Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE ES CASTELL
Núm. 8971
Delegación de las presidencias de las comisiones informativas
Por Resolución de Alcaldía de día 24/09/2020, la Sra. Alcaldesa acordó:
DELEGACIÓN DE LAS PRESIDENCIAS DE LAS COMISIONES INFORMATIVAS.
Dada la nueva composición municipal de la Corporación aprobada por Pleno de día 27 de agosto de 2020.
Dado lo previsto en el artículo 20 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local así como a los artículos 49 y 100 del Reglamento Orgánico Municipal.
Por todo ello, teniendo en cuenta el acuerdo de Pleno de día 27 de agosto y el contenido del artículo 21.3 de la Ley 7/85 de día 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, esta Alcaldía,
Resuelve:
PRIMERO.- Delegar las presidencias de las Comisiones Informativas de carácter permanente que a continuación se relacionan los Concejales siguientes:
a) Comisión Informativa de Economía y Servicios Generales:
b) Comisión Informativa Socio - Educativo y Cultura:
SEGUNDO: La delegación que se efectúa a favor de los Concejales en relación con la Presidencia de dichas Comisiones Informativas, responde a lo que dispone el artículo 44 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre, así como la previsión del artículo 100 del Reglamento Orgánico Municipal y tendrá efectos desde el día siguiente a la fecha de la presente resolución, siendo de carácter indefinido, sin perjuicio de la potestad de advocación de esta Alcaldía.
QUINTO.- Comunicar la resolución a los Concejales afectados por ésta, entendiéndose aceptada la competencia delegada relativa a la Presidencia de las Comisiones Informativas de forma tácita, si dentro del plazo de las veintidós horas siguientes no se manifiesta nada en contra o se hace uso de la delegación, así como a los Jefes de los diferentes servicios municipales para su conocimiento y efectos.
SEXTO.- Dar cuenta de esta resolución al Pleno del Ayuntamiento en la próxima sesión que se celebre, y publicar el texto en el BOIB, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en concordancia con el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre, y 21.3 de la Ley 7/85 de día 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Es Castell, 25 de septiembre de 2020
La alcaldesa Juana Escandell Salom