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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 9746
Modificación de la Convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de Ibiza para el año 2020 (BOIB nº 80, 12/05/2020), y en concreto, respecto de la linea de ayudas a los ayuntamientos para las actuaciones de mantenimiento y mejora de caminos rurales.

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Texto

En fecha 9 de octubre de 2020, el Consejo Ejecutivo del Consell Insular d'Eivissa, aprobó por unanimidad de los miembros presentes la modificación de la Convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de Ibiza para el año 2020 (BOIB nº 80, 12/05/2020), y en concreto, respecto de la linea de ayudas a los ayuntamientos para actuaciones de mantenimiento y mejora en los caminos rurales. Así, en el punto 6 de ésta linea referente al pago anticipado de las actuaciones objeto de concesión, y al punto 10, de justificación y pago, donde dice:

«.../...

6. Régimen de las ayudas

La concesión de las subvenciones se llevará a cabo mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva.

Las ayudas que se puedan conceder a los ayuntamientos de Ibiza son de hasta un 75 % del coste de las actuaciones subvencionadas hasta un máximo de 120.000 € por beneficiario…/...».

Deberá decir:

«.../...

6. Régimen de las ajudas

La concesión de las subvenciones se llevará a cabo mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva.

Las ayudas que se puedan conceder a los ayuntamientos de Ibiza son de hasta un 75 % del coste de las actuaciones subvencionadas hasta un máximo de 120.000 € por beneficiario.

Los ayuntamientos de la isla de Ibiza podrán sol·licitar el pago anticipado de las actuaciones objeto de concesión y hasta un 100% del importe concedido, lo que se deberá sol·licitar expresamente antes del 15 de noviembre de 2020…/...».

Y en el punto 10, donde dice:

«.../...

10. Justificación y pago

La justificación se ajustará a la cantidad subvencionada y respetando el porcentaje de ayuda, por lo que la cantidad justificada podría ser menor al presupuesto presentado junto con la memoria, si esta disminución no influye en el cumplimiento de la actuación subvencionada.

Las diferentes actuaciones objeto de subvención presentadas por un solicitante en una misma linea de ayuda se considerarán independientes, tanto para su valoración como por la cuantía de la ayuda a percibir, sin que se pueda hacer una transferencia entre las actuaciones dentro de una misma sol·licitud.

El ayuntamiento justificará las actuaciones mediante un informe de Intervención, certificado emitido por la Secretaría del Ayuntamiento, que debe incluir toda la documentación relativa a las actuaciones llevadas a cabo, así como todos los gastos; se podrá sol·licitar cualquier otra documentación u informes que se consideren adecuados…/...».

 

Deberá decir:

«.../...

10. Justificació i pagament

La justificación se ajustará a la cantidad subvencionada y respetando el porcentaje de ayuda, por lo que la cantidad justificada podría ser menor al presupuesto presentado junto con la memoria, si esta disminución no influye en el cumplimiento de la actuación subvencionada.

Las diferentes actuaciones objeto de subvención presentadas por un solicitante en una misma linea de ayuda se considerarán independientes, tanto para su valoración como por la cuantía de la ayuda a percibir, sin que se pueda hacer una transferencia entre las actuaciones dentro de una misma sol·licitud.

El ayuntamiento justificará las actuaciones mediante un informe de Intervención, certificado emitido por la Secretaría del Ayuntamiento, que debe incluir toda la documentación relativa a las actuaciones llevadas a cabo, así como todos los gastos; se podrá sol·licitar cualquier otra documentación u informes que se consideren adecuados

En el caso de que el ayuntamiento haya solicitado el pago anticipado de la subvención concedida, la justificación de las actuaciones se realizará dentro del plazo de 3 meses a contar desde el cobro efectivo del importe de la subvención y, en todo caso, antes del 1 de marzo de 2021…/...».

 

Ibiza, 14 de octubre de 2020

La técnica de administración General Mª José Cardona Muñoz