Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE LLOSETA

Núm. 9346
Aprobación modificación de las dedicaciones a regidores

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Se hace saber por el general conocimiento que al Pleno ordinario de día 30-09-2020, se aprobó la modificación de las dedicaciones a concejales de conformidad con la siguiente propuesta:

"Expediente núm .: 502 / 2019.- Propuesta de Batlia.- Procedimiento: Cargos Públicos (Nombramiento o Cese)

PROPUESTA DE ALCALDIA

Xema Muñoz Pérez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Lloseta, de conformidad con los límites del régimen retributivo de los miembros de las corporaciones locales dispuesto en los artículos 75, 75 bis y ter de la Ley 7/85, de 2 de abril , de Bases del Régimen Local y lo dispuesto en la Disposición adicional trigésima quinta de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, el pleno de la Corporación

PROPONGO

PRIMERO.- Fijar las retribuciones de los miembros de la corporación para 2020:

1º.- La 1er Teniente de Alcalde, del grupo Municipal PSIB tendrá una dedicación parcial del 50% con una retribución de 1.700 euros brutos mensuales x 14 pagas (única y exclusiva asignación como miembro de la Corporación).

2º.- La concejala Francisca Campins Fernández, del grupo municipal PSIB Lloseta, tendrá una dedicación del 30% con una retribución de 950 euros brutos mensuales x 14 pagas (única y exclusiva asignación como miembro de la Corporación).

3º.- Por asistencia efectiva a las reuniones de los órganos colegiados - desde 07/09/2019 - los respectivos miembros corporativos designados (o aquellos que los sustituyan) percibirán:

- Por asistencia efectiva a sesiones plenarias: 175 €.

- Por asistencia efectiva a sesiones de la Junta de Gobierno Local: 370 €.

- Por asistencia efectiva a las reuniones de la Comisión Informativa: 175 €.

- Por asistencia efectiva a la Comisión Especial de Cuentas: 175 €.

4º.- Para el próximo ejercicio y siguientes, las retribuciones y asistencias antes estipuladas incrementarán en el porcentaje previsto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el personal al servicio del sector público.

5º.- Asignaciones a los Grupos políticos municipales:

Por grupo político: 140 euros / mes; 12 mensualidades.

Por regidor: 80 euros / mes; 12 mensualidades.

6º.- El pago de las asignaciones aprobadas efectuará por meses naturales

7º.- De acuerdo con el R.D. 462/2002, de 24 de mayo (BOE núm. 129, de 30-05-2002) las indemnizaciones (vide, actualización por Resolución del MEH de 2 de diciembre de 2005, BOE núm. 289, de 03/12/2005) por razón de servicios quedarán fijadas así:

7.1.- Dietas en Territorio Nacional miembros de la Corporación (Grupo 1) .-

Para alojamiento 102'56 euros.

Por manutención 53'24 euros.

Dieta completa 155'90 euros.

7.2.- Dietas en el extranjero (grupo 1, por países: alojamiento y manutención) .- Serán las previstas en la del anexo III de dicho Real Decreto.

7.3.- Quilometratge.- Vide, artículo 1 de la OM EHA / 3770/2005, de 1 de diciembre, por la que se revisa el importe de la indemnización por uso de vehículo particular establecida en el artículo 18 del R.D. 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio ( «B.O.E.» 3 de diciembre). Indemnización por uso del automóvil particular a 0'19 euros / kilómetro, y 0'078 euros / kilómetro, para motos.

Los gastos - artículo 17 del RD 462/2002, de 24 de mayo - para traslado en avión o tren clase turística, se abonarán íntegramente.

Se podrá adelantar, a justificar, el importe aproximado de las indemnizaciones y gastos de viaje.

8º.- Para el cálculo del porcentaje de retención aplicable, los sujetos pasivos deberán acreditar ante el pagador su situación familiar. Vide, Resolución de 3 de enero de 2011, del Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueba el modelo 145, de comunicación de datos del perceptor de rentas del trabajo o a su pagador o de la variación de los datos previamente comunicadas.- LLOSETA.-DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÒNICAMENT.- "

 

Lloseta, 2 d'octubre de 2020

El alcalde

José María Muñoz Pérez