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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD E INVESTIGACIÓN

Núm. 9441
Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 1 de octubre de 2020 por la que se suspenden, durante el curso 2020-2021, las pruebas de evaluación de diagnóstico dirigidas a los alumnos de segundo curso de educación secundaria obligatoria en los centros docentes no universitarios de las Islas Baleares que imparten estas enseñanzas

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Texto

La Resolución del Consejero de Educación, Universidad e Investigación de 21 de noviembre de 2019 (BOIB núm.160, de 26 de noviembre) estableció la realización de las pruebas de evaluación de diagnóstico del curso 2019-2020 los alumnos de segundo curso de educación secundaria obligatoria en los centros docentes no universitarios de las Islas Baleares que imparten estas enseñanzas. Posteriormente, ante la declaración del estado de alarma, una Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación del 7 de abril de 2020 (BOIB núm. 56, de 14 de abril), suspendía su realización y posponía su aplicación hasta el curso actual.

Por otra parte, el Real Decreto-ley 31/2020, de 29 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito de la educación no universitaria, entre las adoptadas, establece, en su artículo 7, que a partir del curso 2020-2021 se suspenden indefinidamente las evaluaciones de final de etapa de educación primaria y de educación secundaria obligatoria, previstas en los artículos 21 y 29 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, y en los artículos 2 y 3 del Real Decreto-ley 5/2016, de 9 de diciembre, de medidas urgentes para la ampliación del calendario de implantación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.

La pandemia mundial derivada de la Covid-19, declarada por la Organización Mundial de la Salud el día 11 de marzo de 2020, continúa incidiendo sobre el sistema educativo hasta exigir de la administración educativa la adopción de medidas excepcionales.

Por esta razón, se estima oportuno suspender nuevamente, durante el presente curso escolar, la realización de la evaluación de diagnóstico dirigida a los alumnos de segundo curso de educación secundaria obligatoria que se menciona en el primer párrafo de esta Resolución.

Por todo ello y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley 1/2019, de 31 de enero, del Gobierno de las Islas Baleares (BOIB núm. 15, de 2 de febrero) y a propuesta del director general de Planificación, Ordenación y Centros, dicto la siguiente

 

RESOLUCIÓN

Primero

Suspender definitivamente la aplicación de las pruebas convocadas por la Resolución del Consejero de Educación, Universidad e Investigación de 21 de noviembre de 2019 (BOIB núm.160, de 26 de noviembre de 2019) a los alumnos de segundo de educación secundaria obligatoria de la comunidad autónoma de las Islas Baleares y, posteriormente, pospuestas hasta el curso actual por la Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 7 de abril de 2020 (BOIB núm. 56, de 14 de abril).

Segundo

Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer potestativamente un recurso de reposición ante el consejero de Educación, Universidad e Investigación en el plazo de un mes desde el día siguiente de haberse publicado en el BOIB, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

 

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses desde el día siguiente de haberse publicado, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, 1 de octubre de 2020

El consejero de Educación, Universidad e Investigación Martí X. March Cerdà