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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

PLENO, COMISIÓN DE GOBIERNO, CONSEJO EJECUTIVO Y PRESIDENCIA

Núm. 9753
Acuerdo de aprobación definitiva del expediente número PP01/2020 de cambio de denominación de una aplicación de gastos del Presupuesto propio del Consejo de Mallorca para el ejercicio 2020

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Texto

Aprobado inicialmente, en sesión ordinaria del Pleno de esta corporación que tuvo lugar el día 10 de septiembre de 2020 y transcurrido el plazo de exposición al público sin que se haya formulado ninguna reclamación, queda definitivamente aprobado el expediente n.º PP01/2020 de cambio de denominación de una aplicación del Presupuesto propio del Consejo de Mallorca para el ejercicio 2020, que seguidamente se transcribe:

De acuerdo a  la solicitud del Departamento de Cultura, Patrimonio y Política Lingüística, con registro de entrada en la Dirección Insular de Hacienda y Presupuesto n.º 11.559 de día 3 de septiembre de 2020, de cambio de denominación de la aplicación 20.33430.78902, Aportación Fundación Teatro Principal Inca p/abres, de acuerdo con la petición y la memoria explicativa del Departamento de Cultura, Patrimonio y Política Lingüística, al objeto de modificar la denominación de la aplicación que consta en el presupuesto 2020, sin hacer ningún cambio en su dotación presupuestaria,

En el mismo sentido ha sido modificado día 26 de agosto de 2020 el Plan estratégico de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca, respecto al error en la denominación de la aplicación presupuestaria de la subvención nominativa a favor de la Fundación Teatro Principal de Inca.

Viste que la Intervención General de este Consejo Insular ha emitido el dictamen preceptivo, y de acuerdo con aquello que se prevé en la base n.º 33 de las de ejecución del Presupuesto General para el ejercicio corriente, el consejero de Hacienda y Función Pública propone al Pleno de la Corporación que adopte la siguiente

PROPUESTA DE ACUERDO:

PRIMERO.- Que se modifique la denominación de la aplicación de gastos 20.33430.78902 del presupuesto propio del Consejo de Mallorca, en el sentido de

Donde dice:

20.33430.78902 Aportación Fundación Teatro Principal Inca p/abres.

Tiene que decir:

20.33430.78902 Subvención nominativa a la Fundación Teatro Principal Inca por obras.

SEGUNDO.-Este acuerdo aprobatorio será considerado definitivo si no se producen reclamaciones en contra durante el plazo de exposición pública, y entrará en vigor, una vez se haya cumplido el que dispone el artículo 112.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las bases del régimen local, y también el artículo 169 del Texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, aprobado por el RDLEG 2/2004, de 5 de marzo.”

Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, los interesados legitimados a que se refiere el artículo 170.1 del Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, pueden interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de la publicación de este acuerdo. Todo esto en conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. No obstante lo anterior, pueden ejercitar, si procede, cualquier otro recurso que consideren pertinente.

  

Palma 9 de octubre de 2020

El consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública

Josep Lluís Colom Martínez