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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD E INVESTIGACIÓN

Núm. 9734
Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 9 de octubre de 2020, a propuesta de la directora general de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa, por la que se pone fin al procedimiento derivado de la convocatoria, de carácter excepcional, de ayudas a la red educativa complementaria a la red de escoletes públicas de las Illes Balears para el sostenimiento de los centros privados de primer ciclo de educación infantil que la constituyen correspondientes a 2020

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Texto

En fecha 9 de octubre de 2020, la directora general de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa ha formulado la propuesta de resolución siguiente:

Hechos

1. El consejero de Educación, Universidad e Investigación convocó, con carácter excepcional, ayudas a la red educativa complementaria a la red de escoletes públicas de las Illes Balears para el sostenimiento de los centros privados de primer ciclo de educación infantil que la constituyen correspondientes a 2020 mediante la Resolución de 15 de mayo de 2020 (BOIB núm. 97, de 30 de mayo de 2020).

2. La Dirección General de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa, a través del Instituto para la Educación de la Primera Infancia como órgano instructor del procedimiento, examinó las solicitudes e hizo los requerimientos de documentación pertinentes a las entidades para poder valorar las peticiones de acuerdo con el baremo.

3. La Comisión Evaluadora se reunió el día 6 de agosto de 2020 para examinar, valorar e informar sobre las solicitudes, así como para valorar la propuesta de resolución de concesión, según consta en el acta de sesión extendida el mismo día.

4. El 24 de agosto de 2020, la directora general de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa emitió la propuesta de resolución de concesión de las ayudas citadas para el año 2020, contra la que no se ha presentado ninguna alegación.

5. Tal como se indica en el punto primero de las bases de la convocatoria, el remanente de la partida se debe repartir entre las unidades correspondientes de aquellos centros que puedan justificar la apertura y oferta de servicios educativos en fecha 1 de julio. Todos los titulares de las entidades solicitantes han certificado dicha apertura. Por ello, se ha incrementado el importe para el sostenimiento de las escuelas infantiles privadas de primer ciclo de la red complementaria a 3.500 €.

6. Los diferentes expedientes de concesión se fiscalizaron con conformidad.

7. Una vez validados por Intervención Delegada, se pone fin al procedimiento derivado de la convocatoria de ayudas a la red complementaria de las Illes Balears, de acuerdo con el apartado 3 del punto undécimo de las bases de esta convocatoria (BOIB núm. 97, de 30 de mayo de 2020). El apartado 3 del punto séptimo de la convocatoria establece que las notificaciones se deben tramitar de acuerdo con el artículo 10 de la Orden de la consejera de Educación y Cultura de 1 de julio de 2009 (BOIB núm. 100, de 11 de julio de 2009).

Fundamentos de derecho

1. El Texto refundido de la Ley de subvenciones aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).

2. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de despliegue de determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 122, de 2 de septiembre de 2004).

3. La Orden de la consejera de Educación y Cultura de 1 de julio de 2009 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura (BOIB núm. 100, de 11 de julio de 2009).

4. La Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 15 de mayo de 2020 por la que se convocan, con carácter excepcional, las ayudas a la red educativa complementaria a la red de escoletes públicas de las Illes Balears para el sostenimiento de los centros privados de primer ciclo de educación infantil que la constituyen correspondientes a 2020 (BOIB núm. 97, de 30 de mayo de 2020).

Propuesta de resolución

Propongo al consejero de Educación, Universidad e Investigación que dicte una resolución en los términos siguientes:

1. .Poner fin al procedimiento de concesión de las ayudas para el sostenimiento de las escuelas infantiles privadas de la red complementaria. Los importes concedidos figuran en el anexo 1.

2. .Declarar la no admisión o la denegación de las solicitudes de ayuda que figuran en el anexo 2, junto con la indicación de los motivos de la no admisión o denegación.

3. .Condicionar la concesión de las ayudas a que hacen referencia los puntos anteriores al cumplimiento efectivo de las obligaciones asumidas por las entidades beneficiarias, de acuerdo con las bases de la convocatoria y la normativa reguladora de las ayudas y subvenciones públicas.

4. .Notificar esta Resolución a las entidades solicitantes mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar resolución en los mismos términos.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación, Universidad e Investigación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución, de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

   

Palma, 9 de octubre de 2020

El consejero de Educación, Universidad e Investigación

Martí X. March i Cerdà

 

La directora general proponente

Amanda Fernández Rubí

  

ANEXO 1

Listado de ayudas concedidas con cuantía asignada

 

Entidad solicitante

NIF

Unidades concedidas

Cuantía asignada

Noralba Cardona Cabrera

45695264Z

2

7.000,00 €

Baberitos Kids, SL

B16641508

6

21.000,00 €

Babyland Ibiza CB

E57917783

5

17.500,00 €

Paula Analia Ezpeleta Maugeri

49413924B

2

7.000,00 €

Escoleta Blaucel SL

B57473811

3

10.500,00 €

Centre d'educació infantil Corrillos, SL

B57965147

4

14.000,00 €

Andrea Nicolau Fiol

43135975G

5

17.500,00 €

Paz Izquierdo y JC Mari SC

J57679821

5

17.500,00 €

Justo Luis Funes González

21419170Y

2

7.000,00 €

Escola Nova Es Fasser, SLU

B57023707

2

7.000,00 €

Escoleta Gianni Rodari S Coop

F07331143

3

10.500,00 €

Centre d'Educació infantil Hobbiton, SLU

B57398000

3

10.500,00 €

Joliver Associats, CB

E16614067

3

10.500,00 €

Hermanas de la Caridad de San Vicente de Paúl

R0700009D

3

10.500,00 €

Escuela Infantil La Vall SLU

B16629867

3

10.500,00 €

Escuela Infantil Popeye SL

B07719776

6

21.000,00 €

Rosario Dorador López

41452617Q

4

14.000,00 €

Proyectos Josinga SL

B07792633

4

14.000,00 €

M. Dolores Galán Rodríguez

43086684W

3

10.500,00 €

Escoleta Mondaura CB

E57151466

3

10.500,00 €

Guardería Petits, SL

B57354862

4

14.000,00 €

Es Ferreret Besso SL

B57688251

4

14.000,00 €

Centre d'educació infantil Plou i Fa Sol, SL

B57874323

3

10.500,00 €

CEI Poporiol CB

E57389454

2

7.000,00 €

CEI Rintintin CB

E16640633

3

10.500,00 €

Escola d'Infants Ropit SL

B07610256

3

10.500,00 €

Francisca Estrany Vallespir

42991591Z

2

7.000,00 €

CEI Sa Miloca

E16609281

3

10.500,00 €

Coop. d'Ensenyament Es Lladoner

F07746423

4

14.000,00 €

S'Estel de la Missió, SL

B57687261

5

17.500,00 €

Siervas de Jesús de la Caridad

R0700094F

6

21.000,00 €

Susana Garau Raja

43130316.ª

2

7.000,00 €

Teringa LLU & MI SL

B57978421

4

14.000,00 €

Fundación Pia Autónoma Xipell

G57518607

4

14.000,00 €

   

ANEXO 2

Solicitudes no admitidas

 

Solicitante

NIF

Motivo exclusión

Ana Belén Martín Martín-Luengo

43059179M

No cumple los requisitos de la convocatoria

D'Arrel Campos, SL

B57481897

No cumple los requisitos de la convocatoria

Grupo Pekes Mallorca SL

B57509267

No cumple los requisitos de la convocatoria