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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FUNDACIÓN BALEAR DE INNOVACIÓN Y TECNOLOGIA (FUNDACIÓN BIT)

Núm. 9355
Bases específicas que regirán el proceso selectivo para constituir una bolsa para cubrir con carácter de interinidad en lugar vacante o de interinidad, puestos de trabajo de la categoría de Gestor Call Center (GEST01-20)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Primera.- La selección se regirá por las indicaciones recogidas en la presente convocatoria y en la normativa de aplicación.

Segunda.- Se ofrece un contrato de interinidad o de interinidad en lugar vacante, grupo de clasificación D, con una jornada completa de 37,5 horas semanales para prestar servicios en el Call Center de la Fundación Bit, situado dentro del ParcBit de Palma.

La jornada se distribuye en dos posibles turnos. Uno entre las 08:00 y las 16:00 horas de lunes a viernes y otro entre las 12:00h y las 20:00 horas de lunes a viernes. En cualquiera de los turnos, los sábados, cuando toque por rotación, entre las 9:00h y las 14:00h.

Se ofrece una remuneración bruta anual de 16.390,36.-€ distribuido en doce pagas.

Tercera.- El proceso de selección se realizará mediante una oferta de ocupación pública con la publicación en el BOIB y los candidatos/as se tendrán que cumplir los siguientes requisitos:

  • Nacionalidad española o alguna otra de acuerdo con el artículo 57 de la E.B.E.P.
  • Tener 16 años de edad cumplidos y no haber llegado a la edad de jubilación forzosa.
  • No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier administración pública, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas; ni encontrarse inhabilitado de forma absoluta o especial para ocupaciones o cargos públicos por resolución judicial, para ejercer funciones similares a las que cumplían, en el supuesto de que hubieran sido separados, inhabilitados o despedidos disciplinariamente. En el caso de ser de nacionalidad de otro Estado, no encontrarse inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado y en los mismos términos, al acceso a un puesto de trabajo en una entidad del sector público instrumental del Gobierno de las Islas Baleares.
  • Tener las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el ejercicio de las funciones de la categoría laboral en que se incluye el lugar de trabajo.
  • Titulación de graduado en educación secundaria, graduado escolar, técnico de grado medio correspondiendo a ciclos formativos de grado medio, técnico especialista correspondiente a formación profesional de primer grado, o un título equivalente o formación laboral equivalente.
  • Conocimientos de catalán, nivel mínimo B1.

Cuarta.- El proceso de selección se realizará por una Comisión de Selección:

Presidente: Nieves Cañellas Rotger (titular) Jefa de área Call Center; Mar Casas Saenz (suplente) Coordinadora Call Center.

Vocal 1: Lis Castro Morey (titular) Coordinadora Call Center; Eugenia Ortiz Mateu (suplente) Supervisora Call Center

Vocal 2: Rosa María Aparicio López (titular) Responsable servicios Call Center; Cristina Sanz Amo (suplente) Responsable Servicios Call Center.

Secretaria: Sonia Plaza García (titular)Técnico Recursos Humanos; Raquel Díaz Martín (suplente) Responsable Recursos Humanos.

Fase 1

Los aspirantes tendrán que aportar la documentación justificativa (original y fotocopia) en las oficinas de la Fundación Bit, calle Laura Bassi, s/n-Centro Empresarial Son Espanyol, ParcBit, en el horario de 09:00h a 13:00h, todo esto sin perjuicio de hacerlo en cualquiera de las formas previstas a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

a. Solicitud de participación en el proceso (a disposición en la web de la Fundación Bit: https://www.fundaciobit.org/ y en las oficinas de la entidad).

b. Fotocopia del D.N.I. o en el caso de no tener la nacionalidad española, documento acreditativo de la personalidad (N.I.E. o tarjeta de residencia).

c. Curriculum vitae.

d. Certificación de la titulación de graduado en educación secundaria, graduado escolar, técnico de grado medio correspondiendo a ciclos formativos de grado medio, técnico especialista correspondiente a formación profesional de primer grado, o un título equivalente o formación laboral equivalente.

e. Nivel B1 de catalán. Se tiene que aportar certificado oficial expedido por la Escuela Balear de Administración Pública o expedido u homologado por la Dirección General de Cultura y Juventud de la Consellería de Educación, Cultura y Universidad.

Las personas interesadas al participar a la convocatoria disponen de 15 días naturales para presentar la solicitud, contados a partir del día siguiente de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Finalizado el plazo para presentar las solicitudes, se publicará una lista provisional de admitidos y excluidos con un plazo de 7 días naturales para enmendar las posibles omisiones y/o deficiencias.

El Gerente de la entidad emitirá resolución con la lista definitiva de admitidos y empezará la siguiente fase.

Fase 2

La selección consistirá en una valoración de méritos y en la realización de una entrevista.

La baremación se realizará de la siguiente manera:

1. Experiencia en trabajos como gestor telefónico o como teleoperador. Medio punto por cada 6 meses de         trabajo. Máximo de 4 puntos.

