Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD E INVESTIGACIÓN
Núm. 9003
Resolución de la directora general de Personal Docente de 21 de septiembre de 2020 por la que se emplaza a las personas interesadas en el recurso contencioso-administrativo procedimiento abreviado núm. 226/2020
Hechos
La señora Gloria Desamparados Alemán Fons, el señor Jaume Enric Radó Roca y el señor José Luis García Corra han interpuesto un recurso contencioso-administrativo, actuaciones núm. 226/2020, que se siguen por el procedimiento abreviado en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 3 de Palma, contra la Resolución dictada por la directora general de Personal Docente en fecha 17 de junio de 2020 por la que se desestima la solicitud de emisión de certificado de acto presunto estimatorio producido por silencio administrativo y contra el acto presunto negativo por el que se desestima la reclamación presentada en fecha 28 de junio de 2019 por el señor Francisco Javier Arauz de Robles Dávila en representación de los demandantes, interesando, en aplicación de la Directiva 1997/70/CE, la transformación de la relación temporal abusiva en una relación fija idéntica o equiparable a la de los funcionarios de carrera.
Fundamentos de derecho
Los artículos 49 y 50 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
El artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Por ello, dicto la siguiente
Resolución
Emplazar a las personas interesadas en el recurso contencioso-administrativo, actuaciones núm. 226/2020, que se siguen por el procedimiento abreviado en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 3 de Palma, para que puedan comparecer en calidad de demandadas y personarse ante este juzgado en el plazo de nueve días desde la fecha de publicación de esta Resolución.
Comunicar a las personas interesadas que si se personan fuera del plazo indicado, se las considerará como parte de los trámites no precluidos, sin que por ello se deba retrotraer ni interrumpir el curso del procedimiento, y que, si no se personan oportunamente, continuará el procedimiento en sus trámites, sin que sea necesario hacerles notificación de ningún tipo.
Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 21 de septiembre de 2020
La directora general de Personal Docente
Rafaela Sánchez Benítez