Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA
Núm. 9200
Aprobación definitiva expediente de modificación del presupuesto núm. 10/20
Anuncio de aprobación definitiva expediente de modificación del presupuesto 10/2020, en la modalidad de crédito extraordinario para la aplicacion del superavit presupuestario 2019 a inversiones financieramente sostenibles.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1, por remisión del 177.2 del RD Leg. 2/2004, de 5 de marzo, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial adoptado el día 31 de agosto de 2020, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 10/2020 (G 7979/20) en la modalidad de crédito extraordinario para la aplicación del superávit presupuestario 2019 a inversiones financieramente sostenibles
Altas en aplicaciones de gastos
Aplicación |
Descripción |
Créd. inic |
Modificaciones de crédito |
Créditos finales |
|
Prog |
Econ. |
||||
452 |
60968 |
Renovación red transporte y distribución de agua entre los depósitos municipales Sant Josep y Puig de Mar |
0,00 |
2.575.075,71 € |
2.575.075,71 € |
|
|
TOTAL |
0,00 |
2.575.075,71 € |
2.575.075,71 € |
Esta modificación se financia con cargo al remanente de tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior, en los términos siguientes:
Partida |
Denominación |
Importe |
870 00 |
Remanente Líquido de Tesorería |
2.575.075,71 € |
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo que se dispone en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de lo anterior, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Sant Josep de sa Talaia, 30 de septiembre de 2020
El alcalde
Josep Marí Ribas