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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE CIUTADELLA

Núm. 9660
Resolución del Ajuntament de Ciutadella de Menorca, referente a la rectificación de las bases de la segunda convocatoria aprobadas para la concesión de ayudas económicas para la activación y la mejora de la cualidad comercial, destinadas a los establecimientos de actividades no esenciales, afectadas por el Real Decreto 463/2020, de 14 de maro, publicadas en el BOIB núm. 167 , de 29 de setiembre de 2020

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Texto

RESOLUCIÓN DEL ÀREA SOCIOEDUCATIVA I DE DINAMITZACIÓ ECONÒMICA

Dadas las bases y la segunda convocatoria aprobadas para la concesión de ayudas económicas para la activación y la mejora de la calidad comercial, destinadas a los establecimientos de actividades no esenciales, afectados por el Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el cual se declara el estado de alarma Covid-19 y publicadas en el BOIB n.º 167, de 29 de septiembre de 2020;

Dado que la finalidad de estas ayudas es aportar recursos económicos a las personas titulares de los establecimientos de actividades no esenciales que no han podido llevar a cabo su actividad, para contribuir a la reactivación de las empresas, al mantenimiento del tejido comercial y empresarial de Ciutadella, y al impulso de la promoción y la dinamización del sector;

Dado el informe técnico emitido al respeto en fecha del 7 de octubre de 2020, del cual se desprende que es conveniente la inclusión de algunas actividades empresariales y profesionales en la relación de Nuevos grupos y Epígrafes respecto a la primera convocatoria, aprobados en las bases;

RESUELVO

Primero. Rectificar el apartado b) del punto 3 de las bases y segunda convocatoria que rigen la concesión de ayudas económicas para la activación y la mejora de la calidad comercial, destinados a los establecimientos de actividades no esenciales que no han podido llevar a cabo su actividad, en el que se deben incluir algunas actividades empresariales y profesionales en la relación de Nuevos grupos y Epígrafes respecto a la primera convocatoria, quedando redactado de la siguiente manera:

b) Estar de alta en el IAE, anual o temporal, en alguno de los epígrafes siguientes:

Agrupación 64 y 65. Comercio al por menor, excepto las excepciones que figuran en el artículo 10.1 del Real decreto 463/2020, de 14 de marzo.

Grupo 671. Servicios de alimentación en restaurantes.

Grupo 672. Servicios de alimentación en cafeterías.

Grupo 673. Servicios de alimentación en cafés, bares con comida y sin.

Grupo 676 Chocolaterías, heladerías y horchaterías.

Grupo 887. Servicios de maquilladores y esteticistas.

Grupo 972. Peluquerías y salones de belleza.

NUEVOS GRUPOS Y EPÍGRAFES RESPECTO A LA PRIMERA CONVOCATORIA

Grupo 455. Confección de otros artículos con materias textiles

Epígrafe 615.6 Galerías de arte

Epígrafe 755.2 Servicio al público de agencias de viajes

Epígrafe 933.1 Enseñanza de conducción de vehículos

Epígrafe 933.9 Otras actividades de enseñanza 2

Grupo 944. Servicios de naturopatía, acupuntura, parasanitarios

Epígrafe 967.1 Instalaciones deportivas

Epígrafe 967.2 Escuelas y servicios de perfeccionamiento del deporte

Epígrafe 971.3 Zurcido y reparación de ropas

Grupo 836. Ajud. tec. sanitarios y fisioterapeutas

Grupo 839. Masajistas, dietistas y auxiliares de enfermería

Agrupación 93 Educación e investigación

Epígrafe 973.1 Servicios fotográficos y fotocopias

Agrupación 82 Enseñanza

Grupo 841 Acupuntores, naturópatas y otros

Segundo. Publicar esta rectificación en la web municipal, el tablón de edictos y en el BOIB, para dar la suficiente publicidad.

Tercero. Ratificar la presente resolución por la Junta de Govern.

 

Ciutdella de Menorca, 8 de octubre de 2020

La regidora delegada Maria Alexandra Moll Taltavull La secretaria Caterina Barceló Martí