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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 9834
Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 13 de octubre de 2020 por la que se efectúa una corrección de errores de la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 25 de septiembre de 2020 por la cual se nombra personal estatutario fijo y se adjudican plazas a las personas que han superado el concurso-oposición para cubrir plazas vacantes de la categoría de médico/médica de familia en equipos de atención primaria dependientes del Servicio de Salud de las Islas Baleares, convocado mediante la Resolución de 24 de mayo de 2018 (BOIB núm. 65, de 26/05/2018)

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Texto

Hechos

  1. Por medio de la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 24 de mayo de 2018 (BOIB núm. 65, de 26/05/2018; correcciones de errores en el BOIB núm. 133, de 25/10/2018; en el BOIB núm. 43, de 4/04/2019, y en el BOIB núm. 82, de 20/06/2019), se convocó un concurso-oposición para cubrir plazas vacantes de la categoría médico/médica de familia en equipos de atención primaria dependientes del Servicio de Salud de las Islas Baleares.

  1. Por medio de la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 25 de septiembre de 2020 (BOIB núm. 167, de 29/09/2020) se nombró personal estatutario fijo y se adjudicaron plazas a las personas que habían superado el concurso oposición para cubrir places vacantes de la categoría de médico/médica de familia en equipos de atención primaria.

  1. Se ha advertido un error en las listas publicadas en los anexos de la resolución citada en punto 2 anterior, motivo por el que es procedente hacer una corrección.

Fundamentos de derecho

  1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que las administraciones públicas pueden rectificar, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesado, los errores material, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

  1. El artículo 56.1 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, establece que la revocación de los actos de gravamen o desfavorables y la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actas y disposiciones administrativas corresponde al órgano que haya dictado el acto o la disposición.

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

  1. Rectificar los errores advertidos en los anexos 1 y 2 de la Resolución por la cual se nombra personal estatutario fijo y se adjudican plazas de la categoría de médico/médica de familia en equipos de atención primaria a las personas que han superado el concurso oposición en los términos siguientes:

Donde dice “García Fernández, Noelia” tiene que decir “García Fernández, Noela”.

  1. Publicar esta resolución en Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Palma, 13 de octubre de 2020

El director general

Julio Miguel Fuster Culebras

Por delegación de la consejera de Administraciones Públicas y Modernización

(BOIB núm 100, de 20/07/2019)