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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y RELACIONES EXTERIORES

Núm. 9334
Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 17 de septiembre de 2020 por la cual se modifica el anexo al Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, aprobado mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018

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Texto

Hechos

1. Mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018 (BOIB núm. 31, de 10 de marzo) se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020.

2. El carácter estimativo de las cuantías que se prevén en el Plan Estratégico y el tiempo transcurrido desde que se aprobaron, hace necesario ajustar las previsiones contenidas en el anexo, en este caso mediante la introducción de un nuevo tipo de ayudas gestionado por la Dirección General de Trabajo y Salud Laboral de la Consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, en concreto en la línea 1 (Fomento de la ocupación, la seguridad, el desarrollo económico y la orientación laboral) del objetivo II (Fomento y mejora de la ocupación).

La crisis sanitaria provocada por la COVID-19 ha supuesto la parada obligada de buena parte de la economía de nuestras islas, con un impacto directo en los niveles de ingresos y liquidez de todas las empresas, y con mucha más incidencia en el sector terciario. Esto hace necesaria la adopción de medidas de apoyo a los sectores más castigados por los efectos derivados de la parada de la economía balear. En este sentido, la caída de la demanda turística y las medidas de contención adoptadas por los gobiernos de todos los países han tenido un impacto directo en  el sector del transporte discrecional de viajeros, en especial de cariz turístico.

Para reducir los efectos negativos que esta situación pueda tener sobre los trabajadores del sector, particularmente de aquellos que no tengan garantizada su ocupación después de haber sido afectados por un ERTE, se hace necesaria, con carácter inaplazable, la aprobación de una convocatoria extraordinaria para conceder ayudas excepcionales destinadas a mantener los puestos de trabajo del sector de transporte discrecional turístico por carretera de las Illes Balears.

Mediante esta medida de fomento, el Gobierno de las Illes Balears pretende contribuir a evitar la desaparición de las empresas que desarrollan esta actividad con objeto de que puedan garantizar el mantenimiento de sus recursos humanos, teniendo también en cuanta el interés estratégico que, para las campañas turísticas de los próximos años, tiene la conservación  de un tejido empresarial amplio en este ámbito.

3. En el apartado 3 del Acuerdo de Consejo de Gobierno mencionado se delega la aprobación y las eventuales modificaciones del anexo al Plan Estratégico de Subvenciones en la persona titular de la consejería competente en materia de hacienda, de acuerdo con el artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Corresponde, por lo tanto, a la persona titular de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores la aprobación y/o modificación del anexo al Plan Estratégico de Subvenciones.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. El Decreto 9/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. El Decreto 10/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se  dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears, mediante el cual se nombra la señora Rosario Sánchez Grau, consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores.

Por todo esto, dicto la siguiente

 

Resolución

1. Aprobar la adición de un nuevo punto a la línea 1 del objetivo II del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018, con la redacción siguiente:

OBJETIVO II

FOMENTO Y MEJORA DE LA OCUPACIÓN

II.1 Fomento de la ocupación, la seguridad, el desarrollo económico y la orientación laboral

II.1.15

Dirección general o entidad: Dirección general de Trabajo y Salud Laboral.

Fuente de financiación: capítulo IV

Descripción: ayudas para mantener los puestos de trabajo de las empresas de transporte discrecional turístico por carretera de las Illes Balears que hayan sido afectadas por la COVID-19.

Objetivos y efectos: establecer ayudas y otras medidas para reducir los efectos negativos sobre los trabajadores del transporte discrecional que no tengan garantizada su ocupación después de haber sido afectados por un ERTE, mediante la financiación a las empresas del sector por medio de la subvención del 50% del coste de la Seguridad Social, bonificaciones y exoneraciones excluidas,  que hayan sido abonadas por la empresa en relación a los trabajadores afectados por ERTE en las Islas, que no tengan garantía de ocupación, entre el 1 de julio y el 30 de septiembre de 2020. Y asegurar, con esta ayuda, la continuidad de los puestos de trabajo en las empresas de transporte discrecional encargadas del transporte de viajeros por carretera a todas las Islas.

Coste: 1.058.000 €

Convocatoria: anual

Incidencia sobre el mercado: mantener los puestos de trabajo del sector de transporte discrecional por carretera de las Illes Balears con incidencia en el sector turístico.

2. Disponer que los efectos de esta Resolución se desarrollen desde la fecha de la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 17 de septiembre de 2020

La consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores ​​​​​​​Rosario Sánchez Grau