Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA
Núm. 9079
Elección de Juez de Paz sustituto
Esta Alcaldía emitió en fecha 23 de septiembre de 2020, el Decreto 3088, que a continuación se transcribe:
“ASUNTO: TRÁMITES PARA ELECCIÓN DE JUEZ DE PAZ SUSTITUTO.
Habiendo recibido en fecha 21 de agosto de 2020, un escrito del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, el cual señala que ha finalizado el periodo por el cual fue nombrado el juez de paz sustituto de este municipio y que el Pleno de la Corporación ha de proceder a elegir la persona que el próximo período de 4 años deberá ejercer el citado cargo en esta localidad.
De conformidad con el RD 3/95, de 7 de junio, de Jueces de Paz, podrán presentar solicitud los interesados que, aun no siendo licenciados en Derecho, reúnan los requisitos establecidos en la Ley para el ingreso en la Carrera Judicial:
- Ser español
- Mayor de edad
- No estar incurso en ninguna de las causas de incapacidad o de incompatibilidad para cumplir las funciones judiciales, a excepción del ejercicio de actividades profesionales o mercantiles.
Por todo lo expuesto, RESUELVO:
- Publicar anuncio en el BOIB, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Decano de Ibiza y en el Juzgado de Paz de Sant Josep de sa Talaia, para que durante el plazo de 20 días naturales, siguientes a la publicación del anuncio en el BOIB, las personas que quieran ocupar el citado cargo, presenten la solicitud en el Registro general del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia.
En la solicitud figuraran los datos de identificación, copia del DNI y condiciones de capacidad y de compatibilidad del solicitante, para que, si procede, puedan ser elegidos.
Lo manda y firma el Sr. Alcalde”
Lo que se publica para general conocimiento
Sant Josep de sa Talaia, 25 de septiembre de 2020
El alcalde
Josep marí Ribas