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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
INSTITUTO DE INNOVACIÓN EMPRESARIAL DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 9090
Extracto de la Resolución del presidente del Instituto de Innovación Empresarial de las Illes Balears (IDI) de 25 de septiembre de 2020 por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas para el diseño de planes de transformación digital para el año 2020 destinados a la industria balear, en el marco de «Idigital, estrategia de digitalización industrial»
BDNS (Identif.): 525539
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
Primero
Beneficiarios
Pueden ser beneficiarias de esta convocatoria las empresas de carácter industrial con los epígrafes del impuesto sobre actividades económicas (IAE) incluidos en las divisiones 2, 3, 4 y 691.2 de la sección primera correspondiente a actividades empresariales, y que estén inscritas en la división A correspondiente a establecimientos y actividades industriales del Registro Integrado Industrial, o en el Registro Minero de las Illes Balears de la Consejería de Transición Energética y Sectores Productivos. También pueden ser beneficiarias las empresas incluidas en el grupo 504 del IAE de la sección primera correspondiente a actividades empresariales, y que estén inscritas en la división B correspondiente a las empresas de servicios relativos a la actividad industrial del Registro Integrado Industrial.
Segundo
Finalidad
La finalidad de esta convocatoria de ayudas es impulsar la transformación digital de la industria balear a través del diseño y la elaboración de planes de transformación digital.
Los planes de transformación digital se dirigen a microempresas, pequeñas y medianas empresas industriales de las Illes Balears, independientemente de su grado de madurez digital. Desde empresas que estén en las fases iniciales, a empresas que ya hayan alcanzado un cierto grado de madurez digital, hasta las que se encuentren en un punto de digitalización avanzada.
Tercero
Bases reguladores
La Orden de la Consejera de Comercio, Industria y Energía por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de promoción industrial (BOIB n.º 52, de 17 de abril de 2008).
Cuarto
Crédito
Cien mil euros (100.000 €).
Quinto
Cuantía de las ayudas
5.1. La ayuda será del 90 % del coste subvencionable para empresas que se presenten por primera vez al programa Idigital, y para empresas de la convocatoria de 2018-2019, la cuantía de las ayudas será del 80 % del coste subvencionable.
5.2. El coste subvencionable son las horas de asesoramiento y consultoría especializada para elaborar un plan de transformación digital. El número de horas subvencionadas será de 60 horas, de las cuales 12 horas serán presenciales siempre que sea posible y 48 horas serán de consultoría en línea para la elaboración del plan de transformación digital, con un coste subvencionable de 4.500 €. En el caso de empresas que participen por primera vez en el programa, la subvención será del 90 % del coste subvencionable, es decir, 4.050 € los asume el IDI y el 10 % restante, es decir, 450 €, los asume la empresa; y en el caso de empresas que participaron en la edición anterior del año 2018-2019, la ayuda será del 80 % del coste subvencionable, es decir, 3.600 €, y el 20 % restante lo ha de asumir la empresa, es decir, 900 €.
Sexto
Plazo de presentación de solicitudes
6.1. El plazo para presentar las solicitudes es de un mes desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 25 de septiembre de 2020
El presidente del IDI
Juan Pedro Yllanes Suárez