2. Experiencia en trabajos de atención al público. Medio punto por cada 6 meses de trabajo. Máximo de     2,5 puntos.

3. Experiencia en trabajos administrativos. Medio punto por cada 12 meses de trabajo. Máximo de 1,5 puntos.

4. Conocimientos de catalán. Medio punto por un B2 y medio punto por un C1. Máximo de 1 punto.

5. Entrevista personal telefónica. Máximo de 1 punto.

La experiencia laboral se justificará con un informe de vida laboral y el contrato de trabajo o certificado con indicación de la categoría laboral y las funciones realizadas.

Los conocimientos de catalán se acreditarán mediante certificado, título, diploma o equivalente, expedido u homologado por el órgano competente en materia lingüística del Gobierno de las Islas Baleares o equivalente.

Concluida la valoración de los méritos, la comisión de selección elaborará una lista provisional con las puntuaciones que han obtenido los aspirantes, con indicación del número del documento nacional de identidad y se abrirá un plazo de siete días naturales, desde el día siguiente de la publicación de la lista, para la presentación de alegaciones.

La comisión de selección, los dos días hábiles después, valorará las alegaciones y elaborará las listas definitivas que se elevarán al Gerente para la resolución definitiva del proceso.

En el supuesto de que varios candidatos obtengan la misma puntuación, el criterio para establecer la orden de prelación de la puntuación final, será el siguiente:

1. Puntuación de la experiencia laboral como gestor telefónico o teleoperador.

2. Puntuación de la entrevista.

Se conformará entonces una bolsa que se ordenará en función de la puntuación obtenida en el proceso.

Se prevé una cuota de reserva para personas con discapacidad del 7%.

Las personas que conformen la bolsa de trabajo tendrán que realizar un curso específico de atención telefónica que se tendrá que superar con la condición de apto. El curso tendrá una duración de 20 horas con el siguiente temario:

  • Atención telefónica (4 horas)
  • Aplicaciones de telefonía. Millenium (4 horas)
  • Aplicaciones de los servicios. BITCita (4 horas)
  • Protocolos de los servicios. Multiserveis (4 horas)
  • Prácticas (4 horas).

La formación tendrá lugar a las instalaciones del ParcBit en grupos con un máximo de 10 personas. Después de su finalización se publicará la lista con la condición de apto/no apto.

Cuando se produzca una vacante en la categoría se ofrecerá el puesto de trabajo a la primera persona de la lista. Las citaciones se realizarán vía telefónica. Si en 48 horas no se consigue localizar al candidato se pasará a la persona siguiente por estricto orden de prelación.

Son causas de no exclusión de la bolsa de trabajo:

a) Estar en periodo de gestación, de maternidad o de paternidad, adopción o acogida permanente o pre-adoptivo, incluyendo el periodo en qué sea procedente la concesión de excedencia para cura de hijos e hijas por cualquier de los supuestos anteriores.

b) Prestar servicios en un lugar de la relación de puestos de trabajo de la Administración del Estado, de la Administración de la CAIB o de cualquier ente del sector público de acuerdo con la delimitación que hace el artículo 2 de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la CAIB.

c) Sufrir enfermedad o incapacidad temporal.

d) Que el puesto de trabajo que se tenga que ocupar por interinidad no asegure un contrato laboral superior a los seis meses de duración.

Estas circunstancias tendrán que justificarse adecuadamente para que conste su situación de no disponibilidad que se mantendrá hasta que el interesado manifieste por escrito (en un plazo no superior a diez días) el cambio en su situación. La falta de comunicación en el plazo establecido determina pasar en el último lugar de la lista.

Cuando una persona seleccionada mediante este sistema de bolsa cese en el puesto de trabajo, salvo que sea por renuncia voluntaria, se reincorporará nuevamente a la bolsa de trabajo con el mismo orden de prelación que tenía.

Los integrantes de la bolsa de trabajo pueden renunciar en cualquier momento a formar parte de la bolsa. Para renunciar tendrán que remitir escrito al departamento de Recursos Humanos de la Fundación Bit manifestando claramente la intención de no formar parte de la bolsa. La bolsa tiene una vigencia máxima de tres años desde que se publica en el B.O.I.B.

Toda la información del proceso de selección (listas provisionales, definitivas...) se publicarán a través de la web de la Fundación Bit https://www.fundaciobit.org/ y en las oficinas de la Fundación Bit en el ParcBit.

La orden jurisdiccional social es el competente para resolver las controversias derivadas de estas bases, de acuerdo con la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, sin que se pueda interponer ningún recurso en vía administrativa ni ninguna reclamación previa a la vía judicial social, sin perjuicio que se pueda presentar una reclamación ante el órgano que dicta estas bases.

Los criterios selectivos han sido aprobados por el Gerente de la Fundación Bit.

 

Palma, 14 de septiembre de 2020

El gerente Álvaro Medina Ballester