior, según lo fijado en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición del mencionado recurso no suspenderá por sí misma la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Andratx, 16 de octubre de 2020
El alcalde Joan Manera Jaume